8.9.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 303/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Arbeitsgericht Verden (Alemania) el 12 de mayo de 2014 — Ender Balkaya/Kiessel Abbruch- und Recycling Technik GmbH

(Asunto C-229/14)

2014/C 303/10

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Abbeitsgericht Verden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ender Balkaya

Demandada: Kiessel Abbruch- und Recycling Technik GmbH

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión aplicable, especialmente el artículo 1, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos (1), en el sentido de que se opone a unas disposiciones normativas o prácticas nacionales que, en el cálculo del número de trabajadores previsto en dicha disposición, no tienen en cuenta a un miembro de la dirección de la empresa de una sociedad de capital, aunque éste ejerza su actividad bajo la dirección y el control de otro órgano de dicha sociedad, perciba una retribución por su actividad y él mismo no posea participaciones en la sociedad?

2)

¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión aplicable, especialmente el artículo 1, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos, en el sentido de que dispone obligatoriamente que, en el cálculo del número de trabajadores previsto en dicha disposición, se cuenten también como tales las personas que, sin ser remuneradas por la empresa, trabajen efectivamente en ella, con la ayuda económica y el reconocimiento de las autoridades competentes en materia de fomento del empleo, para adquirir o profundizar conocimientos o para realizar una formación profesional («trabajadores en prácticas»), o se deja a los Estados miembros establecer a este respecto disposiciones o prácticas nacionales?


(1)  DO L 225, p. 16.


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