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Document C2004/251/02
Case C-245/04: Reference for a preliminary ruling by the Verwaltungsgerichtshof by order of that court of 26 May 2004 in the case of EMAG Handel Eder OHG against Finanzlandesdirektion für Kärnten (Berufungssenat II)
Asunto C-245/04: Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Verwaltungsgerichtshof, de fecha 26 de mayo de 2004, en el asunto entre EMAG Handel Eder OHG y Finanzlandesdirektion für Kärnten
Asunto C-245/04: Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Verwaltungsgerichtshof, de fecha 26 de mayo de 2004, en el asunto entre EMAG Handel Eder OHG y Finanzlandesdirektion für Kärnten
DO C 251 de 9.10.2004, p. 2–2
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
9.10.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 251/2 |
Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Verwaltungsgerichtshof, de fecha 26 de mayo de 2004, en el asunto entre EMAG Handel Eder OHG y Finanzlandesdirektion für Kärnten
(Asunto C-245/04)
(2004/C 251/02)
Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Verwaltungsgerichtshof, dictada el 26 de mayo de 2004, en el asunto entre EMAG Handel Eder OHG y Finanzlandesdirektion für Kärnten, y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 10 de junio de 2004.
El Verwaltungsgerichtshof solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones prejudiciales:
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 8, apartado 1, letra a), primera frase, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo (1), de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, de modo que el lugar en el que comienza la expedición o el transporte también es relevante cuando varios empresarios celebren una operación de entrega sobre un mismo bien y las distintas operaciones de entrega se ejecuten mediante un solo desplazamiento de mercancías? |
2) |
¿Puede considerarse que varias entregas constituyen entregas intracomunitarias exentas cuando varios empresarios celebren una operación de entrega sobre un mismo bien y las distintas operaciones de entrega se ejecuten mediante un solo desplazamiento de mercancías? |
3) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿se considera que el lugar en el que comienza la segunda entrega es el lugar efectivo del que parte el bien o el lugar en el que finaliza la primera entrega? |
4) |
Para responder a las cuestiones 1 a 3, ¿es relevante el hecho de quién tiene el poder de disposición sobre el bien durante el desplazamiento de las mercancías? |
(1) DO L 145, p. 1.