13.9.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 264/20 |
Anuncio relativo a medidas antidumping en vigor respecto de importaciones a la Unión de determinados cítricos preparados o conservados (mandarinas, etc.) originarios de la República Popular China: cambio de denominación de una empresa sujeta a un derecho antidumping individual
2013/C 264/10
Las importaciones de determinados cítricos preparados o conservados (principalmente mandarinas, etc.) originarios de la República Popular China están sujetas a un derecho antidumping definitivo, impuesto por el Reglamento de Ejecución (UE) no 158/2013 del Consejo (1) [en lo sucesivo, «Reglamento (UE) no 158/2013»].
El 20 de marzo de 2012, la empresa Huangyan No 1 Canned Food Factory, situada en la República Popular China y cuyas exportaciones a la Unión de determinados cítricos preparados o conservados (mandarinas, etc.) están sujetas a un derecho individual específico de 361,40 EUR por tonelada con arreglo al citado Reglamento, informó a la Comisión de que había cambiado de nombre para pasar a llamarse Zhejiang Taizhou Yiguan Food Co. Ltd.
La empresa ha pedido a la Comisión que confirme que el cambio de nombre no afecta al derecho de la empresa a beneficiarse del derecho individual específico que se le aplicaba bajo el nombre anterior de Huangyan No 1 Canned Food Factory.
La Comisión ha examinado la información presentada y ha concluido que el cambio de nombre no afecta en modo alguno a las conclusiones del Reglamento (UE) no 158/2013. Por consiguiente, la referencia hecha en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (UE) no 158/2013 a: Huangyan No 1 Canned Food Factory, Huangyan, Zhejiang debe leerse como: Zhejiang Taizhou Yiguan Food Co. Ltd, Huangyan, Zhejiang
El código TARIC adicional A887 anteriormente asignado a Huangyan No 1 Canned Food Factory, Huangyan, Zhejiang se aplicará a Zhejiang Taizhou Yiguan Food Co. Ltd, Huangyan, Zhejiang.
(1) DO L 49 de 22.2.2013, p. 29.