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Document 62009TN0343
Case T-343/09: Action brought on 1 September 2009 — Amecke Fruchtsaft v OHIM — Beate Uhse (69 Sex up)
Asunto T-343/09: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2009 — Amecke Fruchtsaft/OAMI — Beate Uhse (69 Sex up)
Asunto T-343/09: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2009 — Amecke Fruchtsaft/OAMI — Beate Uhse (69 Sex up)
DO C 267 de 7.11.2009, p. 75–75
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 267/75 |
Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2009 — Amecke Fruchtsaft/OAMI — Beate Uhse (69 Sex up)
(Asunto T-343/09)
2009/C 267/134
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Amecke Fruchtsaft GmbH & Co. KG (Menden, Alemania) (representantes: R. Kaase y J.-C. Plate, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Beate Uhse Einzelhandels GmbH
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se declare la admisibilidad del recurso contra la resolución de la Sala Primera de Recurso de la OAMI de 11 de junio de 2009 en el asunto R 1728/2008-1 |
— |
Que se anule la resolución impugnada por no ajustarse al artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009. (1) |
— |
Que se imponga a la parte demandada el pago de las costas procesales, incluidas las causadas en los procedimientos de oposición y de recurso. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Beate Uhse Einzelhandels GmbH
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «69 Sex up» para productos y servicios comprendidos en las clases 32 y 41 (solicitud no5 274 303)
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante
Marca o signo invocados en oposición: la marca denominativa alemana «sex:h:up» para productos comprendidos en las clases 5, 29, 30 y 32 (no30 531 669), dirigiéndose la oposición únicamente contra el registro para productos de la clase 32
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada y desestimación de la oposición
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009, dado que existe riesgo de confusión entre las marcas en pugna.
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 2009, L 78, p. 1).