25.4.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 145/12 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 25 de febrero de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Paises Bajos) — G. E. Security BV/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-143/15) (1)
([Procedimiento prejudicial - Reglamento (CEE) n.o 2658/87 - Arancel Aduanero Común - Nomenclatura Combinada - Clasificación de las mercancías - Partidas 8517, 8521, 8531 y 8543 - Mercancía denominada «multiplexor de vídeo»])
(2016/C 145/14)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: G. E. Security BV
Demandada: Staatssecretaris van Financiën
Fallo
La Nomenclatura Combinada, que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o 1214/2007 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2007, debe interpretarse en el sentido de que una mercancía de las características de la denominada «multiplexor de vídeo», objeto del litigio principal, debe ser clasificada en la partida 8521 de la Nomenclatura Combinada, sin perjuicio de la apreciación que realice el órgano jurisdiccional remitente de todos los antecedentes de hecho de que tenga conocimiento.