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Document 62011CN0553
Case C-553/11: Reference for a preliminary ruling from the Bundesgerichtshof (Germany) lodged on 2 November 2011 — Bernhard Rintisch v Klaus Eder
Asunto C-553/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 2 de noviembre de 2011 — Bernhard Rintisch/Klaus Eder
Asunto C-553/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 2 de noviembre de 2011 — Bernhard Rintisch/Klaus Eder
DO C 80 de 17.3.2012, p. 5–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.3.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 80/5 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 2 de noviembre de 2011 — Bernhard Rintisch/Klaus Eder
(Asunto C-553/11)
2012/C 80/06
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Bernhard Rintisch
Demandado: Klaus Eder
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 10, apartados 1 y 2, letra a), de la Directiva 89/104/CEE (1) en el sentido de que dicha disposición, en general, se opone a una norma nacional según la cual también debe considerarse que se ha utilizado una marca (marca 1) cuando el uso de la marca (marca 1) se realiza en una forma que difiere de la que ha sido registrada, sin que las divergencias alteren el carácter distintivo de la marca (marca 1), y cuando la marca está también registrada en la forma en la que se utiliza (marca 2)? |
2) |
En caso de que se responda negativamente a la primera cuestión: la disposición nacional designada en el apartado 1, ¿es compatible con la Directiva 89/104/CEE si dicha disposición nacional se interpreta de forma restrictiva en el sentido de que no resulta aplicable a una marca (marca 1) que se ha registrado únicamente con el fin de garantizar o de ampliar el ámbito de protección de otra marca registrada (marca 2) que está registrada en la forma en que se utiliza? |
3) |
En caso de que se responda afirmativamente a la primera cuestión o negativamente a la segunda cuestión:
|
(1) Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO L 40, p. 1).