29.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 321/31 |
Modificación del Convenio relativo al Transporte Internacional de Mercancías al amparo de los Cuadernos TIR (Convenio TIR de 1975)
De conformidad con la Notificación del Depositario de la C.N.742.2016.TREATIES — XI.A.16 las siguientes modificaciones del Convenio TIR entrarán en vigor el 1 de enero de 2017 para todas las Partes contratantes:
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Anexo 6, nueva nota explicativa 0.42 bis: Se añade una nueva nota explicativa del artículo 42 bis redactada en los siguientes términos:
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Anexo 2, artículo 4, apartado 2, inciso i): El texto actual se sustituye por el siguiente:
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Anexo 2, artículo 4, apartado 2, inciso iii): El texto actual se sustituye por el siguiente:
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Anexo 2, nuevo artículo 5: Tras el artículo 4 modificado se inserta el artículo siguiente: «Artículo 5 Vehículos con techo entoldado corredizo 1. Las disposiciones de los artículos 1, 2, 3 y 4 del presente Reglamento se aplicarán, cuando proceda, a los vehículos con techo entoldado corredizo. Además, dichos vehículos deberán ajustarse a las disposiciones del presente artículo. 2. El techo entoldado corredizo deberá cumplir los requisitos establecidos en los incisos i) a iii) que se exponen a continuación.
En el croquis n.o 10, anexo al presente Reglamento, se aporta un ejemplo de posible sistema de construcción.». |
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Anexo 2, croquis n.o 9: El actual croquis n.o 9 se sustituye por el siguiente «Croquis n.o 9 EJEMPLO DE CONSTRUCCIÓN DE UN VEHÍCULO CON TOLDOS CORREDIZOS Croquis n.o 9 — continuación Croquis n.o 9 — continuación » |
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Anexo 2, nuevo croquis n.o 10: Tras el nuevo croquis n.o 9, se insertará el siguiente: «Croquis n.o 10 EJEMPLO DE CONSTRUCCIÓN DE UN VEHÍCULO CON TECHO ENTOLDADO CORREDIZO Croquis n.o 10 — continuación Croquis n.o 10 — continuación » |
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Anexo 7, parte I, artículo 5, apartado 2, inciso i): El texto actual se sustituye por el siguiente:
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Anexo 7, parte I, artículo 5, apartado 2, inciso iii): El texto actual se sustituye por el siguiente:
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Anexo 7, parte I, nuevo artículo 6: Tras el artículo 5 modificado se inserta el artículo siguiente: «Artículo 6 Contenedores con techo entoldado corredizo 1. Las disposiciones de los artículos 1, 2, 3 y 5 del presente Reglamento se aplicarán, cuando proceda, a los contenedores con techo entoldado corredizo. Además, dichos contenedores deberán ajustarse a las disposiciones del presente artículo. 2. El techo entoldado corredizo deberá cumplir los requisitos establecidos en los incisos i) a iii) que se exponen a continuación.
En el croquis n.o 10, anexo al presente Reglamento, se aporta un ejemplo de posible sistema de construcción.». |
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Anexo 7, parte I, croquis n.o 9: El actual croquis n.o 9 se sustituye por el siguiente «Croquis n.o 9 EJEMPLO DE CONSTRUCCIÓN DE UN CONTENEDOR CON TOLDOS CORREDIZOS Croquis n.o 9 — continuación Croquis n.o 9 — continuación » |
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Anexo 7, parte I, nuevo croquis n.o 10: Tras el nuevo croquis n.o 9, se insertará el siguiente: «Croquis n.o 10 EJEMPLO DE CONSTRUCCIÓN DE UN CONTENEDOR CON TECHO ENTOLDADO CORREDIZO Croquis n.o 10 — continuación Croquis n.o 10 — continuación » |