23.12.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 318/86 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre una Estrategia temática para el medio ambiente urbano»
COM(2005) 718 final — SEC(2006) 16
(2006/C 318/15)
El 11 de enero de 2006, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.
La Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 11 de julio de 2006 (ponente: Sr. PEZZINI).
En su 429o Pleno celebrado los días 13 y 14 de septiembre de 2006 (sesión del 13 de septiembre de 2006) el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 194 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones el presente Dictamen.
1. Conclusiones y recomendaciones
1.1 |
El CESE es consciente de que para alcanzar un crecimiento sostenible y reactivar la competitividad y la innovación es indispensable afrontar en las ciudades problemas complejos como el deterioro ambiental, la congestión del tráfico, los problemas de alojamiento, la inseguridad y la delincuencia, la crisis del empleo y las reconversiones industriales, la exclusión social –en particular de los jóvenes y las personas de edad avanzada– y la segregación espacial y étnica. |
1.2 |
Desde hace tiempo la contaminación atmosférica urbana es una emergencia sanitaria con unos costes sociales y sanitarios elevadísimos. La Organización Mundial de la Salud ha atribuido a la deficiente calidad del aire en las ciudades el aumento de numerosas enfermedades crónicas. Estas enfermedades suponen un coste notable para los sistemas sanitarios en términos de coste económico, tratamientos, hospitalizaciones y jornadas laborales perdidas. |
1.3 |
La prevención se ha hecho indispensable tanto en el plano de la responsabilidad individual, limitando la utilización de los vehículos, como en el plano colectivo, mediante nuevas políticas de movilidad. |
1.4 |
El CESE considera que las autoridades de los Estados miembros ya han reflexionado suficientemente sobre este asunto y les recomienda que adopten planes de intervención concretos e inmediatos, siguiendo asimismo las numerosas indicaciones provenientes de la Comisión, en el marco de un enfoque integrado, participativo y responsable, para mejorar de forma significativa, continua y verificable la calidad de la vida y del medio ambiente. |
1.5 |
Por otra parte, el Comité está convencido de que la decisión de la Comisión de desarrollar una estrategia integrada de desarrollo del medio ambiente urbano, fuertemente anclada en los principios de subsidiariedad y proximidad, es una estrategia acertada, en particular si se pone en práctica de acuerdo con una metodología compartida y participativa en el marco de la Agenda renovada de Lisboa y Gotemburgo. |
1.5.1 |
El Comité considera que la Unión Europea debería adoptar unos sistemas de premios que valoricen las mejores prácticas adoptadas por las autoridades nacionales, regionales y locales, a fin de desarrollar esta estrategia de un modo concreto y adaptado a las diferentes realidades de referencia. |
1.5.2 |
El Comité subraya que las ciudades, para ser competitivas, deben desarrollar unos servicios modernos, eficaces y accesibles en línea, sobre todo en el ámbito de la salud, los servicios sociales y la administración pública, a fin de garantizar una mayor cohesión social y la integración de los jóvenes y las personas de edad avanzada en un proceso de revalorización de las relaciones entre los centros históricos y la periferia, entre zonas ricas y pobres del territorio urbano y entre las zonas urbanas y su entorno. |
1.6 |
En líneas generales, el CESE considera que en el medio ambiente urbano se persigue el modelo del «territorio socialmente responsable», es decir, un territorio que oriente el propio desarrollo hacia la sostenibilidad y englobe en sus propias dinámicas la dimensión económica, social y medioambiental, así como las repercusiones socioeconómicas del envejecimiento de la población. |
1.7 |
Un territorio se puede definir como «socialmente responsable» cuando consigue combinar un nivel suficiente de bienestar con las obligaciones derivadas de la responsabilidad social. |
1.7.1 |
El aprendizaje de los deberes, además de los derechos, nace de una toma de conciencia informada en la familia y se desarrolla a lo largo de todo el proceso educativo, desde el parvulario. |
1.8 |
El Programa Marco de Investigación y Desarrollo (actualmente el sexto) brinda, a través del ejercicio de previsión, la posibilidad de asociar a los agentes de la sociedad a la definición de las mejores líneas para elegir un modelo de futuro más consciente de la responsabilidad social territorial. |
1.8.1 |
En las propuestas del VII Programa Marco de Investigación y Desarrollo figura, junto a las actividades de previsión, en el ámbito de la prioridad temática dedicada a la salud (1), una actividad específica relacionada con el desarrollo humano y el envejecimiento, incluidas las interacciones entre factores como el medio ambiente, los comportamientos individuales y las cuestiones de género. |
1.8.2 |
El Comité subraya la función fundamental que las escuelas, los centros educativos y las universidades, en general, deben desempeñar para sensibilizar a los jóvenes y a los ciudadanos con respecto al desarrollo sostenible. |
1.8.3 |
Son diversas las iniciativas que, a nivel internacional, han intentado establecer un núcleo de principios y valores fundamentales a los que referirse cuando se habla de responsabilidad social de las empresas. Entre ellas, las más significativas han sido las de:
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1.9 |
El Comité afirma que las acciones encaminadas a respaldar la aplicación concreta de dichos principios y valores fundamentales deben considerarse como unas inversiones rentables, ya que tienen por objeto la valorización de los aspectos económicos, sociales y laborales del tejido urbano y de su potencial de atracción y expresión. |
1.10 |
El Comité apoya firmemente la creación de «premios europeos para ciudades verdes» con el fin de fomentar la optimización de los esfuerzos y comportamientos de las colectividades locales y los órganos públicos y privados que las componen. |
1.10.1 |
El Comité considera importante que sea el propio CESE, en colaboración con el Comité de las Regiones, quien dé ejemplo estudiando la posibilidad de crear un premio anual de la sociedad civil denominado «Eurogreen City» y encargarse del seguimiento de las mejores prácticas de desarrollo sostenible urbano en el ámbito del OMU. |
2. Exposición de motivos
2.1 |
La inmensa mayoría de la población europea vive en zonas urbanas (6) donde la calidad de vida se ve a menudo afectada por una dramática degradación de los sistemas de movilidad y las condiciones ambientales, sociales y de acceso a los servicios básicos. Se requieren, pues, importantes medidas innovadoras, un uso más inteligente de los recursos y unos comportamientos más respetuosos con el medio ambiente, tanto a nivel individual como colectivo. |
2.1.1 |
En repetidas ocasiones el CESE ha podido abordar este problema y ha destacado, en particular, que «las ciudades, debido a toda una serie de motivos (…), constituyen un concentrado de problemas medioambientales de los que los ciudadanos son plenamente conscientes, en particular en lo que se refiere a la calidad del aire, la contaminación sonora y, de manera especial en los países meridionales de la Unión, los recursos hídricos». |
2.1.2 |
La problemática de la integración de los aspectos medioambientales en el proceso de desarrollo urbano se inscribe en el marco de las prioridades establecidas en el Sexto Programa de Acción de la Unión Europea en materia de Medio Ambiente (2002–2012) en favor del desarrollo sostenible en varios ámbitos prioritarios, documento sobre el que el Comité ha tenido la ocasión de elaborar un dictamen. |
2.1.3 |
En efecto, el VI Programa de Acción 2002–2012 preveía la elaboración y la adopción de siete estrategias temáticas (7):
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2.1.4 |
Cinco de estas siete estrategias temáticas han sido formalizadas por la Comisión: la propuesta de estrategia temática en favor de la pureza del aire con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente, aprobada por la Comisión el 21 de septiembre de 2005 (8); la propuesta de estrategia temática para mantener seguros, limpios y sanos los mares europeos, adoptada el 24 de octubre de 2005 (9); la propuesta de nueva estrategia temática sobre la prevención y el reciclado de residuos, adoptada el 21 de diciembre de 2005 (10); la propuesta de una estrategia temática para el uso sostenible de los recursos naturales, presentada el 21 de diciembre de 2005 (11), y la última propuesta en materia de ambiente urbano, objeto del presente dictamen, que se presentó el 11 de enero de 2006. |
2.1.5 |
Existe una clara interacción entre las propuestas formuladas en las cuatro estrategias temáticas presentadas anteriormente y esta última. Los siguientes elementos se concentran y se destacan en el ambiente urbano:
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2.1.6 |
Por otra parte, cobran especial importancia para la propuesta de estrategia temática para el medio ambiente urbano las medidas de lucha contra la contaminación acústica, que fueron objeto de un plan de acción para las grandes aglomeraciones adoptado en 2002 (12), y la reciente propuesta de directiva sobre la contratación pública para la prestación de un transporte limpio (13). |
2.1.6.1 |
Asimismo, están estrechamente vinculadas con la propuesta de estrategia que se examina:
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2.1.7 |
Las principales contribuciones para definir una Estrategia temática para el medio ambiente urbano han sido resultado de la consulta realizada por la Comisión sobre su Comunicación intermedia de 2004 (15), un primer análisis de posibles estrategias en la materia, las iniciativas voluntarias de la Agenda 21, la Carta de Aalborg (16), las Conclusiones del Consejo del 14 de octubre de 2004 sobre la relevancia de la temática y la importancia de actuar a todos los niveles y, finalmente, las Conclusiones de Bristol elaboradas durante la Presidencia británica (17). |
2.1.8 |
Por otra parte, la Comisión ha elaborado un documento de trabajo que se adjunta a la Comunicación objeto del presente dictamen. Se trata de una evaluación de impacto de las distintas hipótesis de aplicación de la estrategia y su coste. |
2.1.9 |
En 2005, en un informe sobre la dimensión urbana en el contexto de la ampliación (18), el Parlamento Europeo reconoció que las ciudades y las aglomeraciones y zonas urbanas, que concentran el 78 % de la población de la UE, constituyen un lugar donde se concentran las dificultades más complejas y concurrentes, pero también un lugar donde se construye el futuro y donde se perfeccionan y consolidan todas las formas de conocimiento. Por tanto, las ciudades «han de desempeñar un papel central en la realización de los objetivos de Lisboa y de Gotemburgo tal como han sido revisados». El Parlamento ha pedido a la Comisión que «desarrolle y proponga modelos e instrumentos de desarrollo urbano sostenible accesibles para todas las ciudades y aglomeraciones o zonas urbanas». |
2.1.10 |
El CESE considera que los responsables políticos, de acuerdo con los interlocutores sociales y, en general, con el conjunto de la sociedad civil, deben obrar por conseguir un entorno urbano con un alto nivel de rentabilidad social, mediante la adopción de políticas de formación. |
2.2 La propuesta de la Comisión
2.2.1 |
En la propuesta de la Comisión se subraya que «la diversidad del entorno urbano en cuanto a historia, geografía, clima o condiciones administrativas y jurídicas requiere soluciones hechas a medida y desarrolladas a nivel local» y que «la aplicación del principio de subsidiariedad, según el cual la actuación debe realizarse en el nivel más eficaz, también supone que ésta se inscriba en el plano local». Debido a la heterogeneidad de las zonas urbanas y las obligaciones vigentes a nivel nacional, regional y local, así como a las dificultades vinculadas al establecimiento de normas comunes, «se decidió que la legislación no es el mejor medio de alcanzar los objetivos de la estrategia», como confirmaron la mayor parte de los Estados miembros y de las administraciones locales. |
2.2.2 |
La estrategia temática propuesta se articula en torno a las siguientes líneas:
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2.2.3 |
Al ser de carácter transversal, la propuesta de la Comisión debe examinarse junto con las demás estrategias temáticas propuestas, en particular las relativas a la contaminación atmosférica, los residuos sólidos urbanos, la estrategia destinada a proteger a las ciudades costeras de la contaminación marina y la estrategia de protección de los suelos. |
2.2.4 |
Sería muy conveniente que la Comisión presentara un texto consolidado que incluya las disposiciones normativas relativas al desarrollo sostenible de las ciudades y aglomeraciones urbanas, los diferentes programas comunitarios aplicables al entorno urbano y, por último, unas orientaciones estratégicas relacionadas, por diferentes razones, con el desarrollo urbano. |
2.3 Observaciones
2.3.1 |
El Comité acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión en la medida en que afronta un problema de gran relevancia para los ciudadanos europeos, puesto que afecta a la calidad de vida en sus ciudades y zonas urbanas y debido también a la función fundamental que estas últimas desempeñan como generadoras de riqueza y desarrollo económico, social y cultural. |
2.3.2 |
Debe hacerse hincapié en los requisitos previos de la acción estratégica tal como fueron establecidos por el Acuerdo de Bristol de diciembre de 2005 (22) para la creación de comunidades sostenibles en Europa:
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2.3.3 |
De conformidad con el principio comunitario «Legislar menos, legislar mejor», el Comité considera que sería conveniente basarse en:
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2.3.4 |
El Comité concede una gran importancia al proceso que puede llevar a un territorio y, en particular a una ciudad a definirse como «Territorio socialmente responsable» (25), lo que sucede cuando el territorio o la ciudad consiguen integrar:
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2.3.4.1 |
El Comité está convencido de que el desarrollo social y cultural del medio ambiente urbano reviste una importancia primordial, debido también a la evolución demográfica de la población y los flujos migratorios. |
2.3.4.2 |
El Comité está convencido, asimismo, de que toda estrategia eficaz de desarrollo sostenible de las ciudades debe basarse en la lucha contra la pobreza económica, social y cultural, la degradación física y el estrés mental, la exclusión social y la marginación de las capas más vulnerables de la población urbana, con vistas a mejorar la integración social de los diferentes grupos étnicos y culturales. |
2.3.5 |
El proceso debe realizarse de acuerdo con unas fases bien definidas que prevean:
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2.3.5.1 |
Los entes locales ya han establecido algunos instrumentos entre los que se pueden citar, a modo de ejemplo:
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2.3.5.2 |
El CESE respalda la propuesta de la Comisión relativa a la promoción de «vehículos limpios» de transporte por carretera y la tasación de los automóviles de turismo en función de las emisiones de CO2 en lugar de la cilindrada. |
2.3.6 |
Por lo que respecta a estos temas, el CESE considera que se deben intensificar las acciones de sensibilización a todos los niveles, pero sobre todo a nivel local, con el fin de que los ciudadanos y las empresas afronten con empeño y responsabilidad, también mediante acciones de previsión, el trabajo efectuado durante estos últimos años en materia de desarrollo sostenible y responsabilidad social de las empresas por los organismos internacionales, incluidos la Comisión, las Naciones Unidas, la OCDE y el Instituto Europeo para el Balance Social. |
2.3.6.1 |
Los procedimientos que deben adoptarse se centran en la investigación y la innovación, la política de apoyo a la renovación de las instalaciones, la formación, la difusión de los sistemas de gestión medioambiental y los controles. |
2.3.6.2 |
Los instrumentos más oportunos, además de las campañas de información y la difusión de una cultura de la responsabilidad, son las normas ISO 14001, EMAS (29) y GHG (30), las ayudas fiscales y financieras para alcanzar los objetivos, la simplificación de los procedimientos y la exoneración de las obligaciones medioambientales para aquellos que hayan obtenido la certificación pertinente. |
2.3.6.3 |
El Comité considera que sería útil crear unos «premios europeos para ciudades verdes». En efecto, estos premios podrían constituir buenos incentivos para optimizar los esfuerzos de los entes locales y de los órganos públicos y privados que integran dichos entes, con vistas a desarrollar un enfoque integrado y unos comportamientos acordes con este planteamiento. |
2.3.6.4 |
El Comité considera importante que sea el propio CESE, en colaboración con el Comité de las Regiones, quien dé ejemplo estudiando la posibilidad de crear un premio anual de la sociedad civil denominado «Eurogreen City», contribuir al control de los avances registrados por el Observatorio ORATE/ESPON (31), determinar los obstáculos y encargarse del seguimiento de las mejores prácticas de desarrollo sostenible urbano en el ámbito del OMU. |
2.3.7 |
A juicio del CESE, el elemento central de una estrategia eficaz de desarrollo urbano es el establecimiento de unos sistemas adecuados de gobernanza que permitan gestionar las situaciones complejas y que incluyan los siguientes elementos:
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2.3.8 |
El Comité considera que entre los elementos más destacados que permiten mejorar el sistema de gobernanza integrada del territorio socialmente responsable deben figurar los siguientes:
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Bruselas, 13 de septiembre de 2006.
La Presidenta
del Comité Económico y Social Europeo
Anne-Marie SIGMUND
(1) DO C 65/02/2006, punto 5.2.2 (Ponente: Sra. Heinisch) y DO C 65 de 17.3.2006 (Ponentes: Sres. Wolf y Pezzini).
(2) Artículo 37 — Protección del medio ambiente : «Las políticas de la Unión integrarán y garantizarán con arreglo al principio de desarrollo sostenible un alto nivel de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad».
(3) «(…) escojamos aunar el poder de los mercados y la autoridad de los ideales universales. Optemos por conciliar las energías del espíritu empresarial del sector privado, las necesidades de los desfavorecidos y las exigencias de las generaciones futuras.»(Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas). Anunciado por el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, con motivo del Foro Económico Mundial de Davos (Suiza) en enero de 1999 y formalmente presentado en las Naciones Unidas en julio de 2000, el Pacto Mundial insta a las empresas a suscribir nueve principios universales en los ámbitos de los derechos humanos, las condiciones de trabajo y del medio ambiente.
(4) Las líneas directrices de la OCDE se publicaron en junio de 2000 y se dirigen a las empresas internacionales.
(5) El IEBS ha elaborado la «Carta de los valores de la empresa» — Anexo II.
(6) Con más de 50 000 habitantes.
(7) Las prioridades marcadas con un asterisco ya han sido objeto de una directiva.
(8) COM(2005) 446 final.
(9) COM(2005) 505 final.
(10) COM(2005) 667 final.
(11) COM(2005) 670 final.
(12) Directiva 2002/49/CE.
(13) COM(2005) 634 final.
(14) Vigilancia Mundial del Medio Ambiente y la Seguridad.
(15) COM(2004) 60 final «Hacia una estrategia temática sobre el medio ambiente urbano».
(16) www.aalborgplus10.dk.
(17) Acuerdo de Bristol, diciembre de 2005, www.odpm.gov.uk.cod. prod. 05 EUPMI 03584. El Acuerdo de Bristol identifica ocho características básicas de la comunidad sostenible: 1) Activa, inclusiva y segura; 2) Bien gobernada; 3) Buenos enlaces; 4) Buenos servicios; 5) Sensible desde el punto de vista medioambiental; 6) Atractiva; 7) Bien estructurada y edificada; 8) Acogedora para todos.
(18) EP (2005) 0272 de 21 de septiembre de 2005.
(19) El Fondo Social Europeo (COM(2004) 493 final) puede aportar una ayuda a la formación de las administraciones públicas a los distintos niveles. El nuevo Programa Life + desempeña también una función importante.
(20) COM(2004) 494 y 495 final.
(21) COM(2005) 1 final.
(22) Véase nota 18.
(23) Cabe destacar en este ámbito la contribución del Banco Europeo de Inversiones (BEI).
(24) Véase el anexo F al Documento de trabajo de los servicios de la Comisión SEC(2006) 16.
(25) Véase a este respecto la Estrategia renovada de desarrollo sostenible, doc. del Consejo 10117/06 de 9.6.2006, puntos 29 y 30.
(26) JESSICA (Joint European Support for Sustainable Investment in City Areas/ Apoyo comunitario conjunto para una inversión sostenible en las zonas urbanas), es una iniciativa enfocada a aportar soluciones para los problemas de financiación de proyectos de acondicionamiento y desarrollo urbanos gracias a una combinación de subvenciones y préstamos.
(27) Bicicletas con motor eléctrico.
(28) El Grupo de estudio, presidido por el Sr. Mendoza Castro, tuvo la oportunidad de comprobar sobre el terreno, por invitación del Sr. Buffetaut, teniente alcalde de la ciudad, la concepción, articulación y desarrollo del plan local de desarrollo urbano (PLU) de Versalles en el ámbito de la aplicación de la Agenda 21, decidida por el consejo municipal de la ciudad en 2003 (véase anexo III).
(29) EMAS, Reglamento 1836/93, modificado por el Reglamento 761/2001.
(30) Las nuevas normas ISO 14064: una nueva norma relativa al gas de efecto invernadero (GHG) y Directiva 2003/87/CE.
(31) ORATE/ESPON: Observatorio en Red de la Ordenación del Territorio Europeo.