19.3.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 80/32


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 18 de febrero de 2008

sobre los principios, las prioridades y las condiciones que figuran en la Asociación para la adhesión con la Antigua República Yugoslava de Macedonia y por la que se deroga la Decisión 2006/57/CE

(2008/212/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 533/2004 del Consejo, de 22 de marzo de 2004, sobre el establecimiento de asociaciones europeas en el marco del modificado proceso de estabilización y asociación (1), tal como ha sido modificado, y, en particular, su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Consejo Europeo de Salónica de 19 y 20 de junio de 2003 aprobó la introducción de las Asociaciones Europeas como instrumento para ir materializando la perspectiva europea en relación con los países de los Balcanes Occidentales.

(2)

El Reglamento (CE) no 533/2004 establece que el Consejo decidirá los principios, las prioridades y las condiciones de las asociaciones europeas, así como cualquier ajuste posterior. Estipula también que el seguimiento adecuado de las asociaciones europeas se llevará a cabo en el marco de los mecanismos establecidos en el Proceso de Estabilización y Asociación, en particular mediante informes anuales.

(3)

El Consejo Europeo de 17 de diciembre de 2005 concedió el estatuto de país candidato a la Antigua República Yugoslava de Macedonia. Por lo tanto, se ha hecho una propuesta para modificar el Reglamento (CE) no 533/2004 y sustituir para este país la denominación «Asociación Europea» por «Asociación para la adhesión».

(4)

El 30 de enero de 2006, el Consejo adoptó una segunda Asociación para la adhesión para la Antigua República Yugoslava de Macedonia (2), a propuesta de la Comisión de noviembre de 2005.

(5)

El documento de la Comisión sobre la estrategia y principales retos 2006-2007 de la ampliación estableció que las asociaciones se actualizarían a finales de 2007.

(6)

El 17 de julio de 2006 el Consejo adoptó el Reglamento (CE) no 1085/2006 (3) por el que se establece un Instrumento de Ayuda Preadhesión (IPA), que renueva el marco de la ayuda financiera a los países en fase de preadhesión.

(7)

Es por lo tanto preciso adoptar una Asociación para la adhesión actualizada que ponga al día la asociación actual para incluir las prioridades que hayan aparecido para proseguir los trabajos, sobre la base del contenido del Informe de 2007 sobre el avance de los preparativos de la Antigua República Yugoslava de Macedonia para una mayor integración en la Unión Europea.

(8)

A fin de preparar su integración en la Unión Europea, las autoridades competentes de la Antigua República Yugoslava de Macedonia deben elaborar un plan que incluya un calendario y las medidas específicas de cómo se abordarán las prioridades de la Asociación para la adhesión.

(9)

La Decisión 2006/57/CE debe por lo tanto derogarse.

DECIDE:

Artículo 1

Los principios, las prioridades y condiciones de la Asociación para la adhesión con la Antigua República Yugoslava de Macedonia se establecen en el anexo.

Artículo 2

La implementación de la Asociación para la adhesión será estudiada mediante los mecanismos establecidos en el Proceso de Estabilización y Asociación, en particular los Informes anuales sobre el grado de avance presentados por la Comisión.

Artículo 3

Queda derogada la Decisión 2006/57/CE.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2008.

Por el Consejo

El Presidente

D. RUPEL


(1)  DO L 86 de 24.3.2004, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 269/2006 (DO L 47 de 17.2.2006, p. 7).

(2)  Decisión 2006/57/CE del Consejo, de 30 de enero de 2006, sobre los principios, las prioridades y las condiciones de la Asociación Europea con la Antigua República Yugoslava de Macedonia y por la que se deroga la Decisión 2004/518/CE (DO L 35 de 7.2.2006, p. 57).

(3)  DO L 210 de 31.7.2006, p. 82.


ANEXO

ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA — ASOCIACIÓN PARA LA ADHESIÓN 2007

1.   INTRODUCCIÓN

El Consejo Europeo aprobó la introducción de las Asociaciones Europeas como instrumento para ir materializando la perspectiva europea en relación con los países de los Balcanes Occidentales. La propuesta de Asociación para la adhesión actualiza la Asociación Europea de enero de 2006, sobre la base de los resultados del informe provisional de 2007 sobre la Antigua República Yugoslava de Macedonia, elaborado por la Comisión. En ella se identifican nuevas áreas de acción prioritarias y actuaciones pendientes. Las nuevas prioridades están adaptadas a las necesidades específicas y a la fase actual de preparación del país y se irán actualizando cuando sea necesario. Se espera que la Antigua República Yugoslava de Macedonia elabore un plan que incluya un calendario y medidas específicas para abordar las prioridades de la Asociación para la adhesión. La asociación proporciona asimismo orientaciones para la asistencia financiera al país.

2.   PRINCIPIOS

El Proceso de Estabilización y Asociación sigue siendo el marco de la trayectoria europea de los países de los Balcanes Occidentales, hasta su futura adhesión. Las principales prioridades definidas para la Antigua República Yugoslava de Macedonia están relacionadas con su capacidad para cumplir los criterios establecidos en el Consejo Europeo de Copenhague en 1993 y las condiciones fijadas en relación con el Proceso de Estabilización y Asociación, en particular, las definidas por el Consejo en sus conclusiones de 29 de abril de 1997 y de 21 y 22 de junio de 1999, el contenido de la Declaración final de la Cumbre de Zagreb de 24 de noviembre de 2000 y el Programa de Salónica.

3.   PRIORIDADES

Las prioridades de esta Asociación para la adhesión se han seleccionado con arreglo a sus posibilidades reales de realización, o progreso sustancial, por parte de la Antigua República Yugoslava de Macedonia en el transcurso de los próximos años. Se distingue entre prioridades a corto plazo, realizables en el plazo de uno o dos años, y a medio plazo, realizables en un plazo de tres o cuatro años. Las prioridades se refieren tanto a la legislación como a su cumplimiento.

Dada la necesidad de establecer prioridades, es obvio que la Antigua República Yugoslava de Macedonia debe realizar otras tareas que pueden llegar a ser prioritarias en cualquier asociación futura, teniendo también en cuenta los avances que vaya haciendo el país.

Entre las prioridades a corto plazo, las esenciales se han recogido y agrupado al comienzo de la enumeración. El orden de esas prioridades no presupone su importancia.

3.1.   PRIORIDADES A CORTO PLAZO

Prioridades esenciales

Velar por el correcto cumplimiento de todos los compromisos asumidos en el Acuerdo de Estabilización y Asociación.

Promover un diálogo constructivo y abierto, en especial, en aquellos ámbitos que requieran el consenso de todos los partidos políticos, en el marco de las instituciones democráticas.

Garantizar la plena aplicación de la legislación en materia de policía.

Demostrar resultados duraderos en la ejecución de las reformas judiciales y consolidar la independencia y la capacidad global del sistema judicial. Poner en práctica la reforma del ministerio fiscal y concluir el nombramiento de los miembros del Consejo del Poder Judicial.

Demostrar resultados duraderos en la aplicación de la legislación contra la corrupción.

Asegurarse de que no haya ingerencias políticas en la contratación de funcionarios ni en la evolución de su carrera, seguir desarrollando un sistema de ascensos basado en los méritos y aplicar en su totalidad la legislación relativa a la función pública.

Reducir los obstáculos a la creación de empleo y abordar el problema del desempleo, en particular, el de los jóvenes y el de larga duración.

Mejorar el entorno empresarial general, reforzando el Estado de Derecho y la independencia de los organismos con potestad normativa y de control, acelerando los procedimientos judiciales y continuando el registro de derechos de propiedad.

Criterios políticos

Democracia y Estado de Derecho

Respaldar la aplicación del Acuerdo Marco de Ohrid, con el fin, entre otros, de favorecer el establecimiento de un clima de confianza interétnica.

Parlamento/elecciones

Asegurarse de que en el futuro todas las elecciones se lleven a cabo de conformidad con la Ley electoral.

Adoptar decisiones rápidas sobre cualquier irregularidad electoral e imponer penas disuasorias.

Aumentar la capacidad del Parlamento, en particular, incrementando sus recursos.

Gobierno

Aumentar la transparencia y responsabilidad de las administraciones locales. En especial, intensificar las auditorías y el control internos.

Lograr un nivel de recaudación de impuestos municipales satisfactorio en todo el país.

Desarrollar la capacidad de los municipios para gestionar las tierras de propiedad estatal.

Asegurarse de que el personal municipal sea suficientemente competente y numeroso.

Administración pública

Establecer un sistema de ascensos basado en los méritos, al objeto de crear una administración pública —a nivel central y local— responsable, eficaz y profesional.

Velar por la puesta en práctica efectiva del código deontológico de los funcionarios.

Aumentar la capacidad administrativa, en especial, desarrollando la capacidad de planificación estratégica y elaboración de políticas, y mejorando la formación; concebir una estrategia general para la formación de los funcionarios.

Aplicar de forma efectiva las medidas adoptadas para garantizar la transparencia en la administración, en particular en el proceso de toma de decisiones, y seguir fomentando la participación activa de la sociedad civil.

Seguir llevando a cabo las reformas de los servicios de seguridad.

Asegurarse de contar con la capacidad administrativa adecuada para programar y gestionar eficazmente los fondos del IPA.

Sistema judicial

Desarrollar más la formación inicial y continua que se imparte en la Academia de la Magistratura.

Terminar la creación de las nuevas estructuras judiciales y asignarles los recursos necesarios para asegurarse de que sean plenamente operativas y mejorar su eficacia.

Velar por la ejecución correcta y completa de las resoluciones judiciales.

Política de lucha contra la corrupción

Asegurar un seguimiento adecuado de las recomendaciones de la Comisión nacional para la prevención de la corrupción y de la Oficina Nacional de Auditoría.

Poner plenamente en práctica las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO).

Reforzar la capacidad administrativa necesaria para aplicar las normas adoptadas en materia de financiación de partidos políticos y campañas electorales. Imponer sanciones efectivas en caso de infracción.

Continuar los estudios realizados sobre los poderes discrecionales de ciertos funcionarios públicos.

Garantizar la plena aplicación de la legislación en materia de acceso público a la información.

Seguir reforzando la cooperación entre instituciones.

Derechos humanos y protección de las minorías

Cumplir en su totalidad el Convenio Europeo de Derechos Humanos, las recomendaciones del Comité para la Prevención de la Tortura y el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales.

Aplicar plenamente las normas relativas a la deontología, al control interno y a los derechos humanos en todos los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, así como en las administraciones judicial y penitenciaria, incluyendo acciones periódicas de formación.

Proporcionar suficientes recursos para que mejoren las condiciones carcelarias.

Establecer mecanismos eficaces para identificar, perseguir y penalizar todo tipo de discriminación por parte de organismos públicos y privados contra particulares o grupos.

Reforzar aún más la protección de los derechos de mujeres y niños.

Perfeccionar y aplicar la estrategia sobre representación equitativa de las comunidades no mayoritarias, especialmente, mediante la asignación de recursos adecuados y la imposición de sanciones efectivas en el caso de incumplimiento de los objetivos.

Promover el acceso de los miembros de grupos minoritarios a la educación, la justicia y la asistencia social.

Asuntos regionales y obligaciones internacionales

Continuar cooperando al máximo con el TPIY y, ante el posible reenvío de expedientes por parte de dicho Tribunal, cumplir todas las condiciones previas necesarias para garantizar la regularidad del proceso.

Seguir apoyando el proceso de transición entre el Pacto de Estabilidad y un marco de cooperación más específicamente regional y la aplicación efectiva del Acuerdo Centroeuropeo de Libre Comercio (ACELC).

Mantener buenas relaciones de vecindad, en especial, redoblando esfuerzos, con ánimo constructivo, por encontrar con Grecia una solución negociada y mutuamente aceptable para el problema de la designación del país, en el marco de las Resoluciones 817/93 y 845/93 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y evitar acciones que puedan repercutir negativamente sobre dichas relaciones.

Estimular la cooperación con los países vecinos y velar por que esta se lleve realmente a cabo, especialmente en materia de cooperación transfronteriza, lucha contra la delincuencia organizada, tráficos ilícitos y contrabando, cooperación judicial, gestión aduanera, readmisión y medio ambiente.

Criterios económicos

Seguir adelante con el registro de la propiedad (inmuebles y fincas rústicas y urbanas) y consolidar el catastro, con el fin de aumentar la seguridad jurídica de los operadores económicos y mejorar el funcionamiento de los mecanismos de la economía de mercado.

Mejorar la eficiencia de los servicios públicos, en especial destinando fondos adicionales para la formación y la modernización de la infraestructura actual.

Capacidad para asumir las obligaciones de la adhesión

Capítulo 1: Libre circulación de mercancías

Adoptar y aplicar la legislación marco horizontal para completar la infraestructura necesaria, y garantizar una división de tareas entre las diferentes funciones (regulación, normalización, acreditación, metrología, evaluación de la conformidad y vigilancia del mercado) con respecto a los procedimientos de evaluación de la conformidad.

Elaborar una estrategia global que fije etapas para la aplicación del acervo a las organizaciones horizontales pertinentes (normalización, acreditación, metrología y vigilancia del mercado) y defina claramente fechas y responsabilidades para la adopción y aplicación efectiva de medidas legislativas y la mejora de las capacidades administrativas en los diversos sectores.

Elaborar un plan de acción para el cumplimiento de los artículos 28 a 30 del Tratado CE, con un calendario para el examen analítico interno de la legislación nacional y de las prácticas administrativas, para la introducción de cláusulas de reconocimiento mutuo y para las enmiendas ulteriores que sean necesarias.

Acelerar el ritmo de adopción de normas europeas y redoblar esfuerzos para convertirse en miembro de pleno derecho de las organizaciones europeas de normalización.

Capítulo 3: Derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios

Suprimir los obstáculos al establecimiento y a la prestación de servicios transfronterizos a los que se enfrentan las personas físicas y jurídicas de la UE.

Introducir en la legislación la diferencia entre la prestación de servicios a través de un establecimiento permanente y la prestación con carácter temporal.

Capítulo 4: Libre circulación de capitales

Seguir mejorando el marco para combatir el blanqueo de dinero, en particular, sensibilizando a los organismos de notificación, elaborando un balance que refleje fehacientemente el cumplimiento de las disposiciones en la materia por parte de dichos organismos. Fortalecer la capacidad y el intercambio de información entre instituciones.

Progresar en la supresión de las restricciones que aún pesan sobre a la circulación de capitales.

Capítulo 5: Contratación pública

Reforzar el Comité de Reclamaciones al objeto de proporcionar un sistema de recursos eficaz.

Capítulo 6: Derecho de sociedades

Establecer sistemas de garantía de la calidad y de supervisión pública eficaces e independientes y sistemas para los censores jurados de cuentas y las empresas de auditoría. Reforzar las capacidades administrativas pertinentes.

Capítulo 7: Legislación en materia de propiedad intelectual

Elaborar una estrategia nacional y un plan de acción destinados a adquirir la capacidad necesaria para aplicar y hacer cumplir el acervo en cada uno de los sectores cubiertos por este capítulo, prestando una atención particular a la necesidad de proporcionar formación especializada a las fuerzas de orden público, los magistrados, los fiscales y los funcionarios de aduanas.

Realizar campañas de sensibilización pública y mejorar la cooperación entre las autoridades policiales y judiciales y entre todas las partes interesadas.

Capítulo 8: Política de competencia

Demostrar fehacientemente el cumplimiento de la legislación en el ámbito de las prácticas restrictivas de la competencia y hacer hincapié en las infracciones más graves de la legislación en materia de competencia.

Establecer un régimen efectivo de control previo de la ayuda estatal.

Reforzar la capacidad administrativa de la Comisión para la protección de la competencia, proporcionando el presupuesto y el personal adecuados.

Garantizar plenamente la aplicación transparente y no discriminatoria de la legislación en materia de competencia.

Capítulo 9: Servicios financieros

Reforzar la legislación y las estructuras de supervisión, incluidas las sanciones, en el sector financiero, en particular, en el sector de seguros y en los mercados de valores.

Velar por que la autoridad de supervisión independiente del sector de los seguros sea operativa y esté dotada del personal adecuado.

Capítulo 10: Sociedad de la información y medios de comunicación

Poner fin al incumplimiento del Acuerdo de Estabilización y Asociación adoptando todas las medidas que sean necesarias para cumplir la obligación de liberalizar el sector de las comunicaciones electrónicas, en particular, mediante la adopción de todo el derecho derivado pertinente y el refuerzo de los órganos reguladores.

Hacer cumplir las salvaguardias en materia de competencia con relación a los operadores con un poder de mercado significativo.

Reforzar la independencia y la capacidad administrativa de los órganos reguladores de los medios y comunicaciones electrónicas.

Garantizar una fuente de financiación estable y sostenible para el servicio público de radioteledifusión y el Consejo de Radioteledifusión.

Capítulo 11: Agricultura y desarrollo rural

Acelerar el proceso de registro de las fincas rústicas en el catastro.

Garantizar la recogida y el tratamiento de datos seguros y fiables en materia de agricultura.

Continuar trabajando para establecer organismos pagadores eficaces y financieramente sólidos para la gestión y el control de los fondos agrícolas, de conformidad con los requisitos de la UE y las normas de auditoría internacionales.

Capítulo 12: Seguridad alimentaria, políticas veterinaria y fitosanitaria

Proseguir la adaptación de la legislación nacional al acervo comunitario en los ámbitos veterinario y fitosanitario, centrándose en una legislación marco compatible con el acervo.

Continuar reforzando la capacidad del servicio veterinario tanto a nivel central como local para crear un sistema de control compatible con la UE, particularmente, en lo que respecta a los controles de las importaciones.

Garantizar la creación de un sistema de identificación de bovinos y de registro de sus movimientos e iniciar el sistema de identificación de porcinos, ovinos y caprinos.

Adaptar en mayor medida los sistemas de control sanitario de los animales a los requisitos institucionales y a la legislación de la UE y los planes de intervención para las enfermedades de declaración obligatoria.

Comprobar que las instalaciones agroalimentarias cumplan los requisitos de la UE, los cuales servirán de base para el futuro plan de optimización de las mismas.

Capítulo 14: Política de transportes

Continuar aplicando el Memorándum de Acuerdo sobre el Desarrollo de la Red Principal de Transporte Regional de la Europa Sudoriental y reforzar la cooperación con el Observatorio del Transporte de la Europa Sudoriental.

Continuar la adaptación al acervo en materia de transporte por carretera, especialmente, el transporte de mercancías peligrosas, el acceso al mercado, las condiciones sociales, la introducción del tacógrafo digital y la mejora de la seguridad vial.

En el sector ferroviario, crear un organismo regulador que sea independiente del gestor de infraestructuras y empresas ferroviarias, establecer una autoridad de seguridad encargada de expedir los certificados de seguridad y adaptar la legislación a las normas comunitarias sobre transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril. Garantizar la estabilidad financiera abonando una compensación por las obligaciones de servicio público del transporte de pasajeros y reduciendo la deuda.

Cumplir los compromisos contraídos en el marco de la primera fase transitoria del Acuerdo sobre el Espacio Aéreo Común Europeo, incluida la aplicación de la legislación pertinente.

Reforzar la capacidad administrativa de la autoridad de la aviación civil.

Capítulo 15: Energía

Continuar la adaptación al acervo comunitario de la legislación sobre los mercados interiores del gas y la electricidad, la eficiencia energética y las fuentes de energía renovable, a fin de ir abriendo el mercado de la energía a la competencia.

Seguir reforzando la independencia de la Comisión Reguladora de la Energía.

Cumplir las obligaciones derivadas del Tratado de la Comunidad de la Energía en lo que se refiere a la plena aplicación del acervo sobre el mercado interior del gas y de la electricidad y los intercambios transfronterizos de electricidad.

Aumentar la capacidad administrativa de todos los sectores energéticos, en particular, la Agencia de Energía en el ámbito de eficiencia energética y los recursos energéticos renovables.

Construir una instalación de almacenamiento apropiada para materiales radiactivos.

Garantizar el funcionamiento correcto e independiente de la Dirección de seguridad radiológica.

Capítulo 16: Fiscalidad

Aumentar la capacidad administrativa para aplicar la legislación fiscal y combatir la evasión fiscal.

Adoptar medidas estructurales a fin de proceder a una reforma urgente de los mecanismos de control y mejorar las capacidades de las instancias encargadas de efectuar dichos controles.

Elaborar una estrategia de auditoría y sistemas informáticos adecuados.

Observar los principios del Código de Conducta sobre la Fiscalidad de las Empresas y garantizar que las nuevas medidas fiscales se ajusten a ellos.

Capítulo 18: Estadísticas

Reforzar la capacidad del Instituto Nacional de Estadística para garantizar la oportuna realización del próximo censo de la población y permitir un desarrollo constante de la contabilidad nacional y de las estadísticas en las que esta se basa; en particular, subsanar las deficiencias aún existentes en la recogida y el tratamiento de las estadísticas agrícolas y empresariales con arreglo a las normas y la metodología de la UE y aumentar la transmisión a Eurostat de los datos estadísticos.

Concluir la creación del registro estadístico de empresas y de explotaciones agrícolas, introduciendo además mecanismos para la actualización sistemática del mismo.

Capítulo 19: Empleo y políticas sociales

Continuar la incorporación del acervo al derecho nacional y consolidar las estructuras administrativas y de ejecución correspondientes, incluida la Inspección de Trabajo.

Asegurar la capacidad administrativa para aplicar las políticas en materia de integración y protección social.

Garantizar el correcto funcionamiento y la representatividad del diálogo social.

Seguir esforzándose para mejorar la situación de los discapacitados.

Capítulo 20: Política empresarial e industrial

Definir y aplicar una estrategia industrial conducente al crecimiento y a la innovación.

Establecer una evaluación sistemática del impacto de las nuevas reglamentaciones sobre las empresas.

Aumentar los recursos del Servicio y la Agencia de las PYME y asegurar la ejecución de la estrategia y del Plan de Acción para las PYME y la Carta Europea de la Pequeña Empresa.

Continuar la labor relativa a la simplificación de las normativas, a la «guillotina normativa» y a la reducción de las barreras burocráticas a la actividad empresarial; introducir evaluaciones del impacto de las normativas.

Capítulo 22: Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales

Reforzar el establecimiento de estructuras institucionales y desarrollar la capacidad administrativa en los ámbitos de la programación, la preparación de proyectos, la supervisión, la evaluación y la gestión y el control financieros, en particular en el seno de los ministerios competentes, con el fin de aplicar los programas de preadhesión de la UE como preparación a la ejecución de la política de cohesión de la Comunidad.

Ultimar la estrategia nacional de desarrollo regional.

Capítulo 23: Poder judicial y derechos fundamentales

Aplicar la legislación nacional sobre protección de datos personales. Firmar y ratificar el Protocolo adicional del Convenio del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, relativo a las autoridades de control y las transferencias transfronterizas de datos.

Para otras prioridades véase la sección sobre criterios políticos.

Capítulo 24: Justicia, libertad y seguridad

Continuar aplicando el plan de acción para la gestión integrada de las fronteras, desarrollar las principales bases de datos y asegurarse de su interconexión, actualizar el equipo utilizado para el control de los documentos y la vigilancia de las fronteras, velar por el correcto cumplimiento de los requisitos para la expedición de documentos de identidad y de viaje de calidad e impartir más formación al personal.

Proporcionar financiación y formación adecuadas para llevar a cabo la reforma de la policía, aumentar la coordinación y la cooperación entre los servicios de policía y entre la policía y otros cuerpos de seguridad del Estado y reforzar la cooperación entre la policía criminal y el ministerio fiscal.

Desarrollar y aplicar una estrategia global de recursos humanos y de formación destinada a la policía y mejorar su equipo.

Seguir intensificando la lucha contra la delincuencia organizada, especialmente haciendo un mejor uso de las técnicas de investigación especiales, emitiendo y ejecutando rápidamente las órdenes de detención internacionales (en particular, los delitos informáticos, con especial hincapié en la pornografía infantil); crear un sistema integrado de información que pueda ser utilizado por los diversos cuerpos en la lucha contra la delincuencia organizada, en particular, la trata de seres humanos y el tráfico de armas y de estupefacientes.

Redoblar los esfuerzos destinados a la aplicación del plan de acción nacional para combatir la trata de seres humanos y a reforzar las capacidades de investigación en el campo de la delincuencia informática.

Aplicar el Acuerdo de readmisión entre la CE y la Antigua República Yugoslava de Macedonia y negociar acuerdos de readmisión con los países de origen de los migrantes en tránsito.

Intensificar el proceso de introducción de instrumentos jurídicos que garanticen los derechos de las personas necesitadas de protección (internacional).

Asegurar la adaptación de la normativa en materia de asilo y extranjería al acervo correspondiente.

Capítulo 25: Ciencia e investigación

Reforzar las capacidades de investigación y desarrollo tecnológico para garantizar el éxito de la participación en los programas marco de la Comunidad.

Comenzar a elaborar una política de investigación integrada y dar los pasos necesarios para integrar el país en el Espacio Europeo de Investigación.

Capítulo 26: Educación y cultura

Completar el marco legislativo y administrativo para la gestión de los programas «Aprendizaje permanente» y «Juventud en acción» y reforzar los órganos responsables de su ejecución.

Capítulo 27: Medio ambiente

Continuar la adaptación legislativa al acervo, en especial, en los ámbitos de la calidad del aire, la gestión de residuos y la calidad del agua, y mejorar sustancialmente la aplicación de la legislación y el control del medio ambiente.

Consolidar la Inspección del medio ambiente y otros órganos sancionadores, aportar pruebas fehacientes del cumplimiento de la legislación en materia ambiental y asegurarse de que se ejecuten efectivamente las multas y otras sanciones y tengan un efecto disuasorio.

Reforzar la capacidad administrativa a nivel nacional y local y mejorar la coordinación entre los organismos administrativos responsables del medioambiente.

Elaborar planes estratégicos, en particular estrategias financieras, y preparar una estrategia y un plan nacionales de gestión de residuos.

Elaborar una estrategia de inversión en materia de medioambiente basada en la estimación de los costes aparejados a la adaptación.

Integrar los requisitos de protección del medio ambiente en otras políticas sectoriales, en especial, mediante la introducción de evaluaciones del impacto ambiental.

Aumentar la inversión en infraestructuras de medio ambiente, haciendo especial hincapié en la recogida y el tratamiento de las aguas residuales, el suministro de agua potable, la contaminación atmosférica y la gestión de residuos.

Capítulo 29: Unión aduanera

Aumentar la capacidad administrativa para aplicar la legislación aduanera y luchar contra la delincuencia transfronteriza.

Aproximar en mayor medida la legislación y los procedimientos al acervo, en particular, en el ámbito del tránsito y la asignación de contingentes arancelarios.

Adaptar al acervo la legislación sobre zonas de desarrollo tecnológico/industrial.

Capítulo 31: Política exterior, de seguridad y de defensa

Poner en práctica la legislación destinada a la aplicación de la posición común en materia de medidas restrictivas internacionales.

Capítulo 32: Control financiero

Revisar el documento relativo al control financiero interno público (CFIP) y presentar leyes sobre el CFIP y la auditoría interna, para que las políticas CFIP y la legislación actual sean completas y coherentes, y actualizar el plan de acción para la realización de las prioridades a medio plazo relacionadas con el CFIP.

Completar la creación de unidades de auditoría interna en las instituciones públicas centrales, crear unidades similares a nivel municipal si fuera conveniente y asegurar el personal, la formación y el equipo adecuados.

Desarrollar sistemas eficaces de auditoría, control, seguimiento y gestión para la ejecución descentralizada de los programas adoptados en virtud de los instrumentos de preadhesión.

3.2.   PRIORIDADES A MEDIO PLAZO

Criterios políticos

Democracia y Estado de Derecho

Gobierno

Completar el proceso de descentralización.

Administración pública

Reforzar aún más la capacidad de la administración para aplicar el Acuerdo de Estabilización y Asociación.

Política de lucha contra la corrupción

Completar la aplicación de la estrategia de lucha contra la corrupción.

Hacer cumplir la normativa relativa a la prevención de conflictos de intereses, en sintonía con las normas internacionales.

Derechos humanos y protección de las minorías

Seguir promoviendo el respeto de los derechos humanos por las fuerzas de orden público y en centros de detención y prisiones.

Seguir aplicando la estrategia sobre la representación equitativa de las comunidades no mayoritarias.

Asuntos regionales y obligaciones internacionales

Promover el diálogo regional, la estabilidad, la buena vecindad y la cooperación.

Criterios económicos

Intensificar los esfuerzos para preservar la sostenibilidad del mercado de la electricidad, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el país en materia de liberalización, eliminando las distorsiones existentes debidas a precios que no cubren los costes de producción y reforzando las instituciones reguladoras y la infraestructuras material.

Aumentar la calidad del gasto público, fortaleciendo la capacidad del sector público para planificar a medio plazo y mejorando la ejecución presupuestaria. Seguir mejorando la calidad de la educación, proporcionando la financiación complementaria para infraestructuras y el personal necesarios para poner rigurosamente en práctica las recientes reformas del sector educativo.

Seguir mejorando el comportamiento del mercado laboral y reduciendo el desempleo, en particular, mediante la adopción de medidas adicionales para abordar el paro de los jóvenes y el de larga duración y la modernización de la seguridad social y el sistema de enseñanza.

Continuar los esfuerzos por integrar la economía sumergida en la economía formal.

Modernizar la infraestructura del país, en especial la de la energía y el transporte, para aumentar la competitividad de la economía en general.

Capacidad para asumir las obligaciones de la adhesión

Capítulo 1: Libre circulación de mercancías

Establecer una estructura de vigilancia de mercado conforme al acervo.

Capítulo 3: Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios

Adaptar al acervo de la UE el reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales, incluidas las disposiciones sobre formación, y desarrollar las estructuras administrativas necesarias.

Adaptar los servicios postales al acervo, incluida la creación de una autoridad nacional reguladora independiente.

Capítulo 5: Contratación pública

Lograr unas estructuras de contratación pública plenamente operativas cuyos procedimientos se ajusten estrictamente a las normas de la CE. Desarrollar la contratación pública por medios electrónicos.

Capítulo 7: Legislación en materia de propiedad intelectual

Aumentar la capacidad necesaria para aplicar y hacer cumplir el acervo en cada uno de los sectores cubiertos por este capítulo y demostrar resultados satisfactorios en materia de investigación, procesamiento y régimen judicial de la piratería y la falsificación.

Capítulo 8: Política de competencia

Seguir adaptando la legislación al acervo de la UE en materia de prevención de prácticas restrictivas de la competencia y ayudas estatales.

Continuar las mejoras en los ámbitos de la prevención de prácticas restrictivas de la competencia y de control de las ayudas estatales.

Aumentar la concienciación de las instituciones de la administración pública, el mundo empresarial y el público en general.

Capítulo 9: Servicios financieros

Demostrar fehacientemente resultados satisfactorios en la lucha contra la conducción de vehículos sin seguro.

Proseguir la adaptación de los servicios financieros a la legislación UE.

Capítulo 11: Agricultura y desarrollo rural

Modernizar las capacidades de la administración agrícola y ultimar los preparativos para la aplicación práctica y el cumplimiento efectivo de los mecanismos de gestión de la política agrícola común, especialmente los del sistema integrado de administración y control (SIAC), y asegurar un sistema operativo de identificación de fincas (SIP).

Capítulo 12: Seguridad alimentaria, políticas veterinaria y fitosanitaria

Adecuar en mayor medida la legislación al acervo por lo que respecta a las encefalopatías espongiformes transmisibles (TSE) y a los subproductos animales, aplicarla y controlar su cumplimiento, y establecer los sistemas de recogida y tratamiento necesarios.

Crear un organismo fitosanitario dotado del personal adecuado. Seguir con la adaptación de la legislación fitosanitaria al acervo.

Adoptar un plan para mejorar los establecimientos agroalimentarios y comenzar su aplicación.

Aumentar la capacidad de los laboratorios en materia de seguridad alimentaria, veterinaria y fitosanitaria.

Capítulo 14: Política de transportes

Seguir trabajando para concluir la adaptación al acervo en el ámbito del transporte por carretera (incluida la introducción del tacógrafo digital), continuar asimismo la adecuación con el acervo en el ámbito del transporte por ferrocarril (primer y segundo paquete ferroviario e interoperabilidad), lograr la plena adecuación con la legislación sobre transporte aéreo y garantizar el firme cumplimiento de la legislación correspondiente.

Cumplir los compromisos asumidos en el marco de la segunda fase de transición del Acuerdo sobre el Espacio Aéreo Común Europeo.

Capítulo 15: Energía

Seguir trabajando para asegurar un suministro de energía adecuado y para desarrollar y aplicar una política energética acorde con las obligaciones de Tratado de la Comunidad de la Energía.

Capítulo 17: Política económica y monetaria

Armonizar el marco jurídico para asegurar la completa independencia del banco central.

Capítulo 18: Estadísticas

Seguir desarrollando todos los ámbitos estadísticos y lograr la plena armonización en aspectos clave en términos de periodicidad, alcance, clasificaciones, oportunidad y calidad y establecer un sistema uniforme de gestión y producción.

Establecer un sistema estadístico nacional bien coordinado.

Capítulo 19: Empleo y políticas sociales

Establecer un mecanismo permanente de diálogo social.

Desarrollar políticas de integración a largo plazo y mejorar el acceso al mercado laboral de los grupos vulnerables.

Seguir mejorando la política de protección social.

Establecer mecanismos para observar la situación de las personas con discapacidades.

Capítulo 20: Política empresarial e industrial

Seguir creando mecanismos de apoyo a las PYME y mejorar su acceso a los servicios financieros. Determinar y aplicar una estrategia industrial conducente al crecimiento y la innovación.

Ultimar y aplicar la estrategia relativa a la integración del espíritu empresarial sobre la base de proyectos piloto que hayan tenido éxito financiados por donantes.

Capítulo 22: Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales

Mejorar la capacidad administrativa a nivel central y desarrollarla a nivel regional y local. Garantizar un reparto claro de responsabilidades y aumentar la capacidad de coordinación entre las autoridades o estructuras de ejecución designadas, incluidas las autoridades locales.

Capítulo 24: Justicia, libertad y seguridad

Adaptación al acervo de la legislación en materia de asilo e inmigración.

Capítulo 25: Ciencia e investigación

Aplicar una política de investigación integrada.

Capítulo 26: Educación y cultura

Continuar los esfuerzos destinados a mejorar la calidad de la enseñanza, incluida la enseñanza primaria, y a crear una enseñanza profesional y un sistema de formación modernos y un sector de enseñanza superior entroncado con el mercado laboral y las necesidades económicas, que promueva la cooperación regional en el ámbito de la enseñanza superior.

Capítulo 27: Medio ambiente

Continuar integrando las exigencias de la protección del medio ambiente en otras políticas sectoriales, en especial a través de la implantación de las evaluaciones de impacto ambiental.

Incrementar las inversiones en infraestructuras medioambientales, haciendo particular hincapié en la recogida y el tratamiento de aguas residuales, el suministro de agua potable, la lucha contra la contaminación atmosférica y la gestión de residuos.

Capítulo 28: Protección de los consumidores y de la salud

Completar la adaptación al acervo de la UE de la legislación en el ámbito de la protección de los consumidores y reforzar la capacidad administrativa necesaria para llevar a cabo una vigilancia del mercado eficaz.

Continuar la adaptación de la legislación nacional al acervo de la UE en el ámbito de la sanidad pública, más concretamente en lo que se refiere a tabaco, sangre, tejidos y células y enfermedades contagiosas. Mejorar la capacidad institucional, administrativa y financiera en el ámbito de la salud pública.

En el ámbito de la salud mental, desarrollar, servicios comunitarios como alternativa a la institucionalización, y garantizar suficientes medios financieros para la asistencia sanitaria mental.

Capítulo 31: Política exterior, de seguridad y de defensa

Adaptar el acuerdo celebrado con los EE.UU. con relación a las condiciones de entrega de personas a la Corte Penal Internacional a los principios rectores de la UE adoptados por el Consejo Europeo en septiembre de 2002.

Capítulo 32: Control financiero

Seguir desarrollando y aplicar el modelo de control financiero público interno (CFPI) de la UE (gestión descentralizada y auditoría interna funcionalmente independiente) mediante una legislación coherente y la capacidad institucional adecuada bajo la orientación del Ministerio de Economía.

Reforzar más la capacidad operativa y la independencia funcional y financiera de la Oficina Nacional de Auditoría.

Aplicar los procedimientos y establecer la capacidad administrativa para asegurar la protección efectiva de los intereses financieros de la CE.

4.   PROGRAMACIÓN

La asistencia comunitaria a los países de los Balcanes Occidentales en el marco del Proceso de Estabilización y Asociación se prestará mediante los instrumentos financieros existentes, en particular, el Reglamento (CE) no 1085/2006 (Reglamento IPA), y para los programas adoptados antes de 2007, el Reglamento (CE) no 2666/2000 del Consejo (Reglamento CARDS) (1). Los acuerdos de financiación constituyen el fundamento jurídico para la aplicación de los programas concretos. En consecuencia, la presente Decisión no tendrá implicaciones financieras. La Antigua República Yugoslava de Macedonia puede tener acceso a la financiación concedida en el marco de los programas plurinacionales y horizontales.

5.   CONDICIONES

La ayuda a los países de los Balcanes Occidentales está supeditada a que se siga progresando en el cumplimiento de los criterios de Copenhague y al cumplimiento de los requisitos del Acuerdo de Estabilidad y Asociación y las prioridades específicas de la Asociación para la adhesión. El incumplimiento de estas condiciones podría llevar al Consejo a adoptar las medidas pertinentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento (CE) no 1085/2006 o, en el caso de los programas anteriores a 2007, con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 2666/2000. La asistencia comunitaria también está sujeta a las condiciones definidas por el Consejo en sus conclusiones de 29 de abril de 1997, en particular, por lo que se refiere al compromiso de los beneficiarios de llevar a cabo reformas democráticas, económicas e institucionales. En cada uno de los programas anuales se incluyen también condiciones específicas. Tras las decisiones de financiación, se firmará con la Antigua República Yugoslava de Macedonia el acuerdo de financiación correspondiente.

6.   SEGUIMIENTO

El seguimiento de la Asociación para la adhesión se llevará a cabo a través de los mecanismos establecidos en virtud del Proceso de Estabilización y Asociación, en particular, los informes anuales presentados por la Comisión.


(1)  DO L 306 de 7.12.2000, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2112/2005 (DO L 344 de 27.12.2005, p. 23).


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