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Document 32001L0085R(01)
Corrigendum to Directive 2001/85/EC of the European Parliament and of the Council of 20 November 2001 relating to special provisions for vehicles used for the carriage of passengers comprising more than eight seats in addition to the driver's seat, and amending Directives 70/156/EEC and 97/27/EC (OJ L 42 of 13.2.2002)
Corrección de errores de la Directiva 2001/85/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, relativa a las disposiciones especiales aplicables a los vehículos utilizados para el transporte de viajeros con más de ocho plazas además del asiento del conductor, y por la que se modifican las Directivas 70/156/CEE y 97/27/CE (DO L 42 de 13.2.2002)
Corrección de errores de la Directiva 2001/85/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, relativa a las disposiciones especiales aplicables a los vehículos utilizados para el transporte de viajeros con más de ocho plazas además del asiento del conductor, y por la que se modifican las Directivas 70/156/CEE y 97/27/CE (DO L 42 de 13.2.2002)
DO L 125 de 21.5.2003, p. 14–14
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, PT, FI, SV)
Corrección de errores de la Directiva 2001/85/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, relativa a las disposiciones especiales aplicables a los vehículos utilizados para el transporte de viajeros con más de ocho plazas además del asiento del conductor, y por la que se modifican las Directivas 70/156/CEE y 97/27/CE (DO L 42 de 13.2.2002)
Diario Oficial n° L 125 de 21/05/2003 p. 0014 - 0014
Corrección de errores de la Directiva 2001/85/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, relativa a las disposiciones especiales aplicables a los vehículos utilizados para el transporte de viajeros con más de ocho plazas además del asiento del conductor, y por la que se modifican las Directivas 70/156/CEE y 97/27/CE (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 42 de 13 de febrero de 2002) En las páginas 5 y 6, el artículo 5 quedará redactado como sigue: Artículo 5 El anexo I de la Directiva 97/27/CE se modifica como sigue: 1) Se suprimen los puntos 2.1.2.1 a 2.1.2.1.4. 2) Se insertan los puntos siguientes: "2.1.2.1. 'Autobús o autocar', vehículo tal como se define en el apartado 2 del anexo I de la Directiva 2001/85/CE. 2.1.2.2. 'Clase' de autobús o autocar, vehículo de una clase definida en los apartados 2.1.1 y 2.1.2 del anexo I de la Directiva 2001/85/CE. 2.1.2.3. 'Autobús o autocar articulados', vehículo tal como se define en el apartado 2.1.3 del anexo I de la Directiva 2001/85/CE. 2.1.2.4. 'Autobús o autocar de dos pisos', vehículo tal como se define en el apartado 2.1.6 del anexo I de la Directiva 2001/85/CE.". 3) El apartado 2.1.22 pasa a ser el 2.1.2.5..