23.12.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 327/15 |
Extracto de la medida de saneamiento decidida de conformidad con los apartados 1 y 2 del artículo 3 de la Directiva 2001/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativa al saneamiento y a la liquidación de las entidades de crédito
(2005/C 327/08)
Reglamento de urgencia con arreglo al artículo 71, apartado 2 de la Ley de supervisión del sector bancario (1992)
Por resolución de 22 de septiembre de 2005 a las 12 horas, EL TRIBUNAL DE 'S-HERTOGENBOSCH, con arreglo al artículo 71 de la ley de supervisión del sector bancario y en relación con las siguientes entidades:
la sociedad de responsabilidad limitada Uveco Groep B.V.,
con domicilio social en Veghel,
con oficinas sitas en 5461 JV Veghel, Stationsstraat 20 y dirección postal 5460 AE Veghel, Postbus 223,
registrada en la Cámara de Comercio de Eindhoven con el número 16077590
y
la sociedad de responsabilidad limitada Hampsink Holding B.V.,
con domicilio social en Veghel,
con oficinas sitas en 5709 PD Helmond, Waterleliesingel 24,
registrada en la Cámara de Comercio de Eindhoven con el número 16076066,
DECLARA que las citadas entidades de crédito se hallan en situación tal que requiere medidas especiales en interés del conjunto de los acreedores,
mediante el nombramiento del Sr. F.H.E. Boerma, miembro de este Tribunal, como síndico judicial, y del Sr. A.A.M. Deterink, abogado y fiscal, con domicilio en 5600 AA Eindhoven, Postbus 3, número de teléfono 040 — 262 66 00, como administrador.
Se fija el plazo de aplicación de la medida en un año y medio a partir del 22 de septiembre de 2005 y hasta el 22 de marzo de 2007.
El derecho aplicable al reglamento de urgencia es el neerlandés.
Puede interponerse recurso de casación contra esta resolución en el plazo de 14 días a partir de la fecha de su promulgación, esto es, como máximo hasta el 7 de octubre de 2005, ante el Tribunal Supremo de los Países Bajos, con sede en 2514 CV 's-Gravenhage, Kazernestraat 52, dirección postal 2500 EH 's-Gravenhage, Postbus 20303.
Revocación del reglamento de urgencia con arreglo al artículo 71, apartado 2 de la Ley de supervisión de entidades de crédito (1992)
Por decisión de 9 de noviembre de 20005, EL TRIBUNAL DE 'S-HERTOGENBOSCH, con arreglo al artículo 78 de la ley de supervisión de entidades de crédito y en relación con las siguientes entidades:
la sociedad de responsabilidad limitada Uveco Groep B.V.,
con domicilio social en Veghel,
con oficinas sitas en 5461 JV Veghel, Stationsstraat 20 y dirección postal 5460 AE Veghel, Postbus 223,
registrada en la Cámara de Comercio de Eindhoven con el número 16077590
y
la sociedad de responsabilidad limitada Hampsink Holding B.V.,
con domicilio social en Veghel,
con oficinas en 5709 PD Helmond, Waterleliesingel 24,
registrada en la Cámara de Comercio de Eindhoven con el número 16076066
REVOCA la declaración en virtud de la cual las citadas entidades de crédito se hallan en situación tal que requiere medidas especiales en interés del conjunto de los acreedores.
Todas las deudas pendientes en la fecha en que se declaró aplicable el reglamento de urgencia han sido íntegramente liquidadas. No obstante, en caso de que existan deudas pendientes en la fecha en que se declaró aplicable el reglamento de urgencia que no hayan sido liquidadas, pueden remitirse para su verificación las correspondientes reclamaciones al antiguo administrador, Sr. A.A.M. Deterink, Postbus 3, 5600 AA Eindhoven.