Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 21992A1209(01)

Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan los derechos de pesca y la compensación financiera previstos en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República del Senegal relativo a la pesca frente a la costa senegalesa, para el período comprendido entre el 2 de octubre de 1992 y el 1 de octubre de 1994

DO L 359 de 9.12.1992, p. 12–12 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/09/1994

Related Council decision

21992A1209(01)

Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan los derechos de pesca y la compensación financiera previstos en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República del Senegal relativo a la pesca frente a la costa senegalesa, para el período comprendido entre el 2 de octubre de 1992 y el 1 de octubre de 1994 -

Diario Oficial n° L 359 de 09/12/1992 p. 0012


ACUERDO

en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan los derechos de pesca y la compensación financiera previstos en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República del Senegal relativo a la pesca frente a la costa senegalesa, para el período comprendido entre el 2 de octubre de 1992 y el 1 de octubre de 1994

A. Nota de la República del Senegal

Señores:

Con referencia al Protocolo, rubricado el 1 de octubre de 1992, por el que se fijan los derechos de pesca y la compensación financiera para el período comprendido entre el 2 de octubre de 1992 y el 1 de octubre de 1994, tengo el honor de comunicarle que el gobierno de la República del Senegal está dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional a partir del 2 de octubre de 1992, a la espera de su entrada en vigor, de conformidad con su artículo 8, siempre que la Comunidad Europea también esté dispuesta a ello.

Queda entendido que, en este caso, el pago de un primer plazo igual al 50 % de la compensación financiera fijada en el artículo 2 del Protocolo y al 50 % del importe destinado a los programas de investigación marina establecidos en el artículo 4 de dicho Protocolo deberá ser efectuado antes del 31 de diciembre de 1992.

Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea con dicha aplicación provisional.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

Por el Gobierno de la República del Senegal

B. Nota de la Comunidad

Señor:

Tengo el honor de acusar recibo de su nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:

« Con referencia al Protocolo, rubricado el 1 de octubre de 1992, por el que se fijan los derechos de pesca y la compensación financiera para el período comprendido entre el 2 de octubre de 1992 y el 1 de octubre de 1994, tengo el honor de comunicarle que el gobierno de la República del Senegal está dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional a partir del 2 de octubre de 1992, a la espera de su entrada en vigor, de conformidad con su artículo 8, siempre que la Comunidad Europea también esté dispuesta a ello.

Queda entendido que, en este caso, el pago de un primer plazo igual al 50 % de la compensación financiera fijada en el artículo 2 del Protocolo y al 50 % del importe destinado a los programas de investigación marina establecidos en el artículo 4 de dicho Protocolo deberá ser efectuado antes del 31 de diciembre de 1992.

Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea con dicha aplicación provisional. »

Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de la Comunidad Europea con esa aplicación provisional.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

En nombre del

Consejo de las Comunidades Europeas

Top
  翻译: