6.5.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/32 |
Recurso de casación interpuesto el 23 de febrero de 2019 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena ampliada) dictada el 13 de diciembre de 2018 en los asuntos acumulados T-339/16, T-352/16 y T-391/16, Ville de Paris, Ville de Bruxelles y Ayuntamiento de Madrid/Comisión Europea
(Asunto C-179/19 P)
(2019/C 155/38)
Lenguas de procedimiento: español y francés
Partes
Recurrente: Comisión Europea (representante: J.-F. Brakeland, agente)
Otras partes en el procedimiento: Ville de Paris, Ville de Bruxelles y Ayuntamiento de Madrid
Pretensiones de la parte recurrente
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Que se anule la sentencia del Tribunal General de 13 de diciembre de 2018, notificada el mismo día a la Comisión, en los asuntos acumulados T-339/16, T-352/16 y T-391/16, Ville de Paris, Ville de Bruxelles y Ayuntamiento de Madrid/Comisión Europea, que se desestime el recurso en primera instancia y que se condene en costas a las partes demandantes; o, con carácter subsidiario, |
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Que se anule la sentencia y se devuelva el asunto al Tribunal General para su reconsideración y que se reserve la decisión sobre las costas en ambas instancias. |
Motivos y principales alegaciones
El recurso de casación se basa en un único motivo. La comisión estima que, en los apartados 121 a 151 de su sentencia, el Tribunal General cometió un error de Derecho al concluir que el Reglamento 2016/646 (1) modifica un elemento esencial del Reglamento 715/2007. (2) Dicho error proviene, por un lado, de una interpretación incorrecta del concepto de modificación, ilustrado por el empleo por parte del Tribunal del concepto de modificación «de facto» y, por otro lado, de una interpretación incorrecta del alcance del Reglamento 2016/646. Al hacer tal cosa, la sentencia pone en peligro el equilibrio interinstitucional de la Unión.
(1) Reglamento (UE) 2016/646 de la Comisión, de 20 de abril de 2016, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 692/2008 en lo que concierne a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 6) (DO 2016, L 109, p. 1).
(2) Reglamento (CE) n.o 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos (DO 2007, L 171, p. 1).