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Document 52011AP0562

Zona del Acuerdo de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo ***II Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2011 , sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n ° 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo (12607/2/2011 – C7-0370/2011 – 2009/0129(COD))

DO C 168E de 14.6.2013, p. 149–149 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.6.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 168/149


Martes 13 de diciembre de 2011
Zona del Acuerdo de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo ***II

P7_TA(2011)0562

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo (12607/2/2011 – C7-0370/2011 – 2009/0129(COD))

2013/C 168 E/36

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición del Consejo en primera lectura (12607/2/2011 – C7-0370/2011),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 17 de marzo de 2010 (1),

Vista su Posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2009)0477),

Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 72 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Pesca (A7-0392/2011),

1.

Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.

Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.

Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.

Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


(1)  DO C 354 de 28.12.2010, p. 71.

(2)  Textos Aprobados de 8.3.2011, P7_TA(2011)0079.


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