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Somos Harkay Legal, una boutique legal comprometida con ofrecer soluciones confiables y efectivas para empresas y personas naturales. Con un equipo especializado, brindamos asesoramiento experto y representación legal de calidad, centrados en la excelencia y la satisfacción del cliente.

Industry
Legal Services
Company size
2-10 employees
Type
Self-Owned
Specialties
Consultoría Laboral, Inspecciones Laborales, Procesos Judiciales, and Personal Extranjero

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    🎄 ¡Diciembre llegó, y con él las gratificaciones! 🎄 En Harkay Legal, entendemos que el cumplimiento de las obligaciones laborales no solo fortalece la relación con los trabajadores, sino que también protege a las empresas de posibles contingencias legales. Por ello, queremos recordarle a nuestra comunidad empresarial una fecha clave: 📌 Hasta el 15 de diciembre, las empresas en el Perú deben realizar el pago de las gratificaciones legales correspondientes a sus trabajadores. De acuerdo con la Ley N° 27735 y su reglamento (D.S. N° 005-2002-TR), este pago también incluye la bonificación extraordinaria dispuesta por la Ley N° 29351: ✅ 9% adicional para quienes no cuentan con EPS. ✅ 6.75% adicional para quienes sí tienen EPS. 🔑 Cumplir con esta obligación no solo garantiza tranquilidad, sino también evita sanciones y refuerza el compromiso de la empresa con su equipo. En Harkay Legal, somos especialistas en derecho laboral y estamos aquí para asesorarte en todos los detalles: 💼 Cálculo y elaboración de planillas. 📑 Resolución de consultas legales. 🛡️ Estrategias preventivas para evitar infracciones. 👨⚖️ ¡Hablemos! Hagamos del cumplimiento una ventaja competitiva para tu empresa. 📩 Contáctanos hoy y asegura la tranquilidad de tu equipo y tu empresa. #HarkayLegal #DerechoLaboral #Gratificaciones2024 #AsesoríaLaboral #PrevenciónLegal

  • 🎄 ¡Diciembre llegó, y con él las gratificaciones! 🎄 En Harkay Legal, entendemos que el cumplimiento de las obligaciones laborales no solo fortalece la relación con los trabajadores, sino que también protege a las empresas de posibles contingencias legales. Por ello, queremos recordarle a nuestra comunidad empresarial una fecha clave: 📌 Hasta el 15 de diciembre, las empresas en el Perú deben realizar el pago de las gratificaciones legales correspondientes a sus trabajadores. De acuerdo con la Ley N° 27735 y su reglamento (D.S. N° 005-2002-TR), este pago también incluye la bonificación extraordinaria dispuesta por la Ley N° 29351: ✅ 9% adicional para quienes no cuentan con EPS. ✅ 6.75% adicional para quienes sí tienen EPS. 🔑 Cumplir con esta obligación no solo garantiza tranquilidad, sino también evita sanciones y refuerza el compromiso de la empresa con su equipo. En Harkay Legal, somos especialistas en derecho laboral y estamos aquí para asesorarte en todos los detalles: 💼 Cálculo y elaboración de planillas. 📑 Resolución de consultas legales. 🛡️ Estrategias preventivas para evitar infracciones. 👨⚖️ ¡Hablemos! Hagamos del cumplimiento una ventaja competitiva para tu empresa. 📩 Contáctanos hoy y asegura la tranquilidad de tu equipo y tu empresa. #HarkayLegal #DerechoLaboral #Gratificaciones2024 #AsesoríaLaboral #PrevenciónLegal

  • COMUNICADO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO El día de hoy, jueves 26 de setiembre, en el marco del paro nacional realizado por los transportistas, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha exhortado a los empleadores adoptar medidas razonables para el inicio de las labores de los trabajadores. Es importante recordar que, de ser posible el uso de medios digitales para el desarrollo del trabajo, el empleador debería utilizarlos, a efectos de salvaguardar a su personal y asegurar el avance de las labores diarias.

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  • Resolución N° 412-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala El Tribunal de Fiscalización Laboral, mediante Resolución N° 412-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, ha resuelto que el asignar funciones que involucren una disminución en las responsabilidades del trabajador implica un acto de hostilidad equiparable al despido de naturaleza insubsanable. En el presente caso, el empleador solicitó al trabajador, mediante conducto notarial, que asista a la capacitación correspondiente para que pueda dar inicio a labores distintas a las que habitualmente realiza, las cuales serían de menor rango respecto a la categoría que ostentaba. Siendo que, si el trabajador no acataba tal orden, se le iniciaría un proceso disciplinario por falta injustificada. El TFL ha resuelto que tal situación implica un acto de hostilidad contemplado en el literal g) del artículo 30° del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Además, ha señalado que el empleador ha condicionado el cumplimiento de tal medida, lo cual, según nuestra lectura, supone el empleo de intimidación contra el trabajador, a la luz de lo contenido en el artículo 215° del Código Civil. Finalmente, el Tribunal de Fiscalización Laboral, en función a la intimidación, hostilidad y consecuencias a la salud sufridas debido la medida impuesta contra el trabajador, dispuso que esta era una afectación insubsanable, por lo que el empleador debía ser multado por los montos correspondientes.

  • Guía sobre Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha compartido la presente guía a modo de brindar información relevante acerca de algunas reglas respecto a los contratos sujetos a modalidad, también conocidos como contratos temporales, consagrados en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR. En el documento se pueden apreciar puntos importantes tales como los plazos de contratación, tipos de contratos modales, necesidad de contar con tal documentación, desnaturalización, entre otros aspectos. Finalmente, los empleadores deben tomar en cuenta que no contar con contratos de trabajo temporales idóneos, que cumplan con la normatividad exigida, serán sujetos de multa por parte de la SUNAFIL, afrontando infracciones de calificación muy grave.

  • Registro de Control de Asistencia - MTPE En la presente guía, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha detallado algunos puntos de especial relevancia para contar con un adecuado registro de control de asistencia, según lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2006-TR. Es importante tomar en consideración que el no cumplir con dicha obligación implica una infracción muy grave ante la SUNAFIL, la cual, a su vez, a la luz de las reiteradas Resoluciones emitidas por el Tribunal de Fiscalización Laboral, es considerada como insubsanable, por lo que sería muy probable la imposición de la multa correspondiente.

  • Informe N° 000384-2024-MTPE/2/14.1 Mediante el Informe N° 000384-2024-MTPE/2/14.1, el MTPE ha aclarado que el personal de dirección y de confianza también puede gozar de los beneficios pactados en el convenio colectivo. Lo indicado será posible en tanto el estatuto de la empresa permita que dichos trabajadores puedan formar parte del sindicato, encontrándose, de esa manera, facultados para beneficiarse de los acordado en la convención colectiva. Sin embargo, es importante tomar en consideración que el artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo cuenta con un tenor distinto, indicando que la convención colectiva de trabajo tiene fuerza vinculante entre las partes, a excepción del caso del personal de dirección y de confianza.

  • Desnaturalización de contrato de locación de servicios El Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL, a través de la Resolución N° 611-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, ha resuelto que, bajo la aplicación del principio de primacía de la realidad, no basta con el simple dicho de los trabajadores para acreditar un hecho o una relación jurídica entre la empresa y el prestador de servicios, sino de una prueba fehaciente que de sustento de ello. Así lo ha resuelto el Tribunal, a pesar de que en el caso en cuestión se ha verificado la existencia de un registro de control de asistencia y jornada. No obstante, la sentencia dicta que estos elementos serían únicamente indicios de una relación laboral y no una prueba que acredite lo sostenido por la parte actora. Asimismo, recomendamos revisar con mayor atención los considerandos 6.17. al 6.20.

  • ¡Hola a todos! Nos complace anunciar que Harkay Legal estará participando en un interesante webinar sobre Sanciones Administrativas en Seguridad y Salud en el Trabajo. La sesión se llevará a cabo este 03 de julio de 2024 a las 19:30 horas. Nuestro abogado laboralista, César Augusto Rázuri Vargas, será el encargado de abordar este importante tema, proporcionando insights y conocimientos clave que serán de gran utilidad para profesionales y empresas. Queremos invitar a todos nuestros contactos y seguidores a unirse a este evento para aprender más sobre cómo manejar las sanciones administrativas y asegurar el cumplimiento de las normativas de seguridad y salud en el trabajo. #DerechoLaboral #SeguridadYSalud #SancionesAdministrativas #Webinar #HarkayLegal #CumplimientoNormativo #CesarAugustoRazuri #ProfesionalesDelDerecho #TrabajoSeguro #NormativaLaboral

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    ✨ ¡No te pierdas nuestro próximo webinar! ✨ 🔍 ¿Te gustaría conocer más sobre las sanciones administrativas en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo? Únete a nosotros en este webinar donde nuestros expertos Cesar Augusto Razuri Vargas y Rosa Flores Baldeón compartirán sus conocimientos y responderán tus preguntas. 🗓 Fecha: 03 de julio 🕓 Hora: 07:30 PM 📍 Plataforma: Microsoft Teams 🎙 Panelistas: Cesar Augusto Razuri Vargas- Abogado Laboralista Rosa Flores Baldeón - Ingeniera en Higiene y Seguridad Industrial *📄 Constancia de asistencia GRATUITA para los participantes!* 📌 Inscríbete ahora: https://lnkd.in/dSy57VzD ¡No te pierdas esta oportunidad de aprender y mejorar tus conocimientos en un tema tan importante! ¡Te esperamos!

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