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Document 62015CA0466
Case C-466/15: Judgment of the Court (Fourth Chamber) of 6 October 2016 (request for a preliminary ruling from the Conseil d’État — France) — Jean-Michel Adrien and Others v Prime Minister, Ministre des Finances et des Comptes publics, Ministre de la Décentralisation et de la Fonction publique (Reference for a preliminary ruling — Freedom of movement for workers — National detached officials within an EU institution or body — Old-age pension — Right to opt — Suspension or maintenance of the affiliation to the national pension scheme — Limitation on the aggregation of the pension acquired under the national pension scheme with that acquired under the EU pension scheme)
Asunto C-466/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Jean-Michel Adrien y otros/Premier ministre, Ministre des finances et des comptes publics, Ministre de la décentralisation et de la fonction publique (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de los trabajadores — Funcionarios nacionales en situación de servicios especiales en una institución o un organismo de la Unión — Pensión de vejez — Derecho de opción — Suspensión o mantenimiento de la afiliación en el régimen nacional de pensiones — Limitación de la acumulación de la pensión causada en el régimen nacional de pensiones y de la causada en el régimen de pensiones de la Unión)
Asunto C-466/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Jean-Michel Adrien y otros/Premier ministre, Ministre des finances et des comptes publics, Ministre de la décentralisation et de la fonction publique (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de los trabajadores — Funcionarios nacionales en situación de servicios especiales en una institución o un organismo de la Unión — Pensión de vejez — Derecho de opción — Suspensión o mantenimiento de la afiliación en el régimen nacional de pensiones — Limitación de la acumulación de la pensión causada en el régimen nacional de pensiones y de la causada en el régimen de pensiones de la Unión)
DO C 441 de 28.11.2016, p. 4–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 441/4 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Jean-Michel Adrien y otros/Premier ministre, Ministre des finances et des comptes publics, Ministre de la décentralisation et de la fonction publique
(Asunto C-466/15) (1)
((Procedimiento prejudicial - Libre circulación de los trabajadores - Funcionarios nacionales en situación de servicios especiales en una institución o un organismo de la Unión - Pensión de vejez - Derecho de opción - Suspensión o mantenimiento de la afiliación en el régimen nacional de pensiones - Limitación de la acumulación de la pensión causada en el régimen nacional de pensiones y de la causada en el régimen de pensiones de la Unión))
(2016/C 441/05)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Jean-Michel Adrien, Frédéric Baron, Catherine Blanchin, Marc Bouillaguet, Anne-Sophie Chalhoub, Denis d’Ersu, Laurent Gravière, Vincent Cador, Roland Moustache, Jean-Richard de la Tour, Anne Schneider, Bernard Stamm, Éléonore von Bardeleben
Demandadas: Premier ministre, Ministre des finances et des comptes publics, Ministre de la décentralisation et de la fonction publique
Fallo
El artículo 45 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que produce el efecto de que un funcionario nacional en situación de servicios especiales en una institución o un organismo de la Unión que opta por seguir afiliado al régimen nacional de pensiones mientras se encuentra en situación de servicios especiales pierde, total o parcialmente, las ventajas que se derivan de su afiliación a ese último régimen si cubre el período de diez años de servicios a favor de la Unión que le da derecho a causar una pensión con arreglo al régimen de pensiones de la Unión.