29.3.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 88/43


REGLAMENTO (CE) N o 336/2007 DE LA COMISIÓN

de 28 de marzo de 2007

que modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003 del Consejo por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos, en relación con el contenido de materia grasa de referencia correspondiente a Rumanía

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1788/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 5, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1)

A los efectos de la revisión del contenido de materia grasa de referencia fijado en el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003, prescrita en el artículo 9, apartado 5, de dicho Reglamento, Rumanía presentó a la Comisión un informe en el que se detallan los resultados y tendencias del contenido de materia grasa de la producción real de leche según los datos de las inspecciones oficiales.

(2)

De acuerdo con ese informe, y tras el examen realizado por los servicios de la Comisión, procede ajustar el contenido de materia grasa de referencia fijado en el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003 en el caso de Rumanía.

(3)

La medida prevista en el presente Reglamento se ajusta al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003, la referencia «35,93» correspondiente a Rumanía se sustituye por la referencia «38,5».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de abril de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de marzo de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 270 de 21.10.2003, p. 123. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1406/2006 (DO L 265 de 26.9.2006, p. 8).


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