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Document 62017TN0672
Case T-672/17: Action brought on 25 September 2017 — Mamas and Papas v EUIPO — Wall-Budden (Cot bumpers)
Asunto T-672/17: Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — Mamas and Papas/EUIPO — Wall-Budden (Amortiguadores para cunas)
Asunto T-672/17: Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — Mamas and Papas/EUIPO — Wall-Budden (Amortiguadores para cunas)
DO C 402 de 27.11.2017, p. 50–51
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/50 |
Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2017 — Mamas and Papas/EUIPO — Wall-Budden (Amortiguadores para cunas)
(Asunto T-672/17)
(2017/C 402/66)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Recurrente: Mamas and Papas Ltd (Huddersfield, Reino Unido) (representantes: J. Reid, Barrister y B. Whitehead, Solicitor)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Jane Wall-Budden (Byfleet, Reino Unido)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular del dibujo o modelo controvertido: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Dibujo o modelo controvertido: Dibujo o modelo de la Unión de amortiguadores para cunas — Dibujo o modelo de la Unión n.o 1230460-0001
Resolución impugnada: Resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de julio de 2017 en el asunto R 208/2016-3
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada. |
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Declare la nulidad del Dibujo o modelo comunitario registrado n.o 1230460-0001. |
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Condene al titular del dibujo o modelo a cargar con las costas de la recurrente en los procedimientos de nulidad y de recurso. |
Motivos invocados
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Infracción del artículo 7, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002. |
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Infracción de los artículos 3 y 4 del Reglamento n.o 6/2002. |
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La Sala de Recurso no dio menos importancia a características no visibles en el uso. |
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Infracción del artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002. |