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Document 32012D0315

Gestión de crisis: marco para acuerdos de participación

Gestión de crisis: marco para acuerdos de participación

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Acuerdo Marco entre la UE y las Naciones Unidas con vistas a la prestación de apoyo mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno

Acuerdo entre la UE y Perú y Decisión (UE) 2022/2193 relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Vietnam y Decisión (UE) 2019/1803 relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Jordania y Decisión (PESC) 2019/1328 relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Bosnia y Herzegovina y Decisión (PESC) 2015/1967 relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Australia y Decisión (UE) 2015/916 relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Colombia y Decisión 2014/538/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Corea del Sur y Decisión 2014/326/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Chile y Decisión 2014/71/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Georgia y Decisión 2014/15/PESC (véase la corrección de errores) relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Moldavia y Decisión 2013/12/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Macedonia del Norte y Decisión 2012/768/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Albania y Decisión 2012/344/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Nueva Zelanda y Decisión 2012/315/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Serbia y Decisión 2011/361/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo marco entre la UE y los Estados Unidos y Decisión 2011/318/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Montenegro y Decisión 2011/133/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Turquía y Decisión 2006/482/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Canadá y Decisión 2005/851/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Ucrania y Decisión 2005/495/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE y Noruega y Decisión 2005/191/PESC relativa a su firma y su celebración

Acuerdo entre la UE e Islandia y Decisión 2005/191/PESC relativa a su firma y su celebración

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS ACUERDOS Y DE ESTAS DECISIONES?

  • El Acuerdo Marco entre la Unión Europea (UE) y las Naciones Unidas establece las normas para la prestación mutua de apoyo logístico, administrativo y de seguridad a cargo de las misiones de las Naciones Unidas y las operaciones de la UE que intervengan sobre el terreno en situaciones de crisis y posteriores a un conflicto.
  • Los Acuerdos definen las condiciones de la participación de terceros países en operaciones de gestión de crisis de la UE y la relación de dichos países con la UE a la hora de ejecutar las misiones.
  • Las Decisiones aprueban los respectivos Acuerdos en nombre de la UE.

PUNTOS CLAVE

El artículo 37 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea constituyen la base jurídica necesaria para otorgar autoridad a la UE para celebrar acuerdos con terceros países en relación con la participación de estos en operaciones de gestión de crisis de la UE.

Gestión de crisis de la UE

  • El departamento de coordinación operativa y respuesta a las crisis del Servicio Europeo de Acción Exterior es responsable de activar el Mecanismo de Respuesta a las Crisis (CRS, por sus siglas en inglés) (plataforma de crisis, sala de situación de la UE y comité de gestión de crisis). Además, el departamento desempeña un papel fundamental a la hora de garantizar una respuesta rápida y efectiva por todo el sistema de la UE, así como políticas y acciones coherentes a lo largo de las diversas fases del ciclo de la crisis.
  • El CRS abarca las crisis que tienen lugar fuera de la UE pero que pueden afectar a la seguridad y a los intereses de la UE, incluidas aquellas que afectan a sus delegaciones o a cualquier otra entidad o persona de la UE en terceros países. Además, abarca las crisis que tienen lugar dentro de la UE y que tienen una dimensión exterior. El CRS incluye medidas que van desde la prevención y la preparación hasta la respuesta y la recuperación, con el objetivo de generar una respuesta integral de la UE a las crisis y capacidad de gestión.

Participación en operaciones de gestión de crisis de la UE

  • Cada tercer país cubierto por los Acuerdos decidirá, caso por caso, si acepta la invitación a participar en operaciones dirigidas por la UE. En caso de aceptar, el país en cuestión se compromete a cumplir las condiciones de la decisión del Consejo de la Unión Europea en virtud de la cual la UE haya decidido ejecutar la operación correspondiente.
  • Los países pueden contribuir con personal civil, personal militar y materiales. Las Partes también acuerdan una posible contribución al presupuesto de la operación. El tercer país asume todos los costes relativos a su participación, excepto en aquellos casos en que los costes estén cubiertos por el presupuesto.
  • El tercer país puede decidir en cualquier momento retirarse total o parcialmente de la operación militar, previa consulta con la UE.
  • La decisión de finalizar una operación de gestión de crisis recae fundamentalmente sobre la UE, si bien esta debe entablar consultas con todos los países que continúen contribuyendo en el momento en que se contemple la decisión.
  • Toda disputa relativa a la interpretación o a la aplicación de un acuerdo ha de resolverse por canales diplomáticos.

Estado del contingente del tercer país en comisión de servicios para la operación dirigida por la UE

  • El estado de un contingente de un tercer país se rige por el estado del acuerdo de misión celebrado entre la UE y el país en que se desarrolla la operación. En caso de que no se haya celebrado tal acuerdo, las Partes deberán acordar un mecanismo equivalente antes del despliegue.
  • Un acuerdo relativo al estado de admisión establece los privilegios e inmunidades del personal en comisión de servicios.
  • El país en cuestión mantiene el derecho a ejercer su competencia jurisdiccional sobre su personal en comisión de servicios en el país en que se desarrolla la operación; asimismo, se responsabilizará de responder a toda reclamación en relación con su participación con arreglo a su legislación nacional.

Ejecución de las operaciones

  • La UE se encarga de la ejecución de las operaciones de gestión de crisis y define los objetivos y las directrices de las misiones. El tercer país correspondiente se asegura de que su personal y sus unidades, que permanecen plenamente bajo su propio mando, lleven a cabo sus tareas conforme a dichas directrices y sigan las instrucciones del jefe de misión de la UE o del comandante de la UE.
  • El tercer país designa un punto de contacto nacional para representar a su contingente nacional en la operación. Asimismo, responde ante el Jefe de Misión y se responsabiliza de los asuntos disciplinarios en el seno del contingente del país.

Renuncia a las reclamaciones

Como parte de cada uno de los Acuerdos, la UE y el tercer país correspondiente renuncian a las reclamaciones contra la otra Parte por los daños que resulten de la ejecución de sus obligaciones oficiales, salvo en casos de negligencia grave o de conducta dolosa. Esta renuncia a las reclamaciones debe ser objeto de declaración por parte tanto del país en cuestión como de cada Estado miembro de la UE.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR LAS DECISIONES Y LOS ACUERDOS?

El Acuerdo Marco entre la UE y las Naciones Unidas entró en vigor el 29 de septiembre de 2020.

País

Decisión

Acuerdo

Perú

22 de diciembre de 2021

Vietnam

18 de julio de 2019

Jordania

18 de febrero de 2019

Bosnia y Herzegovina

9 de marzo de 2012

Australia

22 de julio de 2013

Colombia

8 de julio de 2014

Corea del Sur

28 de enero de 2014

Chile

18 de noviembre de 2013

Georgia

18 de noviembre de 2013

Moldavia

25 de octubre de 2012

Macedonia del Norte

9 de marzo de 2012

29 de octubre de 2012

Albania

23 de marzo de 2012

5 de junio de 2012

Nueva Zelanda

19 de diciembre de 2011

Serbia

20 de diciembre de 2010

8 de junio de 2011

Estados Unidos

31 de marzo de 2011

17 de mayo de 2011

Montenegro

21 de febrero de 2011

22 de febrero de 2011

Turquía

10 de marzo de 2006

Canadá

21 de noviembre de 2005

Ucrania

13 de junio de 2005

1 de mayo de 2008

Noruega

18 de octubre de 2004

1 de enero de 2005

Islandia

18 de octubre de 2004

1 de abril de 2005

NB:

  • Algunos acuerdos no han entrado aún en vigor. Los acuerdos entrarán en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha en que las Partes se notifiquen recíprocamente que se han completado los procedimientos jurídicos internos necesarios para la adopción.
  • Se celebraron acuerdos similares con Bulgaria y Rumanía antes de su adhesión a la UE.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Acuerdo Marco entre la Unión Europea y las Naciones Unidas con vistas a la Prestación de Apoyo Mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno (DO L 389 de 19.11.2020, pp. 2-20).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú por el que se crea un marco para la participación de la República de Perú en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 292 de 11.11.2022, pp. 14-23).

Acuerdo entre la Unión Europea y el gobierno de la República Socialista de Vietnam por el que se crea un marco para la participación de Vietnam en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 276 de 29.10.2019, pp. 3-11).

Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Hachemí de Jordania, por el que se crea un marco para la participación del Reino Hachemí de Jordania en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 207 de 7.8.2019, pp. 3-11).

Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina por el que se crea un marco para la participación de Bosnia y Herzegovina en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 288 de 4.11.2015, pp. 4-11).

Acuerdo entre la Unión Europea y Australia por el que se crea un marco para la participación de Australia en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 149 de 16.6.2015, pp. 3-10).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia por el que se crea un marco para la participación de la República de Colombia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 251 de 23.8.2014, pp. 8-15).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 166 de 5.6.2014, pp. 3-10).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 40 de 11.2.2014, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia por el que se crea un marco para la participación de Georgia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 14 de 18.1.2014, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia por el que se crea un marco para la participación de la República de Moldavia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 8 de 12.1.2013, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y la Antigua República Yugoslava de Macedonia por el que se crea un marco para la participación de la Antigua República Yugoslava de Macedonia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 338 de 12.12.2012, pp. 3-10).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Albania por el que se crea un marco para la participación de la República de Albania en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 169 de 29.6.2012, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y Nueva Zelanda por el que se crea un marco para la participación de Nueva Zelanda en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 160 de 21.6.2012, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Serbia por el que se crea un marco para la participación de la República de Serbia en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 163 de 23.6.2011, pp. 2-7).

Acuerdo marco entre los Estados Unidos de América y la Unión Europea sobre la participación de los Estados Unidos de América en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 143 de 31.5.2011, pp. 2-6).

Acuerdo entre la Unión Europea y Montenegro por el que se crea un marco para la participación de Montenegro en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 57 de 2.3.2011, pp. 2-7).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Turquía por el que se crea un marco para la participación de la República de Turquía en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 189 de 12.7.2006, pp. 17-22).

Acuerdo entre la Unión Europea y Canadá por el que se crea un marco para la participación de Canadá en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 315 de 1.12.2005, pp. 21-26).

Acuerdo entre la Unión Europea y Ucrania por el que se crea un marco para la participación de Ucrania en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 182 de 13.7.2005, pp. 29-34).

Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se crea un marco para la participación del Reino de Noruega en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 67 de 14.3.2005, pp. 8-13).

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia por el que se crea un marco para la participación de la República de Islandia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 67 de 14.3.2005, pp. 2-7).

Decisión (UE) 2022/2193 del Consejo, de 22 de diciembre de 2021, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República del Perú por el que se crea un marco para la participación de la República del Perú en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 292 de 11.11.2022, pp. 12-13).

Decisión (UE) 2019/1803 del Consejo, de 18 de julio de 2019, por la que se autoriza la firma y celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam por el que se crea un marco para la participación de Vietnam en operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 276 de 29.10.2019, pp. 1-2).

Decisión (PESC) 2019/1328 del Consejo, de 18 de febrero de 2019, relativa a la firma y la celebración, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Hachemí de Jordania por el que se crea un marco para la participación del Reino Hachemí de Jordania en operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 207 de 7.8.2019, pp. 1-2).

Decisión (PESC) 2015/1967 del Consejo, de 9 de marzo de 2012, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina por el que se crea un marco para la participación de Bosnia y Herzegovina en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 288 de 4.11.2015, pp. 2-3).

Decisión (UE) 2015/916 del Consejo, de 22 de julio de 2013, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia por el que se crea un marco para la participación de Australia en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 149 de 16.6.2015, pp. 1-2).

Decisión 2014/15/PESC del Consejo, de 18 de noviembre de 2013, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia por el que se crea un marco para la participación de Georgia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 14 de 18.1.2014, p. 1).

Las modificaciones sucesivas de la Decisión 2014/15/PESC se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión 2014/71/PESC del Consejo, de 18 de noviembre de 2013, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 40 de 11.2.2014, p. 1).

Decisión 2014/538/PESC del Consejo, de 8 de julio de 2014, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia por el que se crea un marco para la participación de la República de Colombia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 251 de 23.8.2014, p. 7).

Decisión 2014/326/PESC del Consejo, de 28 de enero de 2014, relativa a la firma y a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Corea por el que se crea un marco para la participación de la República de Corea en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 166 de 5.6.2014, pp. 1-2).

Decisión 2013/12/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia por el que se crea un marco para la participación de la República de Moldavia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 8 de 12.1.2013, p. 1).

Decisión 2012/768/PESC del Consejo, de 9 de marzo de 2012, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Antigua República Yugoslava de Macedonia por el que se crea un marco para la participación de la Antigua República Yugoslava de Macedonia en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 338 de 12.12.2012, pp. 1-2).

Decisión 2012/344/PESC del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Albania por el que se crea un marco para la participación de la República de Albania en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (DO L 169 de 29.6.2012, p. 1).

Decisión 2012/315/PESC del Consejo, de 19 de diciembre de 2011, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Nueva Zelanda por el que se crea un marco para la participación de Nueva Zelanda en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 160 de 21.6.2012, p. 1).

Decisión 2011/361/PESC del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Serbia por el que se crea un marco para la participación de la República de Serbia en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 163 de 23.6.2011, p. 1).

Decisión 2011/318/PESC del Consejo, de 31 de marzo de 2011, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo marco entre los Estados Unidos de América y la Unión Europea sobre la participación de los Estados Unidos de América en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 143 de 31.5.2011, p. 1).

Decisión 2011/133/PESC del Consejo, de 21 de febrero de 2011, relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Montenegro por el que se crea un marco para la participación de Montenegro en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 57 de 2.3.2011, p. 1).

Decisión 2006/482/PESC del Consejo, de 10 de abril de 2006, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Turquía por el que se crea un marco para la participación de la República de Turquía en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 189 de 12.7.2006, p. 16).

Decisión 2005/851/PESC del Consejo, de 21 de noviembre de 2005, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Canadá por el que se crea un marco para la participación de Canadá en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 315 de 1.12.2005, p. 20).

Decisión 2005/495/PESC del Consejo, de 13 de junio de 2005, relativa a la celebración de un Acuerdo entre la Unión Europea y Ucrania por el que se crea un marco para la participación de Ucrania en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 182 de 13.7.2005, p. 28).

Decisión 2005/191/PESC del Consejo, de 18 de octubre de 2004, relativa a la celebración de los Acuerdos entre la Unión Europea y la República de Islandia, el Reino de Noruega y Rumanía, por los que se crea un marco para la participación de la República de Islandia, el Reino de Noruega y Rumanía en las operaciones de la Unión Europea de gestión de crisis (DO L 67 de 14.3.2005, p. 1).

DOCUMENTOS CONEXOS

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título V — Disposiciones generales relativas a la acción exterior de la Unión y disposiciones específicas relativas a la política exterior y de seguridad común — Capítulo 2 — Disposiciones específicas sobre la política exterior y de seguridad común — Sección 1 — Disposiciones comunes — Artículo 37 (antiguo artículo 24 TUE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 36).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte — Acción exterior de la Unión — Título V — Acuerdos internacionales — Artículo 218 (antiguo artículo 300 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 144-146).

última actualización 08.09.2023

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