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Document 62020CA0406
Case C-406/20: Judgment of the Court (Seventh Chamber) of 9 September 2021 (request for a preliminary ruling from the Finanzgericht Köln — Germany) — Phantasialand v Finanzamt Brühl (Reference for a preliminary ruling — Taxation — Value added tax (VAT) — Directive 2006/112/EC — Article 98 — Option for the Member States to apply a reduced rate of VAT to certain supplies of goods and services — Annex III, point 7 — Admission fee for amusement parks and fairs — Principle of fiscal neutrality — Services provided by static and mobile fairground entertainers — Comparability — Context — Point of view of the average consumer — Expert opinion)
Asunto C-406/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln — Alemania) — Phantasialand / Finanzamt Brühl [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 98 — Facultad de los Estados miembros de aplicar un tipo reducido de IVA a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios — Anexo III, punto 7 — Derecho de acceso a los parques de atracciones y a las ferias — Principio de neutralidad fiscal — Prestaciones realizadas por feriantes itinerantes y por feriantes no itinerantes — Comparabilidad — Contexto — Punto de vista del consumidor medio — Informe pericial]
Asunto C-406/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln — Alemania) — Phantasialand / Finanzamt Brühl [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 98 — Facultad de los Estados miembros de aplicar un tipo reducido de IVA a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios — Anexo III, punto 7 — Derecho de acceso a los parques de atracciones y a las ferias — Principio de neutralidad fiscal — Prestaciones realizadas por feriantes itinerantes y por feriantes no itinerantes — Comparabilidad — Contexto — Punto de vista del consumidor medio — Informe pericial]
DO C 471 de 22.11.2021, p. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.11.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 471/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln — Alemania) — Phantasialand / Finanzamt Brühl
(Asunto C-406/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 98 - Facultad de los Estados miembros de aplicar un tipo reducido de IVA a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios - Anexo III, punto 7 - Derecho de acceso a los parques de atracciones y a las ferias - Principio de neutralidad fiscal - Prestaciones realizadas por feriantes itinerantes y por feriantes no itinerantes - Comparabilidad - Contexto - Punto de vista del consumidor medio - Informe pericial)
(2021/C 471/12)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Köln
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Phantasialand
Demandada: Finanzamt Brühl
Fallo
El artículo 98 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en relación con el anexo III, punto 7, de dicha Directiva, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual las prestaciones realizadas por los feriantes itinerantes, por una parte, y las realizadas por los feriantes no itinerantes que operan bajo la forma de parques de ocio, por otra, están sujetas a tipos del impuesto sobre el valor añadido distintos, uno reducido y el otro normal, siempre que se respete el principio de neutralidad fiscal. El Derecho de la Unión no se opone a que el órgano jurisdiccional remitente, cuando experimente dificultades especiales para comprobar el respeto del principio de neutralidad fiscal, solicite, en las condiciones previstas en el Derecho nacional, un informe pericial destinado a orientar su decisión.