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Document 62017TN0694
Case T-694/17: Action brought on 10 October 2017 — Link Entertainment v EUIPO — García-Sanjuan Machado (SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS)
Asunto T-694/17: Recurso interpuesto el 10 de octubre de 2017 — Link Entertainment/EUIPO — García-Sanjuan Machado (SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS)
Asunto T-694/17: Recurso interpuesto el 10 de octubre de 2017 — Link Entertainment/EUIPO — García-Sanjuan Machado (SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS)
DO C 402 de 27.11.2017, p. 55–55
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/55 |
Recurso interpuesto el 10 de octubre de 2017 — Link Entertainment/EUIPO — García-Sanjuan Machado (SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS)
(Asunto T-694/17)
(2017/C 402/72)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Link Entertainment, SLU (Madrid, España) (representante: E. Estella Garbayo, abogado)
Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sandra García-Sanjuan Machado (Barcelona, España)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Parte demandante
Marca controvertida: Marca de la Unión Europea figurativa que incluye los elementos denominativos «SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS» — Marca de la Unión Europea no 12 672 853
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 28/07/2017 en el asunto R 1758/2016-4
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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anule la resolución impugnada, acordando además la improcedencia de la anulación de la marca de la Unión Europea no 12 672 853 «SAVORY DELICIOUS ARTISTS & EVENTS» en las clases 35 y 41; y |
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condene en costas del presente procedimiento, así como del procedimiento de recurso y de nulidad a la parte recurrida. |
Motivos invocados
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Infracción del artículo 60, apartado 1, letra a), del Reglamento no 2017/1001, en relación con su artículo 8, apartado 1, letra b). |