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Document 52018IR2710
Opinion of the European Committee of the Regions — Digital Education Action Plan
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Acción de Educación Digital
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Acción de Educación Digital
COR 2018/02710
DO C 461 de 21.12.2018, p. 52–56
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.12.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 461/52 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Acción de Educación Digital
(2018/C 461/08)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Mensajes clave
1. |
subraya que la educación, desde el proceso de Bolonia, ha desempeñado un papel vital en la creación de un espacio europeo para el diálogo y la cooperación sobre los principios fundamentales de la libertad de expresión, la tolerancia, la libertad de investigación, la libre circulación de los estudiantes y del personal, la participación de los estudiantes y la creación conjunta de aprendizaje a lo largo de la vida, que reflejan los valores fundamentales de la sociedad europea actual; |
2. |
señala que los Estados miembros han reiterado su compromiso de proporcionar a los jóvenes «la mejor educación y formación» en recientes declaraciones (Bratislava, septiembre de 2016; Roma, marzo de 2017) y cumbres (Tallin, mayo de 2017; Gotemburgo, noviembre de 2017; Bruselas, enero de 2018); |
3. |
destaca cómo la revolución digital seguirá cambiando de un modo significativo la manera de vivir, estudiar, trabajar y relacionarse de los europeos, y que las capacidades y competencias digitales son, junto con la alfabetización y las matemáticas elementales, fundamentales para ayudar a la ciudadanía a hacer frente a los retos de un mundo globalizado e interconectado, en constante evolución; |
4. |
está de acuerdo en que la adquisición de las capacidades y competencias digitales ha de comenzar a una edad temprana y mantenerse durante toda la vida, como parte de los planes de estudios educativos en la etapa infantil y en la educación de adultos; |
5. |
reconoce que el desarrollo de las competencias digitales de la mano de obra de la UE es esencial para hacer frente a la transformación del mercado laboral y para evitar carencias o desajustes de capacidades; |
6. |
considera la educación digital como una necesidad y una oportunidad para hacer frente a los desafíos en el ámbito educativo, por ejemplo, ofreciendo una enseñanza más personalizada e inclusiva a personas con necesidades educativas o discapacidades específicas, migrantes y personas acogidas a los sistemas sanitarios de los Estados miembros; |
7. |
señala que el desarrollo de las competencias digitales es una palanca magnifica para el desarrollo de nuevo talento emprendedor, para la autonomía de ejecución de tareas individuales o complementarias, a la vez que para el trabajo en equipos multidisciplinares o geográficamente diversos; |
8. |
hace hincapié en el potencial que presenta la transformación digital para ascender socialmente, contribuir a una ciudadanía mejor formada e informada, estimular el compromiso cívico, democratizar el saber y mejorar el acceso, consumo y producción de la información, para gestionar una identidad digital saludable y una ciudadanía digital activa y responsable; |
9. |
subraya que los usuarios mal preparados tienden a ser víctimas con mayor facilidad de una utilización irreflexiva de los recursos digitales, al no ser conscientes de los numerosos riesgos ocultos, entre otros el ciberacoso, la suplantación de identidad («phishing»), el sexteo («sexting»), el chantaje sexual («sextortion»), trastornos causados por el juego en internet («Internet Gaming Disorder»), síntomas de estrés relacionados con el trabajo digital o miedo a perderse algo («Fear Of Missing Out»); |
10. |
exige que se haga más hincapié en reforzar el pensamiento crítico y la alfabetización mediática tanto en adultos como en niños y jóvenes, de manera que puedan orientarse en el maremágnum de noticias falsas, ejercer su capacidad de juicio y prevenirse contra los riesgos de una utilización acrítica de la información disponible en la web o de la información accesible digitalmente; |
11. |
señala el riesgo que la introducción masiva de algoritmos y sistemas de aprendizaje automático («machine learning») basados en la inteligencia artificial y el análisis de datos plantea a la libertad pedagógica, así como las preocupaciones en materia de neutralidad, seguridad de los datos y privacidad; |
12. |
desea mencionar algunos de los resultados del estudio «The Survey of Schools: ICT in Education» (1) (encuesta escolar sobre las TIC en la educación, disponible únicamente en inglés) (2013), que mostraron que:
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13. |
señala, por consiguiente, el papel fundamental de los profesores y educadores en la orientación de los alumnos hacia prácticas innovadoras de creación de conocimiento a través de vínculos apropiados entre el aprendizaje formal, no formal e informal, partiendo de la base de que no existe un enfoque único a la hora de ampliar las innovaciones digitales en la educación; |
14. |
destaca que el profesorado, los equipos directivos de los centros de enseñanza y los demás operadores en el ámbito educativo necesitan apoyo y formación para que cada uno pueda encontrar la manera más conveniente de conjugar las metodologías didácticas tradicionales con las oportunidades que brindan las tecnologías digitales; |
15. |
propone para ello una cooperación entre los actores públicos y privados, que incluya la participación de proveedores de tecnologías para la educación (EdTech), a través de organizaciones sectoriales, de haberlas, a fin de proporcionar al profesorado formación, así como material educativo digital de libre acceso, resolviendo para ello las cuestiones transfronterizas relacionadas con los derechos de autor; |
16. |
señala los riesgos de que grandes empresas digitales, y en particular GAFAM (Google, Amazon, Facebook, Apple y Microsoft) impongan sus normas en materia de educación al suministrar sus equipos o programas informáticos y sus recursos educativos, para lo que sería necesario establecer rigurosos controles en lo referente a protección de datos y derechos de autor; |
17. |
subraya la necesidad de reducir la brecha digital existente, teniendo en cuenta los diferentes factores determinantes del fenómeno, como, por ejemplo, la residencia en diferentes contextos geográficos y demográficos, los idiomas vehiculares, los distintos niveles educativos, las diferencias de sexo y edad, la posible discapacidad o la pertenencia a grupos socioeconómicamente desfavorecidos; |
18. |
insiste en la necesidad de aprovechar mejor el apoyo financiero de la UE a fin de garantizar que las escuelas y los centros de enseñanza, incluyendo no solo los centros que imparten enseñanzas obligatorias, sino también los de otras etapas educativas como la educación infantil, centros de adultos, conservatorios, etc. para garantizar el acceso al aprendizaje a lo largo de toda la vida, puedan dotarse de las infraestructuras necesarias de banda ancha de alta velocidad y de alta calidad, en particular aquellos situados en áreas geográfica, demográfica o socialmente difíciles; |
19. |
sugiere que, de forma coherente con la aplicación de recursos y prácticas digitales innovadoras, se pongan a prueba nuevos recursos y técnicas de evaluación tales como rúbricas y, en una etapa posterior, se introduzcan en combinación con los más tradicionales, a fin de aprovechar el potencial que un flujo rápido de resultados de evaluación ofrece para un proceso de aprendizaje más personalizado y eficiente; |
20. |
señala que, de conformidad con los principios que inspiran la Plataforma de Aprendizaje Permanente y con vistas a mejorar las experiencias de aprendizaje y los resultados del aprendizaje, se debe colocar a los alumnos en el centro del proceso, compartiendo objetivos sobre la base de sus opiniones y valores, y evitando de esta forma el riesgo de que asuman un papel de consumidores pasivos de tecnología; |
21. |
acoge con satisfacción el Plan de Acción de Educación Digital (PAED) como herramienta a corto y medio plazo para el fomento, la aplicación y la expansión del uso apropiado de prácticas educativas innovadoras y digitales en las escuelas, la EFP y la enseñanza superior, como parte del «Espacio Europeo de Educación» y la «Nueva Agenda de Capacidades para Europa» (2), que complementa las recomendaciones relativas a los valores comunes y las competencias clave; |
22. |
reconoce que las prioridades establecidas en el PAED están en consonancia con los numerosos y complejos desafíos que plantea la revolución digital; |
23. |
considera que se debe apoyar adecuadamente al PAED en el nuevo marco financiero plurianual, además de con recursos procedentes de los presupuestos nacionales, con dotaciones, no solo para infraestructuras y conectividad, sino también para el desarrollo de capacidades y competencias digitales en todos los niveles educativos; |
24. |
subraya que, para integrar la tecnología digital en nuestros sistemas educativos y para alcanzar cabalmente los objetivos del PAED, es indispensable una cooperación más fructífera de todos los actores y potenciales partes interesadas, que garantice convergencia, sinergias y conocimientos multidisciplinares e interoperabilidad de los distintos sistemas; |
25. |
considera de vital importancia que se despliegue un esfuerzo significativo para coordinar e integrar todas las iniciativas y actividades, mejorando también las políticas de difusión, con el fin de evitar que sean las instituciones educativas y políticas mejor equipadas para hacer frente a la «jungla» de convocatorias de financiación las que se aprovechen principalmente de las oportunidades disponibles; |
26. |
recuerda el papel fundamental que desempeñan los entes locales y regionales en la aplicación de las políticas de educación y formación y, por consiguiente, que todos los niveles de gobernanza (europeo, nacional, regional y local) deberían participar en el proceso de adaptación de los sistemas educativos a las normas de la era digital; |
Hacer un mejor uso de la tecnología digital en la enseñanza y el aprendizaje: capacidades y competencias digitales para la transformación digital
27. |
señala que, si bien el acceso a la infraestructura digital es solo un aspecto de la brecha digital, la falta de financiación y la insuficiencia e inoperatividad del material y el ancho de banda representan aún un obstáculo para la utilización de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje; |
28. |
pide que se apoye la creación de estrategias y marcos nacionales, que se fomente un mayor diálogo entre las partes interesadas y que se brinde un mayor apoyo al profesorado para que adquieran nuevas competencias metodológicas; |
29. |
confía en que la puesta en marcha de una gran campaña de iniciativas de formación para el profesorado y los operadores educativos refuerce sus capacidades reales en materia de competencias digitales, con especial referencia a las personas con bajos niveles de aptitud y experiencia en tecnologías digitales; |
30. |
acoge con satisfacción el respaldo de la UE a la preparación digital en los centros de educación general y de formación profesional, reforzando su competencia digital y poniendo la herramienta de autoevaluación SELFIE a disposición de un millón de personas —entre docentes, formadores y alumnado— para finales de 2019, aprovechando la sinergia con los eventuales instrumentos de evaluación que adopte cada uno de los Estados miembros; |
31. |
señala que las TIC contribuyen a la innovación en materia de procesos y normas organizativas, y considera herramientas como el Marco Europeo de Competencia Electrónica útiles para ofrecer un marco de referencia para las competencias y capacidades en el ámbito de las TIC en toda Europa; |
32. |
reconoce el valor añadido de un sistema de bonos centrado en las zonas desfavorecidas y de la aplicación de herramientas adecuadas en las zonas rurales; |
33. |
suscribe un marco de expedición de títulos certificados digitalmente y de validación de las capacidades adquiridas por vía digital que sea fiable y multilingüe, y considera esencial que el marco esté en plena consonancia con el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC) para el aprendizaje permanente y la clasificación europea de capacidades, competencias, cualificaciones y ocupaciones (ESCO); |
34. |
alienta la cooperación entre la industria y el sector educativo, así como otras formas de asociaciones público-privadas, con el fin de desarrollar programas de formación de las competencias digitales y garantizar que las carreras digitales sean accesibles en igualdad de condiciones, con independencia del origen socioeconómico o de discapacidades físicas; |
Desarrollar capacidades y competencias digitales pertinentes para la transformación digital
35. |
señala que las comunidades escolares tienen que apoyar a todos sus estudiantes y responder a sus necesidades específicas para garantizar la plena inclusión; |
36. |
considera esencial reducir la brecha de aprendizaje entre estudiantes procedentes de entornos socioeconómicos diferentes y aprovechar el potencial de la enseñanza personalizada y las nuevas herramientas de aprendizaje, así como todos los beneficios de los recursos educativos de acceso libre y la ciencia abierta; |
37. |
confía en el desarrollo de una plataforma a escala europea para la educación superior digital que ofrezca aprendizaje, movilidad combinada, campus virtuales e intercambio de buenas prácticas entre centros de educación superior; |
38. |
acoge con satisfacción el nuevo Marco Europeo de Competencia Digital Docente, que ofrece a los educadores orientación para el desarrollo de modelos de competencia digital; |
39. |
subraya la importancia de favorecer y facilitar el desarrollo de la competencia digital docente desde una perspectiva integrada y dentro de un Marco de Competencias Profesionales Docentes que abarque la formación inicial, de acceso y permanente del profesorado; |
40. |
reconoce la importancia de la movilidad y, por tanto, pide que se preste mayor atención y apoyo a la adaptación de la educación y la formación a la era digital en el próximo programa Erasmus+ y en otros programas de financiación de la UE pertinentes; |
41. |
subraya la importancia de la cooperación en materia de educación y de los esfuerzos concertados; pide una plataforma común europea, abierta a las diferentes partes interesadas, para desarrollar parámetros de referencia e indicadores que hagan posible seguir de cerca los progresos realizados por los diferentes proveedores de enseñanza, centros escolares y otros entornos en relación con el uso de las TIC. Esta tarea debe llevarse a cabo en estrecha cooperación entre Estados miembros, a fin de sacar partido a las experiencias, cartografiar los métodos de seguimiento ya utilizados, etc.; |
42. |
subraya la importancia de las competencias digitales para todos los ciudadanos, tal como establece el Marco Europeo de Referencia revisado sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, que incluye el Marco Europeo de Competencias Digitales para los Ciudadanos en cinco ámbitos (información y alfabetización en materia de datos, comunicación y colaboración, creación de contenido digital, seguridad y bienestar y resolución de problemas); y alienta una enseñanza y aprendizaje en los que las competencias digitales estén integradas con el resto de las capacidades a desarrollar; |
43. |
apoya la propuesta de poner en marcha: i) una campaña de concienciación a nivel europeo orientada a los educadores, las familias y el alumnado para fomentar la seguridad en línea, la higiene cibernética y la alfabetización mediática; ii) una iniciativa docente de ciberseguridad basada en el Marco de Competencias Digitales para los Ciudadanos, con el fin de capacitar a los ciudadanos; y iii) la puesta en valor y difusión de buenas prácticas para el empleo de la tecnología con confianza y de manera responsable; |
44. |
anima al espíritu innovador y emprendedor de las regiones y ciudades, así como a avanzar hacia la innovación abierta desde una visión, centrada en las personas, de la asociación entre los sectores público y privado, el mundo universitario y la ciudadanía; |
45. |
espera que se le mantenga al día de las enseñanzas políticas de la ejecución de las acciones, y que se le invite a contribuir al debate incipiente sobre la futura cooperación europea en educación y formación; |
Modernizar la educación mediante la previsión y un mejor análisis de los datos.
46. |
confía en la adopción de un marco metodológico común y compartido para la definición de indicadores que reflejen la brecha digital, y pide un esfuerzo significativo para desarrollar y recopilar datos fiables y de fácil acceso para su evaluación y seguimiento; |
47. |
llama la atención sobre los problemas que surgen cuando operadores privados almacenan datos personales y expedientes de alumnos, con frecuencia en otra parte del mundo. En particular, hay que prestar especial atención a si estos operadores están dispuestos a firmar contratos de usuario con un gran número de autoridades locales, regionales y nacionales; |
48. |
expresa asimismo su preocupación acerca de la «minería de datos», es decir, qué hacer cuando las empresas utilizan datos de estudiantes y personal escolar para venderlos a terceros, y apunta a otra cuestión de particular importancia para los entes locales y regionales, como es saber durante cuánto tiempo los datos administrativos pertinentes y documentos similares pueden quedar a disposición del público; |
49. |
espera con interés la puesta en marcha de los proyectos piloto previstos para aprovechar los datos disponibles y contribuir a la aplicación y el control de la política educativa, y acoge favorablemente los instrumentos y orientaciones previstos para los Estados miembros; |
50. |
considera importante poner en marcha una prospectiva estratégica sobre las tendencias clave derivadas de la transformación digital para el futuro de los sistemas educativos, en estrecha cooperación con expertos de los Estados miembros –incluidos los representantes locales y regionales– y haciendo uso de los canales existentes y futuros de cooperación a nivel de la UE en educación y formación; |
51. |
respalda la innovación impulsada por los usuarios, que es esencial para poder adoptar rápidamente soluciones innovadoras que permitan afrontar los desafíos surgidos en el ámbito educativo. A menudo, la perspectiva del usuario no se tiene suficientemente en cuenta, lo que puede limitar las posibles soluciones a un desafío; acoge con satisfacción, en este contexto, que se exploren formas de promover el compromiso ciudadano, se habilite su participación y la innovación impulsada por los usuarios; |
52. |
hace hincapié en que este Plan de Acción debe apoyar también el Semestre Europeo, uno de los motores fundamentales de la reforma, por medio de las recomendaciones específicas por país relacionadas con la educación y la formación; |
53. |
apoya los esfuerzos por avanzar en la gobernanza de los sistemas de educación escolar y recuerda que la buena gobernanza multinivel puede mejorar el rendimiento en el ámbito de la educación y la formación, reforzar la participación, fomentar la creación de mecanismos innovadores, promover un sistema de educación inclusivo, orientado hacia la persona en su totalidad, y desarrollar sistemas que posibiliten el aprendizaje permanente; |
54. |
acoge con satisfacción el diálogo anunciado por la Comisión Europea sobre la ejecución de las acciones y medidas propuestas, y expresa su disponibilidad a colaborar y a seguir cooperando con la Comisión Europea, junto con los Estados miembros, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social Europeo y el Grupo del Banco Europeo de Inversiones, para hacer progresar esta agenda y garantizar que se ajuste a las prioridades de los programas de financiación de la UE actuales y futuros. |
Bruselas, 10 de octubre de 2018.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Karl-Heinz LAMBERTZ
(1) Survey of Schools: ICT in Education. Benchmarking access, use and attitudes to technology in Europe’s schools. Informe final del estudio, Comisión Europea, 2013.
(2) COM(2016) 381