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Document 52008AP0342

Normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (Versión refundida) ***II Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2008 , respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (Versión refundida) (16160/4/2007 — C6-0176/2008 — 2006/0130(COD))

DO C 294E de 3.12.2009, p. 123–123 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.12.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 294/123


Miércoles, 9 de julio de 2008
Normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (Versión refundida) ***II

P6_TA(2008)0342

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2008, respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (Versión refundida) (16160/4/2007 — C6-0176/2008 — 2006/0130(COD))

2009/C 294 E/43

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (16160/4/2007 — C6-0176/2008) (1),

Vista su posición en primera lectura (2). sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2006) 0396),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0264/2008),

1.

Aprueba la posición común;

2.

Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la posición común;

3.

Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el apartado 1 del artículo 254 del Tratado CE;

4.

Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 129 E de 27.5.2008, p. 1.

(2)  «Textos Aprobados» de 11 de julio de 2007, P6_TA(2007)0337


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