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Document C2006/143/23

Asunto C-423/04: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de abril de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Social Security Commissioner) — Sarah Margaret Richards/Secretary of State for Work and Pensions (Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social — Directiva 79/7/CEE — Negativa a reconocer una pensión de jubilación a la edad de 60 años a un transexual que se ha sometido a una operación quirúrgica de cambio de sexo masculino a sexo femenino)

DO C 143 de 17.6.2006, p. 13–13 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

17.6.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/13


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de abril de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Social Security Commissioner) — Sarah Margaret Richards/Secretary of State for Work and Pensions

(Asunto C-423/04) (1)

(Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social - Directiva 79/7/CEE - Negativa a reconocer una pensión de jubilación a la edad de 60 años a un transexual que se ha sometido a una operación quirúrgica de cambio de sexo masculino a sexo femenino)

(2006/C 143/23)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Social Security Commissioner

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Sarah Margaret Richards

Demandada: Secretary of State for Work and Pensions

Objeto

Prejudicial — Social Security Commissioners (Reino Unido) — Interpretación de los artículos 4 y 7 de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social — Denegación de la concesión de una pensión de jubilación a los 60 años a un transexual que ha pasado de ser de sexo masculino a femenino, edad a la que tendría derecho a dicha pensión si hubiera sido de sexo femenino desde su nacimiento

Fallo

1)

El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una legislación que no reconoce la pensión de jubilación, por no haber alcanzado aún la edad de 65 años, a una persona que, con arreglo a los requisitos que establece el Derecho nacional, cambia de sexo masculino a sexo femenino, cuando esa misma persona habría tenido derecho a tal pensión a la edad de 60 años si se hubiera considerado que, según el Derecho nacional, era mujer.

2)

No procede limitar en el tiempo los efectos de la presente sentencia.


(1)  DO C 300, de 4.12.2004.


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