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Document L:1991:116:TOC
Official Journal of the European Communities, L 116, 9 May 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 116, 9 de mayo de 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 116, 9 de mayo de 1991
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
Reglamento (CEE) n 1195/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n 1196/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta | ||||
Reglamento (CEE) n 1197/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se establecen las exacciones reguladoras a la importación aplicables al arroz y al arroz partido | ||||
Reglamento (CEE) n 1198/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se establecen las primas que han de añadirse a las exacciones reguladoras a la importación para el arroz y el arroz partido | ||||
Reglamento (CEE) n 1199/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se fijan las exacciones reguladoras mínimas a la importación de aceite de oliva y las exacciones reguladoras a la importación de los demás productos del sector del aceite de oliva | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1200/91 DE LA COMISIÓN de 7 de mayo de 1991 por el que se establecen valores unitarios para la determinación del valor en aduana de determinadas mercancías perecederas # | |||
Reglamento (CEE) n 1201/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención belga | ||||
Reglamento (CEE) n 1202/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención danés | ||||
Reglamento (CEE) n 1203/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención danés | ||||
Reglamento (CEE) n 1204/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención francés | ||||
Reglamento (CEE) n 1205/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención irlandés | ||||
Reglamento (CEE) n 1206/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación para la restitución a la exportación de cebada a los países de las zonas I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, y a las Islas Canarias | ||||
Reglamento (CEE) n 1207/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación para la restitución a la exportación de trigo blando a los países de las zonas I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, y a las Islas Canarias | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1208/91 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la recaudación de los derechos arancelarios aplicables a los productos de la categoría no 98 (número de orden 40.0980) originarios de China, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3832/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1209/91 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 6404 y 6405 90 10 originarios de Tailandia, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1210/91 DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 8527, 8528 y 8529 originarios de Malasia, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1211/91 DE LA COMISIÓN de 7 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 6401 y 6402 originarios de Malasia beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1212/91 DE LA COMISIÓN de 7 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 3102 40 10 y 3102 40 90 originarios de Polonia beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1213/91 DE LA COMISIÓN de 7 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 6401 y 6402 originarios de Indonesia beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | Reglamento (CEE) nº 1214/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la clasificación de ciertas mercancías en la nomenclatura combinada | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1215/91 DE LA COMISIÓN de 7 de mayo de 1991 relativo al régimen aplicable a las importaciones en España de determinados productos textiles (categoría 5) originarios de Indonesia # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1216/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 por el que se fijan los precios de referencia de las ciruelas para la campaña 1991 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1217/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 porque se fijan, para la campaña 1991, los precios de oferta comunitarios de los melocotones, incluidos los griñones y las nectarinas, aplicables con respecto a España y a Portugal # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1218/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 863/91 relativo a la venta especial de mantequilla de intervención destinada a la exportación a la Unión Soviética y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 569/88 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1219/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 por el que se fija el precio mínimo de importación aplicable a determinados productos transformados a base de cerezas durante la campaña de comercialización 1991/92 # | |||
Reglamento (CEE) n 1220/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n 957/91, relativo a la apertura de una venta intermitente de semillas de girasol en poder del organismo de intervención español | ||||
* | Reglamento (CEE) nº 1221/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, relativo a la fijación de los precios de venta mínimos para la carne de vacuno puesta en venta con arreglo a la licitación a que se refiere el Reglamento (CEE) nº 1016/91 | |||
Reglamento (CEE) n 1222/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) ns 1424/90, 1425/90, 1426/90, 1427/90 y 1646/90 en lo que respecta al período de vigencia de los certificados expedidos dentro de las licitaciones de restitución por exportación de cereales | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1223/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 por el que se restablece la percepción de los derechos de aduana aplicables respecto de terceros países sobre determinados productos originarios de Yugoslavia # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1224/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 3102 30 10 y 3102 30 90 originarios de Polonia beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1225/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 6401 y 6402 originarios de Filipinas beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1226/91 DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 6401 y 6402 originarios de Tailandia beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
Reglamento (CEE) n 1227/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, relativo a la expedición de certificados de importación para las carnes de vacuno de alta calidad, frescas, refrigeradas o congeladas | ||||
Reglamento (CEE) n 1228/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se adoptan medidas precautorias en lo que respecta a las solicitudes de certificados MCI presentadas durante el período del 29 de abril al 3 de mayo de 1991 para los intercambios con España en el sector de la carne de vacuno | ||||
Reglamento (CEE) n 1229/91 de la Comisión, de 8 de mayo de 1991, por el que se suprime el gravamen compensatorio a la importación de tomates originarios de las islas Canarias | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
91/246/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 29 de abril de 1991, relativa a la celebración del Protocolo que prorroga la primera fase del Acuerdo por el que se crea una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Malta | |||
Protocolo que prorroga la primera etapa del Acuerdo por el que se crea una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Malta | ||||
* | Información relativa a la fecha de entrada en vigor del Protocolo que prorroga la primera fase del Acuerdo por el que se crea una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Malta, firmado en Bruselas el 20 de diciembre de 1990 |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |