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Document 62000TB0262

Asunto T-262/00: Auto del Tribunal General de 22 de enero de 2013 — La Vigile San Marco/Comisión ( «Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Reducciones de las cargas sociales a favor de las empresas implantadas en el territorio de Venecia y de Chioggia — Decisión que declara la ayuda incompatible con el mercado común y ordena la recuperación de las ayudas satisfechas — Recurso manifiestamente inadmisible en parte y manifiestamente carente de todo fundamento jurídico en parte» )

DO C 71 de 9.3.2013, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 71/19


Auto del Tribunal General de 22 de enero de 2013 — La Vigile San Marco/Comisión

(Asunto T-262/00) (1)

(Recurso de anulación - Ayudas de Estado - Reducciones de las cargas sociales a favor de las empresas implantadas en el territorio de Venecia y de Chioggia - Decisión que declara la ayuda incompatible con el mercado común y ordena la recuperación de las ayudas satisfechas - Recurso manifiestamente inadmisible en parte y manifiestamente carente de todo fundamento jurídico en parte)

2013/C 71/29

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: La Vigile San Marco (Venecia, Italia) (representante: A. Vianello, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci, agente, asistido por A. Dal Ferro, abogado)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: República Italiana (representantes: inicialmente U. Leanza, después I. Braguglia, más tarde R. Adam, y por último I. Bruni, agentes, asistidos por G. Aiello y P. Gentili, avvocati dello Stato

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2000/394/CE de la Comisión, de 25 de noviembre de 1999, relativa a las medidas de ayuda en favor de las empresas de los territorios de Venecia y Chioggia contempladas en las Leyes no 30/1997 y no 206/1995 relativas a desgravaciones de las cargas sociales (DO 2000, L 150, p. 50).

Fallo

1)

Unir la excepción de inadmisibilidad aducida por la Comisión Europea al examen del fondo.

2)

Declarar el recurso manifiestamente inadmisible en parte y desestimarlo por manifiestamente carente de todo fundamento jurídico en parte.

3)

La Vigile San Marco SpA cargará con sus propias costas y con las de la Comisión.

4)

La República Italiana cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 355, de 9.12.2000.


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