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Document 52009IP0054
Situation in Sri Lanka European Parliament resolution of 5 February 2009 on Sri Lanka
Situación en Sri Lanka Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de febrero de 2009 , sobre Sri Lanka
Situación en Sri Lanka Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de febrero de 2009 , sobre Sri Lanka
DO C 67E de 18.3.2010, p. 141–143
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
18.3.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 67/141 |
Situación en Sri Lanka
P6_TA(2009)0054
Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de febrero de 2009, sobre Sri Lanka
(2010/C 67 E/17)
El Parlamento Europeo,
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Vistas sus Resoluciones anteriores sobre Sri Lanka, de 18 de mayo de 2000 (1), 14 de marzo de 2002 (2) y 20 de noviembre de 2003 (3), su Resolución, de 13 de enero de 2005, sobre la reciente catástrofe causada por el tsunami en el Océano Índico (4), y su Resolución, de 18 de mayo de 2006, sobre la situación en Sri Lanka (5), |
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Vista la Decisión del Consejo de la Unión Europea, de 29 de mayo de 2006 (6), de prohibir oficialmente a los Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE), |
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Vista la declaración del Presidente del Consejo de la Unión Europea, de 17 de agosto de 2006, sobre Sri Lanka, |
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Vista la Declaración de Tokio sobre Reconstrucción y Desarrollo de Sri Lanka, de 10 de junio de 2003, en la que se vincula el apoyo de los donantes a los avances en el proceso de paz, |
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Visto el Acuerdo de alto el fuego firmado por el Gobierno de Sri Lanka y los LTTE, que entró en vigor el 23 de febrero de 2002, |
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Vista la Declaración de Oslo de diciembre de 2002, en la que el Gobierno de Sri Lanka y los LTTE acordaron explorar una solución basada en una estructura federal dentro de un Sri Lanka unido, |
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Visto el artículo 115, apartado 5, de su Reglamento, |
A. |
Considerando que, desde el inicio de la ofensiva militar gubernamental en octubre de 2008, los LTTE se han replegado al norte del país, obligando a los civiles a desplazarse hacia el interior del territorio que tienen bajo su control y dejando tras de sí cientos de muertos y alrededor de 250 000 civiles atrapados en un fuego cruzado mortal entre el ejército de Sri Lanka y el movimiento separatista de los LTTE en la región de Mullaitivu, |
B. |
Considerando que Sri Lanka lleva unos 25 años padeciendo la sublevación armada de los LTTE (Tigres de Tamil) y la reacción del Gobierno a ésta, lo que ha causado más de 70 000 muertes, |
C. |
Considerando que la población civil de las zonas liberadas precisa de ayuda humanitaria y que, si bien las agencias gubernamentales han sido ahora capaces de hacer frente a sus necesidades, sigue habiendo muchos miles de civiles en las zonas donde persiste el conflicto, que están expuestos a grandes peligros y continúan careciendo de las necesidades básicas, |
D. |
Considerando la gran preocupación suscitada por el bombardeo de un hospital y un recinto que albergaba a personal de las Naciones Unidas dentro de una zona de seguridad, y en el que resultaron muertos y heridos muchos civiles, |
E. |
Considerando que, según Amnistía Internacional, tanto las fuerzas gubernamentales como los LTTE han violado las leyes de la guerra al desplazar a civiles e impedirles huir a zonas seguras, |
F. |
Considerando que la Misión Internacional por la Libertad de Prensa enviada a Sri Lanka ha señalado tres tendencias en relación con la información sobre el conflicto, a saber, falta de acceso de la prensa y de información independiente en la zona de conflicto, ataques e intimidaciones a periodistas que cubren el conflicto, y autocensura de los medios de comunicación, |
G. |
Considerando que, desde principios de 2009, el asesinato de un editor jefe, Lasantha Wickramatunga, y el ataque a las instalaciones de una famosa cadena de televisión independiente han paralizado a la comunidad periodística, |
H. |
Considerando que al menos catorce periodistas han sido asesinados y otros muchos han sido secuestrados o detenidos desde 2006, y considerando que Reporteros Sin Fronteras sitúa a Sri Lanka en el puesto 165, de un total de 173, de su «Clasificación mundial de la libertad de prensa 2008», |
I. |
Considerando que todas las partes en el conflicto deben garantizar la primacía del respeto a los derechos humanos y a las leyes humanitarias, no sólo como respuesta inmediata al empeoramiento de la situación, sino como piedra angular de una solución justa y duradera del conflicto, |
J. |
Considerando que los copresidentes de la Conferencia de Tokio (Noruega, Japón, los Estados Unidos y la Unión Europea) han hecho un llamamiento conjunto a los LTTE para que discutan con el Gobierno de Sri Lanka las condiciones para un cese de las hostilidades, incluidos el abandono de las armas, la renuncia a la violencia, la aceptación de la amnistía ofrecida por el Gobierno de Sri Lanka y la participación como partido político en un proceso para alcanzar una solución política justa y duradera, |
K. |
Considerando que los copresidentes de la Conferencia de Tokio han hecho un llamamiento conjunto al Gobierno de Sri Lanka y a los LTTE para que declaren un alto el fuego provisional que permita evacuar a los enfermos y heridos, y suministrar ayuda humanitaria a los civiles, |
1. |
Cree que los últimos acontecimientos pueden suponer un punto de inflexión en la crisis de Sri Lanka, apoya la declaración de los copresidentes de la Conferencia de Tokio y espera que la paz y la estabilidad puedan reinar pronto en el país; |
2. |
Opina que una victoria militar sobre los LTTE, como se propone el Gobierno de Sri Lanka, no excluiría la necesidad de encontrar una solución política para garantizar una paz duradera; |
3. |
Pide al Gobierno y a los LTTE que respeten las leyes de la guerra, minimicen los daños a los civiles durante las operaciones militares y permitan de forma inmediata que los miles de civiles atrapados en la zona de conflicto puedan circular de forma segura y acceder a la ayuda humanitaria; |
4. |
Acoge con satisfacción el compromiso efectuado por el Gobierno de Sri Lanka de garantizar que se investigarán de forma exhaustiva, abierta y transparente todas las presuntas violaciones a la libertad de prensa, a fin de hacer frente también a la cultura de la impunidad y la indiferencia observada con motivo de los asesinatos y ataques de periodistas en Sri Lanka; |
5. |
Hace hincapié en la necesidad de contar con observadores internacionales para evaluar las necesidades humanitarias de las 250 000 personas atrapadas en la región de Wanni y para garantizar la distribución adecuada de comida y de ayuda humanitaria de otro tipo, sobre todo cuando el conflicto se aproxima a la población civil acorralada; |
6. |
Reitera su condena de los terribles abusos cometidos contra los niños al reclutarlos como soldados, lo que constituye un crimen de guerra, y pide a los grupos rebeldes que pongan fin a esta práctica, liberen a todos aquellos a los que mantienen retenidos y hagan una declaración de principios conforme a la cual no reclutarán en el futuro a ningún niño como soldado; |
7. |
Insta al Gobierno a que aborde urgentemente la cuestión de la retirada de las minas terrestres, cuya presencia puede suponer un grave obstáculo para la rehabilitación y la regeneración económica; pide, en este sentido, al Gobierno de Sri Lanka que dé el paso sumamente positivo de adherirse al Tratado de Ottawa (Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonales y sobre su destrucción); |
8. |
Acoge con satisfacción el compromiso del Gobierno de Sri Lanka de llevar a cabo una transferencia sustantiva de competencias a las distintas provincias, posibilitando así que las zonas de mayoría Tamil, pero también otras, ejerzan un mayor control de su administración dentro de un país unido; pide al Gobierno que introduzca este cambio rápidamente a fin de garantizar que todos los ciudadanos de Sri Lanka tengan los mismos derechos; |
9. |
Pide al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para llevar una paz estable y justa a Sri Lanka y restablecer la seguridad y la prosperidad; |
10. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General de las Naciones Unidas, a los Gobiernos de Noruega y de los demás copresidentes de la Conferencia de donantes de Tokio, al Presidente y al Gobierno de Sri Lanka y a las demás partes en el conflicto. |
(1) DO C 59 de 23.2.2001, p. 278.
(2) DO C 47 E de 27.2.2003, p. 613.
(3) DO C 87 E de 7.4.2004, p. 527.
(4) DO C 247 E de 6. 10.2005, p. 147.
(5) DO C 297 E de 7.12.2006, p. 384.
(6) Decisión 2006/379/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2006, relativa a la aplicación del apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) no 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la Decisión 2005/930/CE (DO L 144 de 31.5.2006, p. 21).