30.4.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 106/8 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Quinta)
de 3 de marzo de 2005
en el asunto C-90/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra República de Austria (1)
(«Incumplimiento de Estado - Artículo 7, apartado 1, de la Directiva 1999/32/CE - No comunicación del informe sobre el contenido de azufre de los combustibles líquidos comercializados en territorio nacional»)
(2005/C 106/15)
Lengua de procedimiento: alemán
En el asunto C-90/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 23 de febrero de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. J. Schieferer y G. Valero Jordana) contra República de Austria (agente: Sr. E. Riedl), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por la Sra. R. Silva de Lapuerta, Presidenta de Sala, y los Sres. J. Makarczyk (Ponente) y P. Kūris, Jueces; Abogado General: Sr. P. Léger; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 3 de marzo de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) |
Declarar que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7, apartado 1, de la Directiva 1999/32/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la reducción del contenido de azufre de determinados combustibles líquidos y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE, al no haber presentado a la Comisión de las Comunidades Europeas, antes del 30 de junio de 2002, el informe relativo al año 2001. |
2) |
Condenar en costas a la República de Austria. |