22.11.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 304/51 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 67/2007
de 29 de junio de 2007
por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 74/2006, de 2 de junio de 2006 (1). |
(2) |
Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes del Acuerdo para incluir la Decisión no 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (2). |
(3) |
Por consiguiente, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo para hacer posible esta cooperación más amplia a partir del 1 de enero de 2007. |
DECIDE:
Artículo 1
En el artículo 7, apartado 5, del Protocolo 31 del Acuerdo se añade el siguiente guión:
«— |
32006 D 1639: Decisión no 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007 a 2013) (DO L 310 de 9.11.2006, p. 15).». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 2007.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
(1) DO L 245 de 7.9.2006, p. 45.
(2) DO L 310 de 9.11.2006, p. 15.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.