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Document 52016XG0917(04)
Communication from the Minister for Economic Affairs of the Kingdom of the Netherlands pursuant to Article 3(2) of Directive 94/22/EC of the European Parliament and of the Council on the conditions for granting and using authorisations for the prospection, exploration and production of hydrocarbons
Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
DO C 342 de 17.9.2016, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.9.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 342/9 |
Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
(2016/C 342/09)
El Ministro de Asuntos Económicos anuncia por la presente comunicación que se ha recibido una solicitud de autorización para la prospección de hidrocarburos en los bloques G7, G10, G11 y G13 tal y como figuran en el mapa que se adjunta como anexo 3 al Reglamento de Minería (Mijnbouwregeling) [Diario Oficial (Staatscourant) 2002, N.o 245].
De conformidad con la Directiva arriba mencionada y con el artículo 15 de la Ley de Minas (Mijnbouwwet) (Boletín de leyes y decretos (Staatsblad) n.o 542 de 2002), el Ministro de Asuntos Económicos invita a las entidades interesadas a presentar a concurso una solicitud de autorización para la prospección de hidrocarburos en los bloques G7, G10, G11 y G13 de la plataforma continental de los Países Bajos.
El Ministro de Asuntos Económicos es la autoridad competente para la concesión de las autorizaciones. Los criterios, condiciones y requisitos del artículo 5, apartados 1 y 2, y del artículo 6, apartado 2, de la citada Directiva se detallan en la Ley de Minas (Mijnbouwwet, Staatsblad n.o 542 de 2002).
Las solicitudes podrán presentarse en el curso de las trece semanas siguientes a la publicación de la presente comunicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, debiendo dirigirse al:
Ministro de Asuntos Económicos |
A la atención de la Sra. J.J. van Beek, Dirección de Energía y Medio Ambiente |
Bezuidenhoutseweg 73 |
Postbus 20401 |
2500 EK Den Haag |
NEDERLAND |
Se desestimarán las solicitudes presentadas fuera de plazo.
La decisión sobre las solicitudes se tomará no después de los doce meses siguientes a la expiración del plazo.
Para más información, sírvanse telefonear al Sr. S. van Lierop al número siguiente: +31 655493868.