Nuestra Head of Legal, Elena Ocampo Noriega, destaca los recientes cambios sobre regulación del #SectorEnergético en #México.
El día 20 de diciembre de 2024, la #presidenciadelaRepública publicó en el #DOF el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica”, por medio del cual, se dieron a conocer las #reformas que serán aplicadas a la #CPEUM y la manera en la que dichos cambios se deberán llevar a cabo en los siguientes días. En materia energética, se realizó la modificación a los artículos 27 y 28, y en particular en el #art28 se ha determinado que “El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia encargada (…) contará con las atribuciones para llevar a cabo regulación técnica y económica; así como con la facultad sancionadora en materia energética y de hidrocarburos”; es decir, que la dependencia encargada de llevar a cabo la regulación en materia #eléctrica será la #SENER. Ahora bien, el Decreto ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, y a partir de dicha fecha, la autoridad ha otorgado un plazo de 90 días al #CongresodelaUnión para realizar las modificaciones correspondientes y aplicables a la legislación secundaria (#LIE, #RLIE, etc) para que se adecuen a la nueva reforma, y, de la misma forma, se establece que una vez transcurrido dicho plazo y publicada la #legislaciónsecundaria, se entenderán como extintos los entes públicos que antes tenían a su cargo las funciones que se establecen en el #art28 (#CRE, entre otros), salvaguardando siempre el principio de irretroactividad de la ley y dejando a salvo los actos jurídicos emitidos por dichos organismos previo a la entrada en vigor de la legislación secundaria que se emita para tales efectos. #energíaeléctrica #electricidad #energy #México #electricenergy