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Document 62015CN0571
Case C-571/15: Request for a preliminary ruling from the Hessisches Finanzgericht (Germany) lodged on 6 November 2015 — Wallenborn Transports SA v Hauptzollamt Gießen
Asunto C-571/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hessisches Finanzgericht (Alemania) el 6 de noviembre de 2015 — Wallenborn Transports SA/Hauptzollamt Gießen
Asunto C-571/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hessisches Finanzgericht (Alemania) el 6 de noviembre de 2015 — Wallenborn Transports SA/Hauptzollamt Gießen
DO C 90 de 7.3.2016, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.3.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 90/3 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hessisches Finanzgericht (Alemania) el 6 de noviembre de 2015 — Wallenborn Transports SA/Hauptzollamt Gießen
(Asunto C-571/15)
(2016/C 090/05)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Hessisches Finanzgericht
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Wallenborn Transports SA
Demandada: Hauptzollamt Gießen
Cuestiones prejudiciales
Primera cuestión:
Una disposición de un Estado miembro en materia del IVA con arreglo a la cual las zonas francas de control de tipo I (puertos francos) no pertenecen al interior del país, ¿constituye un régimen de los contemplados en el artículo 156 a los que se refieren los artículos 61, párrafo primero, y 71, apartado 1, párrafo primero, de la Directiva del IVA? (1)
En caso de respuesta afirmativa a esta cuestión:
Segunda cuestión:
¿Se producen el devengo y la exigibilidad del impuesto sobre bienes sujetos a derechos de aduana, con arreglo al artículo 71, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva del IVA, también en el momento en que se originan el devengo y la exigibilidad de los derechos de aduana, cuando el devengo y la exigibilidad de los derechos de aduana se originan dentro de una zona franca de control de tipo I y la legislación en materia del IVA del Estado miembro a cuyo territorio pertenece la zona franca establece que las zonas francas de control de tipo I (puertos francos) no pertenecen al interior del país?
En caso de respuesta negativa a la segunda cuestión:
Tercera cuestión:
En el caso de una mercancía transportada a una zona franca de control de tipo I en régimen de tránsito externo sin poner fin a ese régimen, cuando la mercancía se sustrae a la vigilancia aduanera en la zona franca de manera que se origina respecto a ella una deuda aduanera con arreglo al artículo 203, apartado 1, del Código aduanero, (2) ¿se originan el devengo y la exigibilidad del impuesto en el mismo momento conforme a otro hecho imponible, concretamente el previsto en el artículo 204, apartado 1, letra a), del Código aduanero, porque antes de la operación con que se sustrajo la mercancía a la vigilancia aduanera se omitió presentar la mercancía ante la oficina situada en el interior del país y poner fin allí al régimen de tránsito?
(1) Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1).
(2) Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1).