Sustancias que agotan la capa de ozono
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Reglamento (CE) n.o 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (Reglamento del ozono)
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?
- El Reglamento (CE) n.o 1005/2009 dispone normas relativas a la producción, importación, exportación, comercialización, uso, recuperación, reciclado, regeneración y destrucción de sustancias que perjudican a la capa de ozono.
- Establece requisitos y medidas de comunicación de datos sobre los productos y aparatos que contengan esas sustancias.
- Asimismo, se ha modificado ligeramente en cuatro ocasiones.
PUNTOS CLAVE
- Por regla general, queda prohibida la producción y la comercialización de sustancias controladas, como los halones (destinados a la extinción del fuego), el bromuro de metilo (destinado al control de plagas) y los hidroclorofluorocarburos (utilizados en frigoríficos y sistemas de aire acondicionado) cuya fabricación o uso está regulado.
- En este sentido, se prevén algunas excepciones en condiciones claramente especificadas, a saber: si se utilizan como materias primas*, agentes de transformación* o en usos de laboratorio y análisis.
- El uso del bromuro de metilo está prohibido desde marzo de 2010, excepto en casos de cuarentenas de emergencia para evitar la propagación de enfermedades o plagas. En ambos casos, la Comisión Europea debe expedir una autorización temporal.
- Los sistemas de protección contra incendios y los extintores que contengan halones se podrán usar en determinadas circunstancias. Cada vez existen más alternativas y el Reglamento de modificación (UE) n.o 744/2010 establece fechas límite concretas que oscilan entre 2013 y 2040 en función del uso de halones.
- Las importaciones y exportaciones de sustancias reguladas y de los productos que las contengan quedan prohibidas de facto. En caso de que se permitan, será necesario presentar una licencia. En 2013, la Comisión flexibilizó esta medida para los halones utilizados en aviones.
- Deben haberse establecido sistemas de recuperación para destruir, reciclar o regenerar las sustancias controladas que se hayan utilizado en aparatos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor; extintores y sistemas de protección contra incendios, y aparatos que contengan disolventes.
Derogación
El Reglamento (CE) n.o 1005/2009 será derogado y sustituido por el Reglamento (UE) 2024/590 (véase la síntesis) a partir del 3 de marzo de 2025.
¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?
- Está en vigor desde el 1 de enero de 2010.
- El Reglamento (CE) n.o 1005/2009 revisó y sustituyó el Reglamento (CE) n.o 2037/2000 y sus modificaciones posteriores.
ANTECEDENTES
Para más información, véanse:
TÉRMINOS CLAVE
Materias primas. Sustancias reguladas o sustancias nuevas que sufren una transformación química en un proceso en el que su composición original sufre una transformación completa, y cuyas emisiones son insignificantes.
Agentes de transformación. Sustancias reguladas usadas como agentes de transformación química en las aplicaciones enumeradas en el anexo III.
DOCUMENTO PRINCIPAL
Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (versión refundida) (DO L 286 de 31.10.2009, pp. 1-30).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 08.03.2024
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