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Document 52011XP0255

66 °Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas Recomendación del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2011 , destinada al Consejo sobre el 66 °período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2011/2030(INI))

DO C 380E de 11.12.2012, p. 140–151 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 380/140


Miércoles 8 de junio de 2011
66o Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas

P7_TA(2011)0255

Recomendación del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2011, destinada al Consejo sobre el 66o período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2011/2030(INI))

2012/C 380 E/22

El Parlamento Europeo,

Visto el Tratado de la Unión Europea (TUE), en particular su artículo 34,

Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo presentada por Alexander Graf Lambsdorff en nombre del Grupo ALDE sobre las prioridades de la Unión Europea para el 66o período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (B7-0072/2011),

Vista su Recomendación al Consejo, de 25 de marzo de 2010, sobre el 65o período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1),

Vistas las prioridades de la UE para el 65o período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptadas por el Conejo el 25 mayo 2010 (2),

Visto el 65o período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), y en particular las siguientes resoluciones de este órgano: «Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo» (3), «Situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán» (4), «Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea» (5), «Promoción de un orden internacional democrático y equitativo» (6), «La promoción de la paz como requisito fundamental para el pleno disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas» (7), «Fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos» (8), «Actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo» (9), «Papel de las Naciones Unidas en la promoción del desarrollo en el contexto de la globalización y la interdependencia» (10), «Hacia un nuevo orden económico internacional» (11), «Cooperación entre las Naciones Unidas, los parlamentos nacionales y la Unión Interparlamentaria» (12), «Las Naciones Unidas en la gobernanza mundial» (13), «Hacia un mundo libre de armas nucleares: aceleración del cumplimiento de los compromisos en materia de desarme nuclear» (14), «Examen de la estructura de las Naciones Unidas para la consolidación de la paz» (15) y «Cumplir la promesa: unidos para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio» (16),

Vistos el proyecto de Resolución, de 14 de septiembre de 2010 (17), y la Resolución, de 3 de mayo de 2011 (18), de la AGNU sobre la participación de la Unión Europea en la labor de las Naciones Unidas,

Vista la Conferencia de Examen de 2010 de las Partes del Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares (TNP) y las revisiones de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), de la Comisión de Consolidación de la Paz y del Consejo de Derechos Humanos (CDH),

Visto el informe presentado por los cofacilitadores sobre la revisión de la Comisión de Consolidación de la Paz titulado «Examen de la estructura de las Naciones Unidas para la consolidación de la paz» (19);

Vista la nueva Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género (ONU Mujeres),

Vista la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) titulada «Promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante un mejor entendimiento de los valores tradicionales de la humanidad de conformidad con la normativa internacional de derechos humanos», aprobada el 24 de marzo de 2011, y la posición negativa de la UE respecto a esta Resolución,

Vista la lista preliminar de temas que se incluirán en el programa provisional del sexagésimo sexto período ordinario de sesiones de la AGNU (20);

Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2011, sobre las prioridades en el decimosexto periodo de sesiones del CDHNU y la revisión de 2011 (21),

Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2010, sobre el futuro de la Asociación estratégica UE-África a raíz de la tercera Cumbre UE-África (22),

Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre la Conferencia sobre el Cambio Climático de Cancún (COP 16) (23),

Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre el décimo aniversario de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad (24),

Vista su Resolución, de 23 de noviembre de 2010, sobre cooperación de los ámbitos civil y militar y desarrollo de capacidades conjuntas civiles y militares (25),

Vista su Resolución, de 9 de junio de 2005, sobre la reforma de las Naciones Unidas (26);

Vistos el artículo 121, apartado 3, y el artículo 97 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A7-0189/2011),

A.

Considerando que está produciéndose una transformación sustancial del orden internacional que plantea a la UE el reto de mostrarse más activa en sus relaciones con potencias mundiales actuales y emergentes, así como con sus interlocutores bilaterales y multilaterales, a fin de promover soluciones eficaces de problemas que afectan tanto a los ciudadanos de la UE como al mundo entero,

B.

Considerando que la UE debe desempeñar un papel proactivo en la construcción de unas Naciones Unidas que puedan contribuir efectivamente a unas soluciones globales, la paz y la seguridad, la democracia y un orden internacional basado en el imperio de la ley; que, de conformidad con el artículo 21 del TUE, la UE está formalmente comprometida con un multilateralismo eficaz, con unas Naciones Unidas fuertes en su núcleo, que es esencial para hacer frente a los desafíos globales, tales como el cambio climático y la degradación del medio ambiente, la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, la reducción de la pobreza y el desarrollo para todos, las consecuencias del cambio demográfico, la migración y la delincuencia internacional;

C.

Considerando que la UE se enfrenta a numerosos retos en un mundo que cambia con gran rapidez, retos que exigen una respuesta internacional concertada; que, a tal fin, la UE puede apoyarse en un multilateralismo eficaz, en los valores universales de los derechos humanos, en una economía mundial abierta basada en normas transparentes y equitativas, aceptadas internacionalmente, y en su instrumental exclusivo;

D.

Considerando que el Tratado de Lisboa creó nuevas estructuras permanentes para la representación exterior de la UE y que, en consecuencia, los nuevos representantes de la UE han de asumir funciones anteriormente llevadas a cabo por la Presidencia de turno de la UE,

E.

Considerando que el artículo 34 del TUE establece que los Estados miembros han de coordinar su acción en las organizaciones internacionales y con ocasión de las conferencias internacionales, y que los Estados miembros que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) «se concertarán entre sí y tendrán cabalmente informados a los demás Estados miembros y al Alto Representante» y «asegurarán, en el desempeño de sus funciones, la defensa de las posiciones e intereses de la Unión»; que los Estados miembros que actualmente forman parte del CSNU (Francia, el Reino Unido, Portugal y Alemania) no actuaron de forma concertada ni presentaron una posición única con respecto a la intervención militar en Libia, en particular en el contexto de la votación sobre la Resolución 1973 del CSNU,

F.

Considerando que el artículo 47 del TUE confiere personalidad jurídica a la Unión, lo que implica que tiene derechos y responsabilidades al amparo del Derecho internacional; que la UE comparte los fines y respeta los principios de la Carta de las Naciones Unidas; que el Tratado de Lisboa en su conjunto faculta a la Unión para asumir un papel internacional acorde con su alto poder económico y sus ambiciones, así como para organizarse de modo que sea un actor mundial efectivo, tal como se expone en la Estrategia Europea de Seguridad de 2003, competente para compartir la responsabilidad de la seguridad mundial y para asumir el liderazgo a la hora de formular respuestas comunes acordadas multilateralmente a retos comunes de manera más unificada; que, para que la Unión pueda actuar de forma eficaz, es necesario que identifique claramente sus intereses y objetivos estratégicos,

G.

Considerando que las asociaciones mundiales son instrumentos para lograr los objetivos establecidos de forma conjunta a nivel mundial; que la UE es el mayor proveedor mundial de ayuda al desarrollo y un importante socio de las Naciones Unidas en sus esfuerzos en el marco de los tres pilares de su labor, incluso en situaciones de crisis y posteriores a las crisis, y que las contribuciones de los Estados miembros representan un 38 % del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas; que una asociación sólida y estable entre la UE y las Naciones Unidas es fundamental para la labor de estas últimas y un elemento clave para el papel de la UE como actor a escala mundial,

H.

Considerando que la creación del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) debe contribuir de forma significativa a la aplicación de las Resoluciones 1325 y 1820 y subsiguientes del CSNU, tanto mediante su estructura interior como mediante sus acciones y políticas exteriores,

I.

Considerando que por recomendación del CDHNU, la AGNU votó el 1 de marzo de 2011 a favor de expulsar a Libia del CDHNU,

J.

Considerando que la intensificación de los esfuerzos para combatir el terrorismo en el mundo ha aumentado la necesidad de abordar la seguridad respetando al mismo tiempo y plenamente los derechos humanos y las libertades fundamentales,

1.   Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:

La Unión Europea en el sistema de las Naciones Unidas

a)

fomentar un multilateralismo eficaz como principal preocupación estratégica de la Unión y reforzar la coherencia y visibilidad de la UE como actor global en las Naciones Unidas, entre otros medios, coordinando mejor las consultas internas de la UE sobre cuestiones de las Naciones Unidas y procediendo a promover una mayor divulgación sobre una amplia gama de cuestiones; autorizar a la Vicepresidenta/Alta Representante (VP/AR) a elaborar un proyecto de directrices para consultas regulares entre los embajadores de los Estados miembros y los embajadores de la UE, en particular entre aquellos que trabajen en un ámbito multilateral en lugares como Ginebra y Nueva York, de modo que la UE pueda cumplir con éxito su programa de las Naciones Unidas y realizar las expectativas de los miembros de las Naciones Unidas en cuanto a su capacidad de actuar; promover una mayor cohesión tanto dentro del sistema de las Naciones Unidas como entre las posiciones de los Estados miembros de la UE y los países candidatos y candidatos potenciales, a fin de maximizar el potencial que ofrece el Tratado de Lisboa para fortalecer el impacto de la UE a través de la utilización coordinada y estratégica de sus diferentes y distintivos puntos de entrada (UE y Estados miembros); mejorar su capacidad de negociar con otros grupos regionales con tiempo suficiente; otorgar a los representantes de la UE un mandato adecuado para negociar efectivamente en nombre de los Estados miembros,

b)

utilizar plenamente las disposiciones de la Resolución A/RES/65/276 de la AGNU sobre la participación de la UE en la labor de las Naciones Unidas, que prevé los acuerdos necesarios para que la UE pueda participar efectivamente en la labor de la AGNU; volver a confirmar su compromiso de que las Naciones Unidas están en el centro de la política exterior de la UE y reiterar la opinión de que su participación efectiva en la labor de las Naciones Unidas no sólo es una prioridad estratégica de la UE, sino también un elemento coherente con el logro de los objetivos de las Naciones Unidas, y de que, como tal, va en interés de todos los miembros de las Naciones Unidas; mejorar la coordinación de los Estados miembros de la UE en el CSNU y alentar a los Estados miembros que también son miembros del CSNU, y de conformidad con el artículo 34, apartado 2, del TUE, a que inviten a la VP/AR a que represente a la UE en el CSNU cuando se haya definido una posición común,

c)

intentar priorizar mejor y establecer canales de transmisión entre Bruselas y la Delegación de la UE en Nueva York, incluida una mayor cooperación con el Comité Político y de Seguridad, así como crear un sistema de apoyo más claro y estructurado por parte de las instituciones de la UE en Bruselas,

d)

comprometerse con los socios estratégicos de la UE dentro del sistema de las Naciones Unidas; conferir asimismo a las asociaciones estratégicas una dimensión multilateral incluyendo cuestiones globales en los órdenes del día de las cumbres bilaterales y multilaterales de la UE;

La UE y la gobernanza a escala mundial

e)

mejorar la gobernanza mundial y buscar soluciones sostenibles para la cuestión de la relación entre las formaciones G y el sistema de las Naciones Unidas, sobre cuya base dichas agrupaciones podrían cubrir eficientemente debates temáticos y la dimensión económica, a condición de que las Naciones Unidas mantengan su papel central y sigan siendo el órgano legítimo para la gobernanza mundial; al mismo tiempo, considerar el G8 y el G20 como foros importantes para la definición de las respuestas globales a las que la UE debe contribuir activamente a través de posiciones coordinadas; apoyar la iniciativa del Presidente de la AGNU para organizar debates de la Asamblea General con la Presidencia del G20 antes y después de las cumbres del G20,

f)

contribuir a la puesta en marcha de la nueva arquitectura de género único compuesto que sustituirá a las cuatro entidades de las Naciones Unidas encargadas de las cuestiones de género en el marco del actual proceso de coherencia en todo el sistema; apoyar plenamente y abogar por un presupuesto adecuado para ONU Mujeres a fin de que este órgano pueda cumplir su papel de promoción de la igualdad de género y proteger y potenciar a las mujeres, incluso en situaciones de conflicto y posteriores a las crisis, trabajando en estrecha coordinación con otras partes del sistema de las Naciones Unidas, y mantener estrechos lazos con esta organización; aplicar la integración de la igualdad de género en todas las medidas de preparación de la capacidad de respuesta a eventuales crisis en el marco del Instrumento de Estabilidad,

g)

contribuir a mejorar la eficiencia y transparencia de las Naciones Unidas, así como a la mejora de la gestión de los recursos financieros de las Naciones Unidas;

h)

usar el primer texto de negociación sobre la reforma del CSNU como oportunidad para centrarse de manera global en puntos de convergencia y para conseguir progresos perceptibles en la clarificación de las competencias del CSNU con respecto a otros órganos de las Naciones Unidas, la adición de miembros para mejorar la representatividad y legitimidad del CSNU y para revisar los métodos de trabajo del CSNU; insistir en la necesidad de llevar a cabo una amplia reforma del CSNU a fin de reforzar su legitimidad, representación regional y eficacia; impulsar un proceso de reforma que pueda ser impulsado irreversiblemente por los Estados miembros de la UE si, de forma coherente con los propósitos del Tratado de Lisboa para mejorar la política exterior de la UE y el papel de la UE en la paz, seguridad y regulación a escala mundial, solicitan un puesto permanente para la UE en un CSNU ampliado y reformado; tomar urgentemente la iniciativa para que los Estados miembros elaboren una posición común a tal efecto; hasta que se apruebe dicha posición común, acordar sin demora un sistema rotatorio en el CSNU, para que la UE tenga un asiento permanente en el CSNU,

i)

reforzar el papel de la Corte Penal Internacional (CPI) y del sistema internacional de justicia penal, promover el principio de responsabilidad y poner fin a la impunidad, seguir impulsando la importante labor de la CPI como única institución judicial permanente e independiente con jurisdicción sobre los crímenes más graves de interés internacional, como el genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra; fomentar una sólida y estrecha relación entre la CPI y las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 2 del Estatuto de Roma, y promover la ratificación de dicho Estatuto por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas,

Paz, seguridad y justicia

Prevención y gestión de crisis, mediación, mantenimiento y consolidación de la paz

j)

reforzar las estructuras de prevención de crisis y su eficacia dentro del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) con miras a transformar esta organización en un líder mundial de la prevención de crisis y la recuperación; reforzar las estructuras de la UE para la prevención de conflictos y mejorar la cooperación en este ámbito con las Naciones Unidas, la OSCE, la Unión Africana (UA) y otras organizaciones internacionales y regionales, así como con la sociedad civil, los agentes económicos, las empresas privadas, los particulares y las organizaciones de expertos,

k)

perseguir el logro de un consenso sobre un enfoque más operativo a la doctrina de la Responsabilidad de Proteger (RdeP), y el desarrollo del mismo; subrayar al mismo tiempo su importancia en la prevención de conflictos y en el logro de una mediación pacífica en situaciones conflictivas, fomentar la aplicación de la RdeP, entre otros medios, afinando los mecanismos para su aplicación y a través del fortalecimiento del papel de las organizaciones regionales tales como la UA y la Liga Árabe, mediante el fortalecimiento de mecanismos de alerta temprana dentro de las Naciones Unidas y mediante una mejor definición de las funciones de los órganos competentes de las Naciones Unidas; tomar nota de la Resolución del CSNU 1970 (2011), de 26 de febrero de 2011, en la que, por primera vez, todos los miembros permanentes del CSNU acordaron pedir a la CPI que abriera una investigación contra un Gobierno en funciones por presuntos crímenes contra la humanidad y en línea con la doctrina de la RdeP en relación con una crisis en curso; tomar nota de la Resolución del CSNU 1973 (2011), de 17 de marzo de 2011, en la que se subraya la determinación de la comunidad internacional de garantizar la protección de los civiles y de las zonas habitadas por estos como primera aplicación práctica de la doctrina de la RdeP en virtud de un claro mandato de las Naciones Unidas y en relación con una crisis en curso,

l)

reconocer la labor realizada por los órganos de mediación de las Naciones Unidas, como la Dependencia de Apoyo a la Mediación (DAM) del Departamento de Asuntos Políticos (DAP), y defender un refuerzo de su plantilla; apoyar la asociación de la UE con la DAM y asegurar que el SEAE desempeña un papel fundamental a este respecto,

m)

promover la seguridad y la estabilización en zonas de crisis mediante la prevención de conflictos, la mediación, el diálogo, la creación de capacidad local y la recuperación después de los conflictos, la reconstrucción y estrategias de construcción de la paz, que fomenten soluciones sostenibles a través de una transición suave desde los esfuerzos a plazo corto e intermedio hasta las estrategias de desarrollo a plazo más largo; asegurar que la construcción de la paz y las políticas de desarrollo se planifiquen y realicen ambas en el marco de una estrategia global única de las Naciones Unidas, que tenga en cuenta las necesidades de la construcción de la paz y la futura transición a una estrategia a plazo más largo desde una fase temprana en las etapas de planificación y ejecución y en la que la UE base sus propias medidas; teniendo en cuenta que la estabilización de un país desgarrado por los conflictos requiere una acción más compleja y un enfoque integrado, y no sólo tropas, orquestar las capacidades necesarias por medio de tal estrategia, con el fin de abordar adecuadamente las causas profundas de los conflictos, teniendo en cuenta que la mitad de los países en los que las operaciones de mantenimiento de la paz se han desplegado vuelven a un conflicto dentro de un plazo de 10 años tras la salida de las fuerzas de mantenimiento de la paz,

n)

insistir en que es necesario extraer aprendizajes de los recientes acontecimientos ocurridos en Japón y presentar propuestas; elevar las normas de seguridad en las centrales nucleares existentes, particularmente en zonas sísmicas; pedir una mayor cooperación en caso de producirse similares catástrofes naturales o provocadas por la actividad humana a fin de minimizar las consecuencias de las fugas radiactivas para los seres humanos y el medio ambiente,

o)

desarrollar una visión estratégica claramente definida de los instrumentos de la UE de prevención y gestión de crisis y estudiar las posibilidades de gestión de proyectos concretos a través del recién creado SEAE, reconociendo la importancia que revisten la prevención y gestión de crisis dentro de la acción exterior de la UE,

p)

concentrarse en garantizar que las autoridades nacionales se responsabilicen de las estrategias de construcción de la paz, desde su concepción inicial hasta su aplicación sobre el terreno, basándose en las mejores prácticas y en experiencias exitosas; impulsar un programa de desarrollo horizontal sobre cuya base la construcción institucional sea apoyada por esfuerzos bien articulados de construcción de la paz y desarrollo, centrados en sólidos aspectos económicos,

q)

hacer más hincapié en la tarea de consolidar la paz en las situaciones posteriores a un conflicto mediante un asesoramiento estratégico y el aprovechamiento de la pericia y la financiación de todo el mundo para respaldar los proyectos de recuperación; movilizar recursos y nuevas fuentes de financiación, y financiar la pronta recuperación para la reconstrucción después de un conflicto,

r)

contribuir a aumentar el empleo de mujeres expertas civiles y apoyar los planes de acción nacionales en el espíritu de la Resolución 1325 del CSNU y el plan de acción del Secretario General de las Naciones Unidas para garantizar la participación de mujeres en las operaciones de construcción de la paz;

Cooperación mundial en la gestión de crisis en el marco de asociaciones

s)

considerar prioridad estratégica de la UE el fortalecimiento de las alianzas internacionales de gestión de crisis y mejorar el diálogo con otros importantes actores de gestión de crisis, como las Naciones Unidas, la OTAN y la UA, y con terceros países, como EE.UU., Turquía, Noruega y Canadá; sincronizar las acciones sobre el terreno, compartir información y aunar recursos en los campos del mantenimiento y de la consolidación de la paz, incluida la cooperación en la gestión de crisis y, en particular, la seguridad marítima, y la lucha contra el terrorismo con arreglo al derecho internacional; mejorar la coordinación a este respecto con las Instituciones Financieras Internacionales (IFI) y los donantes bilaterales,

t)

subrayar la necesidad de una estrecha cooperación entre la UE y las Naciones Unidas en la gestión civil y militar de crisis, y en particular en las operaciones de ayuda humanitaria, recordando que el CSNU es el principal responsable de mantener la paz y la seguridad internacionales; redoblar los esfuerzos para asegurar que los Estados miembros realizan aportaciones adecuadas a las misiones de las Naciones Unidas y contribuyen a ellas de forma coordinada; seguir explorando vías para que el conjunto de la UE pueda contribuir mejor a los esfuerzos dirigidos por las Naciones Unidas, como la puesta en marcha de operaciones «puente» de respuesta rápida de la UE, de operaciones a más largo plazo o la incorporación de un componente de la UE en una misión más amplia de las Naciones Unidas,

u)

crear un marco estratégico más amplio para la asociación de gestión de crisis entre la UE y organizaciones regionales y subregionales como la UA, la Liga Árabe o la Comunidad Económica de Estados de África Occidental (CEDEAO), y las Naciones Unidas, y fortalecer en particular una relación triangular entre el Consejo de Paz y Seguridad de la UA, el CSNU y el Comité Político y de Seguridad de la UE, con el fin de ayudar a garantizar la coherencia y el refuerzo mutuo de los esfuerzos en apoyo de la UA; mejorar la previsibilidad, sostenibilidad y flexibilidad de la financiación de las operaciones de paz con mandato de las Naciones Unidas realizadas por la UA; buscar soluciones que estrechen la cooperación entre la UE y la UA en sus áreas operativas respectivas, mejorando las capacidades de alerta rápida y de prevención de conflictos y fomentando los intercambios de buenas prácticas y experiencia en el ámbito de la gestión de crisis,

v)

contribuir a la consolidación de los avances logrados en la aplicación de una Arquitectura Africana para la Paz y la Seguridad a fin de hacer frente a los retosde la paz y la seguridad en el continente africano; subrayar la importancia de proporcionar una financiación previsible y sostenible a las operaciones africanas de apoyo a la paz, la necesidad de construir capacidades de adaptación locales, y la determinación para proteger a los civiles en los conflictos armados,

w)

vista la dimensión regional de los conflictos en el continente africano, continuar los esfuerzos para reforzar las relaciones con organizaciones subregionales, como la CEDEAO, la Comunidad de Desarrollo del África Austral (SADC) y la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (AIGD), e implicarlas, junto con los países de la región, en la gestión de crisis,

Arquitectura de consolidación de la paz, revisión de la Comisión de Consolidación de la Paz (CCP)

x)

contribuir a la tarea de permitir que la arquitectura de consolidación de la paz de las Naciones Unidas esté a la altura de las expectativas que acompañaron su establecimiento, llevando adelante las recomendaciones del proceso de revisión de la CCP, también con el objetivo de seguir mejorando la eficacia de la CCP; apoyar el surgimiento de una sólida arquitectura global de consolidación de la paz, sobre la base de una asociación entre países en desarrollo y países desarrollados, prestando especial atención a la mejora de los resultados sobre el terreno, mejorando las relaciones con las instituciones financieras internacionales (IFI) – con el fin de crear puestos de trabajo y de abordar las cuestiones económicas – y fomentando una relación más orgánica entre el mantenimiento de la paz y la consolidación de la paz; promover una relación más estructurada entre la CCP, la Dirección Ejecutiva del SEAE para asuntos mundiales y multilaterales, en particular su dirección de prevención de conflictos y política de seguridad, la AGNU, el CSNU y el Consejo Económico y Social con miras a crear una mayor sinergia entre el mantenimiento de la paz y la consolidación de la paz, y medidas de desarrollo sobre el terreno; buscar maneras de fortalecer la función consultiva de la CCP respecto al CSNU, ante el que ha de rendir cuentas, de mejorar la cooperación de la CCP con la Oficina de Apoyo a la Consolidación de la Paz (OACP) y de reforzar los vínculos con las organizaciones regionales y las IFI; mejorar asimismo la cooperación existente entre la CCP y la Asociación para la Consolidación de la Paz de la UE a través de un enfoque ascendente para la resolución de conflictos que tenga en cuenta las actividades de los agentes no estatales en el ámbito de la consolidación de la paz,

y)

continuar con los esfuerzos para desbloquear el potencial de la CCP reforzando su vínculo con el terreno a fin de maximizar el valor de los puntos de entrada distintivos de los equipos de la CCP y de las Naciones Unidas sobre el terreno, que podrían beneficiarse de su orientación estratégica y su peso político, en particular cuando se trate de crear instituciones,

Desarme nuclear y no proliferación, reforma del OIEA, revisión del TNP, lucha contra el terrorismo y el crimen organizado

z)

reformar a fondo el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) a raíz de la catástrofe nuclear acaecida en Japón, poniendo fin a su doble función de controlar el uso de la energía nuclear y de promoverlo, y limitar las responsabilidades del OIEA en la supervisión de la industria de la energía nuclear y en el control del cumplimiento del Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares (TNP); además, trabajar para lograr que, en lo sucesivo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) establezca y controle las normas de seguridad, a cuyo respecto se exigirá a los Estados, por imperativo legal, que cumplan dichas normas y se dotará a la OMS del personal necesario para realizar estas tareas adicionales,

aa)

promover la aplicación de las recomendaciones de la revisión del TNP de 2010, en particular, para buscar un mundo más seguro para todos y para lograr, como objetivo a largo plazo, la paz y la seguridad en un mundo sin armas nucleares, para aumentar la transparencia a fin de incrementar la confianza mutua, para lograr un verdadero progreso más rápido hacia el desarme nuclear, para tomar medidas efectivas de desarme nuclear que sean consistentes con los principios fundamentales de transparencia, verificación e irreversibilidad, para alentar a los Estados poseedores de armas nucleares a que informen periódicamente sobre el cumplimiento de sus compromisos, y para examinar la aplicación,

ab)

para desarrollar en mayor medida los cauces y mecanismos de cooperación con los socios exteriores de la UE, especialmente los EE.UU., en el ámbito de la lucha contra el terrorismo, en particular con vistas a la aplicación de la estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo, participando en el Grupo Roma/Lyons del G8 y en el Grupo de acción contra el terrorismo, fortaleciendo los acuerdos globales pertinentes e intensificando los esfuerzos encaminados a concluir un amplio convenio sobre terrorismo internacional; colaborar con estos socios más eficazmente y de una manera más estructurada, tanto a nivel estratégico como en la práctica; dar pruebas de liderazgo y dar el ejemplo consolidando el respeto de los derechos fundamentales y del Estado de Derecho como el núcleo del enfoque de la UE en la lucha contra el terrorismo,

Desarrollo

ac)

insistir en la necesidad de armonizar los esfuerzos de los diversos órganos de las Naciones Unidas con miras a mejorar la eficiencia y la eficacia de las medidas en materia de desarrollo y sociales en todo el mundo; estar a la altura de las promesas hechas en la cumbre de los ODM en cuanto al aunamiento de los recursos necesarios para realizar los objetivos para el año 2015, en particular, mediante el cumplimiento de los compromisos de la UE en materia de ayuda oficial al desarrollo; promover con fuerza un aumento en el nivel de inversión financiera con el fin de alcanzar las metas de los ODM y aumentar rápidamente la escala y reproducir programas y políticas demostradamente innovadores encaminados al desarrollo global y al cambio económico y social,

ad)

concentrar los esfuerzos para alcanzar los ODM, en particular en las regiones y en los países más atrasados, especialmente los países en el África subsahariana y los países menos desarrollados (PMD), y en los países frágiles o desgarrado por conflictos,

Países menos desarrollados (PMD)

ae)

garantizar la eficacia de la vigilancia y de los mecanismos de auditoría relacionados con la aplicación del programa de acción de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los PMD,

af)

asegurarse de que el desarrollo sostenible y a largo plazo sigue siendo un esfuerzo exhaustivo y coherente en los planes de acción de los PMD y de sus socios,

Lucha contra las desigualdades

ag)

garantizar que los países de renta media con grandes desigualdades sigan recibiendo apoyo y financiación para reducir la pobreza y mejorar la cohesión social, puesto que la mayoría de las personas pobres viven en estos países,

ah)

respaldar la reducción de las desigualdades de género y la capacitación de las mujeres en el ámbito del desarrollo, dado que las mujeres están muy sobrerrepresentadas entre los pobres,

Eficacia de la ayuda,

ai)

analizar el modo en que el programa de eficacia de la ayuda puede transformarse en un programa relativo a la eficacia del desarrollo, concibiendo en este contexto estrategias respecto a los Estados frágiles y a los entornos de posconflicto,

aj)

lograr que los objetivos de la Agenda de Accra se hagan realidad, sobre la base del compromiso efectivo de los Parlamentos, de las organizaciones de la sociedad civil y de las autoridades locales,

ak)

velar por que se aborden de manera coherente los desafíos en los ámbitos social, político, económico y medioambiental,

Derecho al desarrollo

al)

apoyar la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo de 1986, en la que se afirma que «los Estados tienen el deber de cooperar mutuamente para lograr el desarrollo y eliminar los obstáculos al desarrollo […] realizar sus derechos y sus deberes de modo que promuevan un nuevo orden económico internacional basado en la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común»,

am)

seguir considerando el derecho al desarrollo como una prioridad, dado que este año se celebra el vigésimo quinto aniversario de la aprobación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo,

an)

recomendar la consolidación de las conclusiones del equipo especial de alto nivel con el fin de garantizar una aplicación eficaz del derecho al desarrollo,

ao)

adoptar las medidas adecuadas para que el derecho al desarrollo se convierta en una parte integral de la política de desarrollo, del Examen Periódico Universal (EPU) y de los mecanismos y órganos creados en virtud de los tratados de las Naciones Unidas sobre derechos humanos,

Ayuda humanitaria internacional

ap)

elaborar un programa internacional para la ayuda humanitaria que aborde la amplitud de los desafíos humanitarios, el aumento del nivel de las necesidades humanitarias y la complejidad de las situaciones humanitarias,

aq)

fortalecer la financiación humanitaria a nivel mundial y mejorar el funcionamiento y la eficacia del sistema de ayuda humanitaria,

ar)

adoptar iniciativas internacionales comunes con el fin de reforzar la interacción entre la ayuda humanitaria y el desarrollo, así como el vínculo entre ayuda de emergencia, rehabilitación y desarrollo,

Derechos humanos

Cuestiones institucionales

as)

garantizar que el SEAE está dotado del personal y los recursos necesarios y debidamente integrado y coordinado con otros organismos internacionales, organizaciones regionales, y sus acciones de fomento de los derechos humanos; asegurar que las recomendaciones y resoluciones adoptadas y las prioridades expresadas en el sistema de las Naciones Unidas y otras instituciones internacionales se tengan en cuenta al elaborar las políticas e instrumentos de la UE, en el campo de los derechos humanos en particular,

at)

seguir participando activamente en la revisión del CDHNU en Nueva York y su seguimiento para reforzar el cumplimiento de su mandato; abordar la capacidad del CDHNU para hacer frente a situaciones urgentes que impliquen graves violaciones de los derechos humanos, como en los casos recientes de Liba y Costa de Marfil, y a fin de mejorar su capacidad de imponer el cumplimiento de las normas y los estándares internacionales vigentes; respaldar la decisión de la AGNU, de 1 de marzo de 2011, de expulsar temporalmente a Libia del CDHNU; continuar determinados esfuerzos y recurrir a los Procedimientos Especiales para transformar el CDHNU en un mecanismo de alerta rápida y prevención, antes que un órgano meramente reactivo, capaz de priorizar y abordar las causas profundas de las violaciones de los derechos humanos, con el objetivo de prevenir nuevas o renovadas escaladas de tales violaciones, también a través de su apoyo a la creación de capacidad para las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos,

au)

buscar formas de mejorar los procedimientos de elección del CDHNU a fin de abordar la cuestión de la cualidad de la pertenencia al CDHNU; examinar la posibilidad de establecer criterios claros sobre la pertenencia al CDHNU a fin de evitar que puedan formar parte del mismo países en que las violaciones de los derechos humanos son un fenómeno frecuente y extendido; mantener, en el contexto de la revisión, la independencia de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), y oponerse a todo intento de modificar el estatuto de la OACDH que pudiera repercutir negativamente en su financiación y, por tanto, en su independencia,

av)

desarrollar una relación de trabajo viable entre el CDHNU y la Tercera Comisión, y, entre el CDHNU y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), y abordar los crecientes indicios de división entre los Estados miembros en relación con su voto en el CDHNU,

aw)

lograr un acuerdo sobre una posición común con miras a la Conferencia de revisión de Durban (denominada «Durban 3»), que se celebrará en septiembre de 2011, a fin de demostrar la disposición y capacidad de los Estados miembros para «hablar con una sola voz» en los foros internacionales, afirmar la influencia de la UE en el marco de las Naciones Unidas, y reafirmar su compromiso con la lucha contra el racismo, la xenofobia y el fanatismo de una forma equilibrada y no discriminatoria,

Cuestiones relacionadas con los derechos humanos

ax)

continuar sus esfuerzos en la Tercera Comisión de la AGNU sobre un gran número de resoluciones, en particular, sobre la petición de una moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte, que ha recibido el apoyo de más países, sobre los derechos del niño, sobre las minorías nacionales y lingüísticas, sobre la libertad de expresión y la libertad de prensa, sobre la intolerancia religiosa, la abolición de la tortura y sobre las resoluciones específicas relativas a Birmania/Myanmar, Corea del Norte e Irán; apoyar todos los esfuerzos por erradicar la tortura; promover en particular la adopción del Protocolo opcional del Convenio de las Naciones Unidas contra la tortura,

ay)

continuar los esfuerzos internacionales para que todos los derechos humanos se consideren universales, indivisibles, interdependientes y relacionados entre sí; redoblar esfuerzos, en este contexto, para impedir el uso del concepto indefinido de «valores tradicionales de la humanidad», cuya naturaleza socava las normas establecidas en el Derecho internacional sobre derechos humanos y podría dar lugar a intentos inaceptables de justificación de las violaciones de los derechos humanos con argumentos de que son el resultado de valores, normas o prácticas tradicionales,

az)

apoyar la financiación, a través de compromisos presupuestarios concretos, y la capacidad, responsabilidad y eficacia de ONU Mujeres, para que pueda coordinar las actividades pertinentes de manera más eficaz; incorporar una perspectiva de género en todas las políticas de las Naciones Unidas y establecer una coherencia/sinergia institucional; concentrar los esfuerzos, también contribuyendo a la mejora de la planificación estratégica, en la aplicación de la Resolución 1325 del CSNU, especialmente en lo que respecta a la presencia de la mujer en las conversaciones para la paz, permitiéndoles al respecto que se conviertan en mediadoras, aumentando sus conocimientos, y potenciándolas como tomadoras de decisiones, y, en general, vinculando a las mujeres al desarrollo,

ba)

definir una estrategia con respecto a los países que se niegan a cooperar plenamente con los mecanismos de las Naciones Unidas, y permitir el acceso de expertos independientes y de los Relatores Especiales, con el fin de convencer a dichos países de darles pleno acceso a su territorio y de no obstaculizar su labor; esforzarse por mantener la independencia de los Procedimientos Especiales,

bb)

conceder la máxima prioridad política y diplomática y, en consecuencia, el máximo apoyo, a través de los diversos foros bilaterales y multilaterales en los que participa activamente la UE, a todas las iniciativas destinadas a:

establecer una moratoria mundial para las mutilaciones genitales femeninas,

despenalizar la homosexualidad en todo el mundo,

Cambio climático

bc)

ejercer el liderazgo en el ámbito de la gobernanza global del clima y en la cooperación internacional sobre el cambio climático; centrarse en un fuerte compromiso político con terceros países, y desarrollar aún más el diálogo con otros actores clave, tales como los Estados Unidos, Rusia, las potencias emergentes (China, Brasil, India) y los países en desarrollo, dado que el cambio climático se ha convertido en un elemento clave de las relaciones internacionales y en una grave amenaza para el logro de los ODM; contribuir a una arquitectura institucional que sea incluyente, transparente, equitativa y que proporcione una representación equilibrada de los países desarrollados y de los países en desarrollo en los correspondientes órganos de gobierno; establecer unas bases sólidas para las próximas negociaciones, que tendrán lugar a finales de 2011 en Sudáfrica (COP17), sobre la base de los avances logrados en la COP16 de Cancún y teniendo en cuenta las lecciones aprendidas del insatisfactorio resultado de la COP15 de Copenhague,

bd)

cooperar de forma más estratégica y ser más sensible a las necesidades de los terceros países, así como seguir desarrollando las capacidades del SEAE para constituir una diplomacia climática; apoyar la participación activa de la Comisión en el debate en curso sobre Brechas de protección y respuestas, que inició el ACNUR en el marco de su Diálogo de 2010 sobre los desafíos en materia de protección, destinado a mejorar el actual marco de protección internacional para las personas forzosamente desplazadas y apátridas; participar activamente en el debate sobre el término «refugiado climático», referido a las personas que se han visto forzadas a abandonar su hogar y a buscar refugio en el extranjero debido al cambio climático, incluida una posible definición jurídica de este término, que aún no reconoce el Derecho internacional ni ningún acuerdo internacional legalmente vinculante,

Recomendaciones finales

be)

fomentar un debate sobre el tema del papel de los parlamentos y de las asambleas regionales en el sistema de las Naciones Unidas, que se espera que figure en la agenda del 66o periodo de sesiones de la AGNU, así como sobre la creación de una Asamblea Parlamentaria de las Naciones Unidas (APNU); promover asimismo la interacción en temas globales entre los gobiernos y los parlamentos,

bf)

abogar por la creación de una APNU dentro del sistema de las Naciones Unidas para reforzar el carácter democrático, la responsabilidad democrática y la transparencia de la gobernanza mundial y permitir una mayor participación de los ciudadanos en las actividades de las Naciones Unidas, reconociendo que la APNU sería complementaria de otros órganos existentes, entre ellos la Unión Interparlamentaria;

*

* *

2.   Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo y, para información, a la Comisión.


(1)  DO C 4 E de 7.1.2011, p. 49.

(2)  Consejo de la Unión Europea 10170/2010.

(3)  Resolución A/RES/65/264 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(4)  Resolución A/RES/65/226 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(5)  Resolución A/RES/65/225 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(6)  Resolución A/RES/65/223 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(7)  Resolución A/RES/65/222 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(8)  Resolución A/RES/65/218 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(9)  Resolución A/RES/65/177 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(10)  Resolución A/RES/65/168 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(11)  Resolución A/RES/65/167 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(12)  Resolución A/RES/65/123 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(13)  Resolución A/RES/65/94 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(14)  Resolución A/RES/65/59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(15)  Resolución A/RES/65/7 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(16)  Resolución A/RES/65/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(17)  Proyecto de Resolución A/RES/64/L.67 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(18)  Resolución A/RES/65/276 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(19)  Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/64/868-S/2010/393, anexo.

(20)  Documento de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/66/50.

(21)  Textos Aprobados, P7_TA(2011)0097.

(22)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0482.

(23)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0442.

(24)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0439.

(25)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0419.

(26)  DO C 124 E de 25.5.2006, p. 549.


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