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Document 52009AP0220
Animal health conditions governing the movement and importation from third countries of equidae * European Parliament legislative resolution of 22 April 2009 on the proposal for a Council directive on animal health conditions governing the movement and importation from third countries of equidae (codified version) (COM(2008)0715 – C6-0479/2008 – 2008/0219(CNS))
Policía sanitaria sobre los movimientos e importaciones de équidos * Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de abril de 2009 , sobre la propuesta de Directiva del Consejo relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los movimientos de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros (versión codificada) (COM(2008)0715 – C6-0479/2008 – 2008/0219(CNS))
Policía sanitaria sobre los movimientos e importaciones de équidos * Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de abril de 2009 , sobre la propuesta de Directiva del Consejo relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los movimientos de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros (versión codificada) (COM(2008)0715 – C6-0479/2008 – 2008/0219(CNS))
DO C 184E de 8.7.2010, p. 140–140
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.7.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 184/140 |
Miércoles, 22 de abril de 2009
Policía sanitaria sobre los movimientos e importaciones de équidos (versión codificada) *
P6_TA(2009)0220
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de abril de 2009, sobre la propuesta de Directiva del Consejo relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los movimientos de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros (versión codificada) (COM(2008)0715 – C6-0479/2008 – 2008/0219(CNS))
2010/C 184 E/34
(Procedimiento de consulta – codificación)
El Parlamento Europeo,
Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2008)0715),
Visto el artículo 37 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0479/2008),
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 20 de diciembre de 1994, sobre un método de trabajo acelerado con vistas a la codificación oficial de los textos legislativos (1),
Vistos los artículos 80 y 51 de su Reglamento,
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0248/2009),
A. |
Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión se limita a una codificación pura y simple de los textos existentes, sin ninguna modificación sustancial de los mismos, |
1. |
Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión adaptada a las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión; |
2. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO C 102 de 4.4.1996, p. 2.