8.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 4/89


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 20 de noviembre de 2009

relativa a la concesión de una ayuda pública por parte de las autoridades de la República de Polonia para la compra de tierras agrícolas entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2013

(2010/10/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo tercero,

Vista la solicitud presentada el 28 de septiembre de 2009 por el Gobierno de la República de Polonia,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 28 de septiembre de 2009 Polonia presentó al Consejo una solicitud de Decisión con arreglo al artículo 88, apartado 2, párrafo tercero del Tratado, por la que se declare compatible con el mercado común el plan de la República de Polonia de conceder una ayuda pública a los agricultores polacos para la compra de tierras agrícolas.

(2)

La estructura de superficies desfavorable que presentan las explotaciones agrarias polacas, el bajo nivel de pagos directos que recibe Polonia, debido al mecanismo de introducción gradual previsto en el Acta de adhesión de 2003, y la magnitud desproporcionadamente elevada de los insumos de mano de obra agraria en comparación con los beneficios, son factores que contribuyen a una renta agraria baja, que en 2008 se redujo aún más debido al descenso de los pagos a los productores tras la caída del 10 % del tipo de cambio del euro.

(3)

En 2009, la intensificación de la recesión en la economía mundial motivada por la crisis económica ha tenido un efecto adverso en las explotaciones agrarias polacas, debido tanto a la ausencia de demanda como a la pronunciada caída de los precios de compra: los precios del trigo han bajado alrededor de un 45 %, y los del centeno alrededor de un 60 %, en relación con los niveles de marzo de 2008, mientras que en julio de este año, el precio de la leche era inferior en un 9,5 % al de julio de 2008.

(4)

Los precios de los insumos agrícolas, como fertilizantes, plaguicidas, piensos y combustible, han seguido aumentando en 2009, lo que ha tenido repercusiones catastróficas en el nivel de vida de los productores agrarios. Es posible que las condiciones sigan empeorando para muchas explotaciones polacas, con el consiguiente aumento del número de familias de agricultores en situación de riesgo de pobreza.

(5)

La situación de la renta de los agricultores en Polonia se ha visto agravada en 2009 por la pérdida —por un valor estimado de 240 millones de zlotys polacos (PLN)— de la producción de 130 000 hectáreas de tierras agrícolas debido a las inundaciones en 11 (de un total de 16) voivodatos.

(6)

Durante el primer trimestre del año 2009, el desempleo rural creció en comparación con el año anterior, y existe el riesgo de que se mantenga esta tendencia. Las ayudas públicas contribuirán a que los parados acometan actividades agrícolas, al permitirles adquirir tierras agrícolas. También brindarán a los productores en régimen de semisubsistencia que ya no trabajan en relación de dependencia en sectores distintos de la agricultura la ocasión de mejorar la estructura de superficie de sus parcelas, a fin de proporcionarles una renta que les garantice un nivel de vida mínimo con su propia producción. Asimismo, facilitarán la venta de tierras agrícolas que actualmente son propiedad de desempleados que necesitan capital para pasar al estatuto de trabajadores autónomos.

(7)

Desde 2007, los precios de las tierras agrícolas en Polonia han venido aumentando de forma continuada y significativa.

(8)

A la vista de la carencia de capital de los agricultores, de los elevados tipos de interés de los préstamos comerciales para la compra de bienes raíces, incluidas las tierras agrícolas y solares para construir, y el endurecimiento de las exigencias de los bancos para conceder préstamos a los agricultores durante la actual crisis financiera, estos últimos, en especial los pequeños productores, tienen escasas perspectivas de obtener préstamos comerciales para inversiones como la compra de tierras agrícolas. En agosto de 2009, los tipos de interés de las líneas de crédito comerciales para la adquisición de bienes raíces oscilaba entre el 6,26 % y el 8,17 % anual.

(9)

Las ayudas públicas que se pretende conceder ascienden a 400 millones PLN, lo que debería permitir la venta de 600 000 hectáreas de tierras agrarias en el período que va de 2010 a 2013, con el fin de crear o de ampliar explotaciones agrarias que cumplan los requisitos para considerarse explotaciones familiares, es decir, de hasta 300 hectáreas. El régimen debería permitir crear aproximadamente 24 000 explotaciones agrarias de una superficie no inferior a la media de los voivodatos pertinentes. El importe medio de la ayuda por explotación debería ser de unos 4 500 EUR. El precio de las tierras que pueden optar a la ayuda no deberá ser superior al precio medio de mercado en los voivodatos correspondientes. Por lo que se refiere a las tierras propiedad de la reserva de tierras agrícolas de la Hacienda Pública, se aplicará un procedimiento de licitación.

(10)

La ayudas se concederán en forma de subvenciones del pago de intereses sobre los créditos, es decir, abonando la diferencia entre el tipo de interés anual que aplique el banco, que es de 1,5 veces el tipo de redescuento para las letras de cambio redescontadas por el Banco nacional de Polonia y el tipo real de interés pagado por el prestatario, que es del 2 % como mínimo.

(11)

La Comisión no ha iniciado hasta ahora ningún procedimiento ni adoptado una posición sobre la naturaleza y la compatibilidad de la ayuda.

(12)

Se dan, por lo tanto, circunstancias excepcionales que permiten considerar la citada ayuda compatible con el mercado común, con carácter excepcional, y en la medida estrictamente necesaria para limitar la magnitud de la pobreza rural en Polonia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se considera compatible con el mercado común una ayuda excepcional de las autoridades polacas para la obtención de créditos destinados a la adquisición de tierras agrícolas, de un importe total máximo de 400 millones PLN concedida entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2013.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión es la República de Polonia.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

E. ERLANDSSON


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