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Document 62016CA0633

Asunto C-633/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sø- og Handelsretten — Dinamarca) — Ernst & Young P/S / Konkurrencerådet (Procedimiento prejudicial — Control de las operaciones de concentración entre empresas — Reglamento (CE) n.° 139/2004 — Artículo 7, apartado 1 — Ejecución de una concentración antes de la notificación a la Comisión Europea y la declaración de compatibilidad con el mercado común — Prohibición — Alcance — Concepto de «concentración» — Resolución de un contrato de cooperación con un tercero por una de las empresas participantes en la concentración)

DO C 259 de 23.7.2018, p. 9–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

201807060361993922018/C 259/116332016CJC25920180723ES01ESINFO_JUDICIAL201805319911

Asunto C-633/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sø- og Handelsretten — Dinamarca) — Ernst & Young P/S / Konkurrencerådet (Procedimiento prejudicial — Control de las operaciones de concentración entre empresas — Reglamento (CE) n.o 139/2004 — Artículo 7, apartado 1 — Ejecución de una concentración antes de la notificación a la Comisión Europea y la declaración de compatibilidad con el mercado común — Prohibición — Alcance — Concepto de «concentración» — Resolución de un contrato de cooperación con un tercero por una de las empresas participantes en la concentración)

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C2592018ES910120180531ES00119191

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sø- og Handelsretten — Dinamarca) — Ernst & Young P/S / Konkurrencerådet

(Asunto C-633/16) ( 1 )

«(Procedimiento prejudicial — Control de las operaciones de concentración entre empresas — Reglamento (CE) n.o 139/2004 — Artículo 7, apartado 1 — Ejecución de una concentración antes de la notificación a la Comisión Europea y la declaración de compatibilidad con el mercado común — Prohibición — Alcance — Concepto de «concentración» — Resolución de un contrato de cooperación con un tercero por una de las empresas participantes en la concentración)»

2018/C 259/11Lengua de procedimiento: danés

Órgano jurisdiccional remitente

Sø- og Handelsretten

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ernst & Young P/S

Demandada: Konkurrencerådet

Fallo

El artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones»), debe interpretarse en el sentido de que solo se ejecuta una concentración mediante una operación que, en todo o en parte, de hecho o de Derecho, contribuye al cambio de control de la empresa objetivo. No puede considerarse que la resolución de un acuerdo de cooperación, en circunstancias como las del litigio principal, que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente, implique la ejecución de una concentración, independientemente de la cuestión de si esa resolución produjo efectos en el mercado.


( 1 ) DO C 46 de 13.2.2017.

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