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Document 62016TN0625
Case T-625/16: Action brought on 2 September 2016 — Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej v ECHA
Asunto T-625/16: Recurso interpuesto el 2 de septiembre de 2016 — Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej/ECHA
Asunto T-625/16: Recurso interpuesto el 2 de septiembre de 2016 — Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej/ECHA
DO C 402 de 31.10.2016, p. 51–53
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
31.10.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/51 |
Recurso interpuesto el 2 de septiembre de 2016 — Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej/ECHA
(Asunto T-625/16)
(2016/C 402/61)
Lengua de procedimiento: polaco
Partes
Demandante: Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej sp. z o.o. (Grajewo, Polonia) (representante: T. Dobrzyński, abogado)
Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la decisión ECHA n.o SME(2016) 2851, de 23 de junio de 2016, mediante la que se declaró que la demandante no cumplía los requisitos para disfrutar de la reducción de tasas establecida para empresas de tamaño medio y se le imponía el pago de una tasa administrativa. |
— |
Anule la factura n.o 10058238 de la ECHA, de 23 de junio de 2016, por un importe correspondiente a la diferencia entre la tasa pagada por la demandante y la tasa exigible a una gran empresa, emitida sobre la base de la decisión ECHA n.o SME(2016) 2851. |
— |
Anule la factura n.o 10058239 de la ECHA, de 23 de junio de 2016, que determina la tasa administrativa conforme a la decisión ECHA n.o SME(2016) 2851. |
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Anule la decisión n.o 14/2015 del Consejo de Administración de la ECHA, de 4 de junio de 2015, con la referencia (MB/43/2014) ME(2016) 2851. |
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Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la vulneración del principio de atribución de competencias
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2. |
Segundo motivo, basado en la vulneración del principio de seguridad jurídica y del derecho a una buena administración.
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3. |
Tercer motivo, basado en la vulneración del principio de proporcionalidad.
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4. |
Cuarto motivo, basado en la vulneración del principio de igualdad de trato.
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5. |
Quinto motivo, basado en la nulidad de las facturas emitidas sobre la base de la decisión impugnada.
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