2001/268/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de abril de 2001, que modifica por cuarta vez la Decisión 2001/172/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 1039]
Diario Oficial n° L 094 de 04/04/2001 p. 0027 - 0027
Decisión de la Comisión de 3 de abril de 2001 que modifica por cuarta vez la Decisión 2001/172/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido [notificada con el número C(2001) 1039] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2001/268/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE(2), y, en particular, su artículo 10, Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior(3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, su artículo 9, Considerando lo siguiente: (1) A raíz de los informes sobre brotes de fiebre aftosa en el Reino Unido, la Comisión adoptó la Decisión 2001/172/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido(4), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/239/CE(5). (2) La situación de la enfermedad en el Reino Unido puede poner en peligro las cabañas de otras partes del territorio de la Comunidad, debido a la comercialización y los intercambios de que son objeto los animales biungulados vivos y algunos de sus productos. (3) A la luz de la evolución de la enfermedad, parece apropiado prolongar las medidas establecidas en la Decisión 2001/172/CE y al mismo tiempo adaptar la regionalización. (4) La situación volverá a examinarse en la reunión del Comité veterinario permanente fijada para el día 4 de abril de 2001 y, en caso necesario, se llevará a cabo la adaptación de las medidas. (5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La Decisión 2001/172/CE de la Comisión quedará modificada como sigue: 1) La fecha que figura en el artículo 14 se sustituirá por la de "19 de abril de 2001". 2) En el anexo I, el término "Reino Unido" se sustituirá por "Gran Bretaña y el distrito de Newry and Mourne del Condado de Armagh en Irlanda del Norte". 3) En el anexo II, el término "Reino Unido" se sustituirá por "Gran Bretaña, Irlanda del Norte". Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 2001. Por la Comisión David Byrne Miembro de la Comisión (1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. (2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49. (3) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13. (4) DO L 62 de 2.3.2001, p. 22. (5) DO L 86 de 27.3.2001, p. 33.