15.6.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 201/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Rumanía) el 18 de diciembre de 2019 — Procedimiento penal contra CD
(Asunto C-929/19)
(2020/C 201/10)
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
Înalta Curte de Casație și Justiție
Parte en el procedimiento penal principal
CD
Otras partes en el procedimiento
CLD, GLO, ȘDC, PVV, SC Complexul Energetic Oltenia SA y Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casație și Justiție — Direcția Națională Anticorupție
Cuestiones prejudiciales
1) |
El artículo 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, el artículo 325, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los artículos 2 y 4 de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal (1) ¿deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que un órgano ajeno al poder judicial, como es la Curtea Constituțională a României (Tribunal Constitucional de Rumanía), adopte una decisión que obliga de plano al nuevo enjuiciamiento de todos los asuntos de corrupción resueltos en primera instancia por la Sección de lo Penal del máximo órgano jurisdiccional en un período determinado (entre el año 2003 y el mes de enero de 2019) que se encuentren en fase de apelación? |
2) |
¿Deben interpretarse el artículo 2 y [el artículo] 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea y el artículo 47 [párrafo segundo] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que se oponen a que un órgano ajeno al poder judicial declare ilegal la composición de las salas jurisdiccionales de una sección del máximo órgano jurisdiccional, en contra de la interpretación de tal órgano jurisdiccional puesta de manifiesto en su constante y unánime práctica organizativa y también jurisdiccional? |
3) |
¿Debe interpretarse la primacía del Derecho de la Unión en el sentido de que permite que el órgano jurisdiccional nacional deje inaplicada una resolución que la Curtea Constituțională ha pronunciado en un asunto que tiene por objeto un conflicto constitucional y que es obligatoria en el Derecho interno? |
4) |
¿Debe interpretarse la expresión «establecido previamente por la ley» que figura en el artículo 47 [párrafo segundo] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que incluye la designación formal de unas salas jurisdiccionales con una especialización distinta de la de los jueces que las componen? |