SYNERGY Soluciones

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Servicios medioambientales

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Sobre nosotros

SYNERGY Soluciones Consultora y asesoría en medio ambiente, calidad, seguridad y salud ocupacional. Soluciones integrales para su organización y ambientalmente responsable, potenciando su negocio acompañado de un desarrollo mas eficiente de sus productos y servicios,marcando la diferencia y posicionando su marca con la comunidad y sus clientes.

Sitio web
http://www.synergysoluciones.cl
Sector
Servicios medioambientales
Tamaño de la empresa
De 2 a 10 empleados
Sede
Santiago, Santiago
Tipo
Empresa propia
Fundación
2015
Especialidades
Consultora Ambiental, Legislación Ambiental, Asesoría Ambiental, Ciencia y Tecnología, Capacitación y Gerenciamiento Ambiental

Ubicaciones

  • Principal

    Av. Libertador Bernardo O'Higgins

    Santiago, Santiago 45000000, CL

    Cómo llegar

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Actualizaciones

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    ¡Avanza la Ley REP! ♻️ Hoy se publicó en el Diario Oficial el decreto que permitirá, de forma gradual, el reciclaje del 90% de aceites lubricantes. 😀 Para celebrar este hito, visitamos el taller automotriz AutoGalvez, en la comuna de #LoEspejo, para conocer la manera en que recolectan los aceites y son entregados a Futuroil, empresa que les da una nueva vida. ✅ 🔹 El ministro (s) Maximiliano Proaño comentó que: “Estamos muy contentos de este importante hito medioambiental para Chile. Comenzaremos con la obligación de recolectar y reciclar el 50% de los aceites lubricantes usados, e iremos incrementando gradualmente hasta llegar al 90%’’.

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    ¡Excelente noticia para el avance de la Ley REP y la economía circular! ♻️📄 ✅ Con este decreto se exigirá la recolección y el reciclaje del 50% de los aceites lubricantes usados y se incrementará gradualmente hasta llegar al 90%. ✅ En un plazo de dos años comenzarán a regir las primeras metas para este producto.

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    Entra en vigencia nueva norma lumínica, que regula la iluminacion publica y privada de exterior, asi como la publicidad luminosa o iluminada, iluminación ornamental y de recreación. El 19 de octubre 2024 entró en vigencia la nueva norma lumínica establecida mediante el Decreto N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Esta nueva norma incluye nuevos objetivos de protección adicionales a la calidad astronómica de los cielos, ampliando su alcance a todo el territorio nacional. Dentro de las principales modificaciones a la norma vigente se encuentran: 1. Incorporación de la biodiversidad y la salud humana como un objeto de protección ambiental adicional a la calidad astronómica de los cielos nocturnos. 2. Extensión del ámbito de aplicación territorial de la norma a todo el país. 3. Restricción de la emisión de luz azul (espectro de emisión) desde el 15% actual a un 7% de luz azul, para todo el territorio nacional; y una restricción especial de un de un 1% de luz azul en Áreas de Protección Especial, las cuales están definidas como: - Áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica o “Áreas Astronómicas” (ver sección especial en Otras Regulaciones) - Áreas de Protección de Biodiversidad o Áreas Protegidas (Parques Nacionales, Reservas, entre otros.) - Zonas de Reproducción y comunas con mayor impacto señaladas expresamente en un Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (Plan RECOGE) de especies amenazadas por la contaminación lumínica. 4. Fortalecimiento del control preventivo con la incorporación del control de la comercialización de luminarias por parte de la SEC. 5. Aplicación diferenciada a fuentes emisoras, según su ubicación: La norma aplicará a fuentes nuevas y existentes según su ubicación. Decreto 1/2022 MMA: https://lnkd.in/dF3nEp5W Más información en; https://lnkd.in/diaSpn39 #NormaLuminica Fotografias gentileza de @martini_fotografia

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    SEA oficializa la Guía Metodológica para la Descripción de Ecosistemas Terrestres mediante publicación en el Diario Oficial. 6 de Septiembre de 2024 En agosto, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) dio a conocer la primera edición de la Guía Metodológica para la Descripción de Ecosistemas Terrestres, la cual ha entrado en vigencia tras la publicación del Extracto de la Resolución Exenta N° 202499101688 en el Diario Oficial, estableciendo su observancia obligatoria. El objetivo de esta Guía es estandarizar los criterios para la selección y aplicación de métodos destinados a la descripción de componentes de los ecosistemas terrestres que son objeto de protección, conforme a la normativa ambiental vigente. Con ello, se reemplaza y deja sin efecto la Guía para la Descripción de los Componentes Suelo, Flora y Fauna de Ecosistemas Terrestres en el SEIA, publicada en 2015. Es importante destacar que la Dirección Ejecutiva también actualizó el Instructivo sobre la Aplicabilidad de Guías y Criterios de Evaluación, con el fin de armonizar los criterios jurídicos, especialmente en lo referente a la vigencia y aplicabilidad de estos documentos, de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 81 letra d) de la Ley N° 19.300. Este instructivo, actualizado el 30 de julio del presente año, establece que los documentos publicados por el SEA entrarán en vigencia desde la fecha de publicación del extracto de la resolución exenta correspondiente en el Diario Oficial, lo que garantiza su observancia. Para acceder a estos documentos, ingrese al siguiente enlace; https://lc.cx/nKjWpc Extracto diario oficial; https://lc.cx/v5YklU Fuente: Servicio de Evaluación Ambiental - SEA

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    SEA publica nuevo criterio técnico sobre la alteración del régimen sedimentológico. 30 de Agosto de 2024 a Dirección Ejecutiva del SEA publicó un nuevo documento técnico denominado Criterio de evaluación en el SEIA: Alteración del régimen sedimentológico, instruyendo a titulares de proyectos y Direcciones Regionales del Servicio, a que sea debidamente observado en la evaluación ambiental de proyectos. Se trata de la primera edición de un documento que responde a la necesidad de fortalecer la consideración de la alteración del régimen sedimentológico en los cauces naturales. Para ello se establecen los lineamientos técnicos necesarios para elaborar las Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental, uniformando la presentación de antecedentes mínimos y aquellos criterios que favorecen una adecuada predicción y evaluación de los impactos ambientales que podrían afectar al objeto de protección suelo de aguas superficiales corrientes y detenidas. En esta publicación también se describen algunas características de la actividad de extracción de áridos, comprendiendo los potenciales impactos ambientales que estas acciones pueden provocar sobre los cauces naturales y el consecutivo efecto sobre la biota y la geografía de estos, permitiendo contribuir en la toma de decisiones anticipadas ante una eventual alteración al ecosistema. Este documento entrará en vigencia desde la fecha de publicación del extracto en el Diario Oficial de la resolución que tiene presente su observancia. Documento https://lc.cx/RFJ1il Fuente: Servicio de Evaluación Ambiental - SEA

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    Ley plásticos de un solo uso. Ministerio del Medio Ambiente ha iniciado el proceso de consulta pública para la propuesta de anteproyecto del Reglamento de la Ley N°21.368, que "Regula la entrega de plásticos de un solo uso y las botellas plásticas, y modifica los cuerpos legales que indica". La Ley regula, principalmente, dos materias. Primero, la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos y, segundo, la gestión de las botellas plásticas de bebestibles, tanto retornables como desechables. El reglamento tiene por objeto regular los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de los certificados que se establecen eln la ley , así como las demás obligacione sestablecidas en esta. El anteproyecto será sometido a consulta ciudadana por un plazo de 35 días hábiles (hasta el 27 de marzo), a través de la plataforma de consultas ciudadanas https://lnkd.in/e69bmBR; instancia en la cual se invita a todos los interesados en la regulación, a informarse, participar e incorporar sus opiniones u observaciones en la plataforma señalada, o bien, por escrito en la Oficina de Partes del mismo o en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente correspondientes. Conoce más de la Ley y su reglamento en https://lnkd.in/gxz2hGzV Expediente en consulta publica: https://lnkd.in/gEfYryYC #MMA #PlasticosUnSoloUso contacto@synergsoluciones.cl

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    Modificación Reglamento SEIA Durante el 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental en colaboración con el Ministerio del Medio Ambiente, trabajó en una propuesta de modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que permita actualizar el Decreto Supremo N° 40 de 2012 (DS 40/2012), que Aprueba el Reglamento del SEIA, para hacerlo consistente con las obligaciones que impone la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú. El Decreto Supremo N° 30 de 2023 (DS 30/2023) que materializa esta modificación, fue recientemente tomado razón por la Contraloría General de la República, y se encuentra próximo a su publicación en el Diario Oficial, comenzando a regir a partir de ese momento. Esto significa que todos los proyectos que ingresen una vez publicado el DS 30/2023, deberán someterse a los nuevos requisitos que allí se contienen. Para más información acerca de la tramitación del DS 30/2023, ingresa aquí: https://lnkd.in/dJp6zp7F PREGUNTAS FRECUENTES ¿Cuándo entran en vigor las modificaciones al DS 40/2012? R: Los cambios al DS 40/2012 comienzan a regir el día que se publica en el Diario Oficial el DS 30/2023 que lo modifica. ¿Qué pasa con los proyectos que ya habían ingresado al SEIA? R: Los proyectos que hubiesen ingresado al SEIA hasta el día antes de la publicación en el Diario Oficial del DS 30/2023, continuarán su tramitación de conformidad a las exigencias del DS 40/2012, incluyendo su examen de admisibilidad. ¿Qué ocurre si ya había iniciado la carga de información de mi proyecto en el e-SEIA? R: El hito es el ingreso. Cualquier proyecto que al día de publicación en el Diario Oficial del DS 30/2023 no hubiese concluido su ingreso al SEIA, deberá cargar nuevamente la información en la plataforma actualizada del e-SEIA que estará disponible a partir de esa fecha, considerando las nuevas exigencias del DS 30/2023. ¿Cuándo se entiende que un proyecto está ingresado al SEIA? R: Un proyecto está ingresado oficialmente al SEIA el día que comienza a correr el plazo de 5 días hábiles para que el Servicio efectúe el examen de admisibilidad. Cualquier etapa previa a eso significa que el proyecto aún no ha ingresado. En el caso de proyectos que no se tramitan de forma completamente digital, ya sea porque tienen carga de archivos o documentos de gran tamaño, o bien requieren presentar copias en papel, sólo una vez finalizadas estas gestiones se entiende completado el ingreso y empieza a correr el aludido plazo. Fuente: portal SEA #SEIA #EvaluacionAmbiental contacto@synergysoluciones.cl

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    Modificación Reglamento SEIA Durante el 2023, el Servicio de Evaluación Ambiental en colaboración con el Ministerio del Medio Ambiente, trabajó en una propuesta de modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que permita actualizar el Decreto Supremo N° 40 de 2012 (DS 40/2012), que Aprueba el Reglamento del SEIA, para hacerlo consistente con las obligaciones que impone la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú. El Decreto Supremo N° 30 de 2023 (DS 30/2023) que materializa esta modificación, fue recientemente tomado razón por la Contraloría General de la República, y se encuentra próximo a su publicación en el Diario Oficial, comenzando a regir a partir de ese momento. Esto significa que todos los proyectos que ingresen una vez publicado el DS 30/2023, deberán someterse a los nuevos requisitos que allí se contienen. Para más información acerca de la tramitación del DS 30/2023, ingresa aquí: https://lnkd.in/dJp6zp7F PREGUNTAS FRECUENTES ¿Cuándo entran en vigor las modificaciones al DS 40/2012? R: Los cambios al DS 40/2012 comienzan a regir el día que se publica en el Diario Oficial el DS 30/2023 que lo modifica. ¿Qué pasa con los proyectos que ya habían ingresado al SEIA? R: Los proyectos que hubiesen ingresado al SEIA hasta el día antes de la publicación en el Diario Oficial del DS 30/2023, continuarán su tramitación de conformidad a las exigencias del DS 40/2012, incluyendo su examen de admisibilidad. ¿Qué ocurre si ya había iniciado la carga de información de mi proyecto en el e-SEIA? R: El hito es el ingreso. Cualquier proyecto que al día de publicación en el Diario Oficial del DS 30/2023 no hubiese concluido su ingreso al SEIA, deberá cargar nuevamente la información en la plataforma actualizada del e-SEIA que estará disponible a partir de esa fecha, considerando las nuevas exigencias del DS 30/2023. ¿Cuándo se entiende que un proyecto está ingresado al SEIA? R: Un proyecto está ingresado oficialmente al SEIA el día que comienza a correr el plazo de 5 días hábiles para que el Servicio efectúe el examen de admisibilidad. Cualquier etapa previa a eso significa que el proyecto aún no ha ingresado. En el caso de proyectos que no se tramitan de forma completamente digital, ya sea porque tienen carga de archivos o documentos de gran tamaño, o bien requieren presentar copias en papel, sólo una vez finalizadas estas gestiones se entiende completado el ingreso y empieza a correr el aludido plazo. Fuente: portal SEA #SEIA #EvaluacionAmbiental contacto@synergysoluciones.cl

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