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Document 62010TN0433

Asunto T-433/10 P: Recurso de casación interpuesto el 20 de septiembre de 2010 por Allen y otros contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 13 de julio de 2010 en el asunto F-103/09, Allen y otros/Comisión

DO C 317 de 20.11.2010, p. 41–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.11.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 317/41


Recurso de casación interpuesto el 20 de septiembre de 2010 por Allen y otros contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 13 de julio de 2010 en el asunto F-103/09, Allen y otros/Comisión

(Asunto T-433/10 P)

()

2010/C 317/74

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: John Allen (Horspath, Reino Unido) y otros (representantes: K. Lasok, QC, y B. Lask, Barrister)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se admita el recurso.

Que se case y anule el auto del Tribunal de la Función Pública Europea (Sala Primera), dictado el 13 de julio de 2010 en el asunto F-103/09.

Que se desestimen las excepciones de inadmisibilidad primera y segunda formuladas por la demandada en primera instancia.

Que se condene a la demandada en primera instancia al pago de las costas de la presente casación.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el presente recurso de casación, los recurrentes en casación solicitan la anulación del auto del Tribunal de la Función Pública Europea (TFPE) de 13 de julio de 2010, dictado el 13 de julio de 2010 en el asunto F-103/09, Allen y otros/Comisión, mediante el cual el TFPE inadmitió el recurso por el cual los recurrentes en casción solicitaron una indemnización por daños y la anulación de una decisión por la que se denegaba el pago de una indemnización por las pérdidas sufridas por cada demandante en primera instancia como resultado de no haber sido contratados como agentes temporales durante el tiempo que trabajaron en la Empresa Común Joint European Torus (JET).

En apoyo de su recurso de casación, los recurrentes en casación alegan que, al declarar que no se aplicaba la obligación de actuar en un lapso de tiempo razonable al presente contexto y, que aunque lo hubiera declarado, mediante su interpretación de la duración y el punto de partida de dicho período, el TFPE actúo de manera contraria a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y a los principios fundamentales del Derecho de la Unión Europea.


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