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Document 22007A0926(01)R(01)
Corrección de errores del Segundo Protocolo adicional al Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea ( DO L 251 de 26.9.2007 )
Corrección de errores del Segundo Protocolo adicional al Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea ( DO L 251 de 26.9.2007 )
DO L 202 de 31.7.2008, p. 74–74
(ES)
31.7.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 202/74 |
Corrección de errores del Segundo Protocolo adicional al Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea
( Diario Oficial de la Unión Europea L 251 de 26 de septiembre de 2007 )
1. |
En la página 13, en el anexo III, en el punto I «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas», en el punto 3: |
donde dice:
«BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica. […]»,
debe decir:
«BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, solo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».
2. |
En la página 82, en el anexo III, en el punto II «Compromisos relativos a sectores específicos», en el punto 5 «Servicios de enseñanza con financiación privada», en la letra B «Servicios de enseñanza secundaria», en la tercera columna, en el punto 3: |
donde dice:
«SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del consejo de administración debe ser de nacionalidad eslovena.»,
debe decir:
«SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del Consejo debe ser de nacionalidad eslovena.».
3. |
En la página 87, en el anexo III, en el punto II «Compromisos relativos a sectores específicos», en el punto 6 «Servicios relacionados con el medio ambiente», en la letra C «Protección del aire ambiental y del clima», en las columnas segunda y tercera, en el punto 1): |
donde dice:
«1) |
Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar. EE, LT, PL: Ninguna.», |
debe decir:
«1) |
Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar EE, LT, PL, RO: Ninguna.». |
4. |
En la página 116, en el anexo IV, en el punto I «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas», en el punto 3: |
donde dice:
«BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con por lo menos dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a la autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación pueden no dedicarse a la actividad económica. […]»,
debe decir:
«BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, sólo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».
5. |
En la página 164, en el anexo VI, en el punto 1 «Compromisos horizontales», en la segunda columna «Personas jurídicas», |
donde dice:
«BG |
: |
El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica.», |
debe decir:
«BG |
: |
El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, solo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica.». |