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Document 62015TN0477
Case T-477/15: Action brought on 20 August 2015 — European Dynamics Luxembourg e.a. v ECHA
Asunto T-477/15: Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/ECHA
Asunto T-477/15: Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/ECHA
DO C 363 de 3.11.2015, p. 40–40
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.11.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 363/40 |
Recurso interpuesto el 20 de agosto de 2015 — European Dynamics Luxembourg y otros/ECHA
(Asunto T-477/15)
(2015/C 363/49)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: European Dynamics Luxembourg SA y otros (Luxemburgo, Luxemburgo), European Dynamics Belgium SA (Bruselas, Bélgica), Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (Atenas, Grecia) (representante: M. Sfyri, abogada)
Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
— |
Anule la decisión de la demandada de adjudicar la fase 2 del procedimiento restringido de licitación ECHA/2014/86 comunicada a las demandantes mediante escrito de 25 de junio de 2014, con el que se les informó de que su oferta no había sido seleccionada y el contrato se había adjudicado a otro consorcio. |
— |
Condene a la demandada a abonar a las demandantes la cantidad de 5 20 000 euros como indemnización por la pérdida de la oportunidad de que se le adjudicara un contrato. |
— |
Condene a la demandada a cargar con las costas de las demandantes y con las demás costas correspondientes al presente recurso, incluso en caso de que el recurso fuera desestimado. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1. |
Primer motivo, basado en que ECHA incumplió su obligación de motivar la evaluación de su oferta al no mencionar las ventajas correspondientes a la oferta seleccionada. |
2. |
Segundo motivo, basado en que ECHA incurrió en varios errores manifiestos de valoración al evaluar su oferta y, con carácter subsidiario, que introdujo criterios nuevos y desconocidos en la fase de evaluación de las ofertas. |