AMIRES Miopía Magna

AMIRES Miopía Magna

Organizaciones comunitarias y sociales

Madrid, MAdrid 880 seguidores

Miopía magna, principales causas de discapacidad visual. El 30% de la población tiene miopía. Para 2050 afectará al 50%

Sobre nosotros

AMIRES (Asociación de Miopía Magna con Retinopatías), es una organización no lucrativa declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior y acreditada por buenas prácticas y transparencia. Nos constituimos como una asociación de pacientes, que promueve la Acción Social y la Investigación, con el objetivo de que la miopía magna/alta miopía deje de ser una de las principales causas de discapacidad visual. Para ello, nos posicionamos como un punto de encuentro entre los profesionales, los pacientes y las instituciones públicas y privadas, ofreciendo alternativas que ayuden a alcanzar nuestra misión que estriba en reivindicar ante la sociedad los problemas específicos de las personas afectadas por miopía, miopía magna y baja visión, promoviendo acciones para facilitar la autonomía personal de los afectados/as, y la investigación en el todas las disciplinas, tales como la oftalmología, óptica y accesibilidad. Como asociación de pacientes ofrecemos apoyo, información y orientación a los mismos y a sus familiares, promovemos actividades que fomenten la relación entre todos/as y facilitamos el conocimiento de la enfermedad, ayudando a los asociados/as a entender y asumir la dolencia. Si bien estamos especializados en miopía y miopía magna, damos servicio a todo el colectivo de baja visión independientemente de su patología.

Sector
Organizaciones comunitarias y sociales
Tamaño de la empresa
De 2 a 10 empleados
Sede
Madrid, MAdrid
Tipo
Organización sin ánimo de lucro
Fundación
2004
Especialidades
Miopía, Miopía Magna, Alta Miopía, Miopía Patológica, Baja Visión, Retinopatías, Acción Social y Investigación

Ubicaciones

  • Principal

    Hospital Clinico de San Carlos - Puerta A- Despacho 3

    Calle Profesor Martín Lagos sn

    Madrid, MAdrid 28040, ES

    Cómo llegar

Empleados en AMIRES Miopía Magna

Actualizaciones

  • Hemos contado, una vez más, con la doctora Natalia Márquez Ivacevich, para contarnos las novedades de 2024 acerca de la investigación en materia de retina y de miopía magna, anunciadas en el congreso de la Sociedad Española de Retina y Vítreo y en European Society of Retina Specialists (EURETINA). Puedes acceder al vídeo en: -Youtube: https://lnkd.in/dBCGQKb9 -iVoox: https://lnkd.in/dAEjssNR -Spotify: https://lnkd.in/duz2-E7b

    •  Miopía Magna - Últimas novedades científicas del Congreso de la SERV 2024 y Euretina 2024
  • La adaptación del puesto de trabajo es un imperativo legal en los casos en los que los organismos de seguridad laboral lo determinen, o, en su defecto, las autoridades judiciales en materia laboral. Aunque cuando pensamos en adaptaciones en materia de accesibilidad, solemos tener en la cabeza la eliminación de barreras físicas, la adaptación de contrastes e iluminación, o los equipos informáticos específicos; otras formas de adaptación válidas son la modificación de horarios o de tareas. Hoy os dejamos una pequeña infografía que hemos elaborado acerca de las diferentes formas en que se puede abordar una adaptación del puesto de trabajo cuando el comité de seguridad y salud lo determina.

    • 7 Formas de adaptar un puesto de trabajo

-Supresión de barreras arquitectónicas 
-Adaptar sillas y mesas y mobiliario de oficina
-Reorganización y modificación de tareas y el uso de un servicio de apoyo
-Incorporación de teclados braille y teléfonos de manos libres.
-Mejoras en la iluminación.
-Colocación de señales en letras grandes, táctiles y en braille.
-Flexibilización de horarios para visitas médicas o rehabilitación.
  • La Fundación ONCE / Inserta realiza una serie de indicaciones para la legibilidad de textos escritos por personas con baja visión. Nos hemos hecho eco de estas y hemos elaborado unas infografías para su rápida comprensión. Las personas con baja visión disponen de entre un 10% y un 30% de agudeza visual, por lo que pueden emplear lo que llamamos "resto visual" para orientarse en su día a día. Sin embargo, al disponer de menor agudeza visual que otras personas con visión sana, es fundamental tenerles en cuenta a la hora de diseñar textos escritos.

    • Se trata de una infografía que resume las siguientes indicaciones sobre accesibilidad visual de la ONCE:
Tipos de letra
Se recomienda utilizar letras sencillas y sin adornos, tipo “Arial” o “Verdana”, aunque pueden utilizarse también aquellas que tienen terminaciones finales, como “Times New Roman”. 
Recomendadas 
ARIAL: 	“Las palabras se las lleva el viento” 
VERDANA: “Pronto vendrá la primavera” 
No recomendadas
Itálicas, oblicuas o condensadas: “Las palabras se las lleva el viento”
Números
Cuando se utilicen números estos se ajustarán a las mismas características que las letras.
Recomendados:	1 2 3 4 5
No recomendados: 1 2 3 4 5 
Tamaño de fuente
Se utilizarán fuentes de 12 y 14 puntos.
Grosor
El tipo normal o seminegrilla es más adecuado que la negrilla.
Para resaltar algún punto de interés pueden intercalarse la negrilla y la normal. 
Estilo de escritura
Sólo se utilizan las mayúsculas, en palabras cortas y preferiblemente para títulos, señales etc. El texto se lee con mayor facil
    • No hay descripción de texto alternativo para esta imagen
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  • El liderazgo de las personas con discapacidad se refleja en el lema del movimiento mundial por sus derechos: "Nada sobre nosotros sin nosotros". Este lema resume los principios de participación, representación e inclusión, y destaca la importancia de que las personas con discapacidad sean protagonistas en la toma de decisiones sobre sus propias vidas. Una de las prioridades de la agenda global sobre discapacidad es promover el liderazgo y la participación activa de las personas con discapacidad. En las últimas décadas, estas personas y las organizaciones que las representan han impulsado cambios significativos en sus comunidades, llevando a cabo iniciativas que no solo promueven sus derechos y bienestar, sino que también fomentan el desarrollo inclusivo. Esto incluye garantizar el acceso universal a servicios básicos mediante enfoques específicos y transversales, a través de actividades como consultas, recopilación y análisis de datos, así como el apoyo a esfuerzos de promoción y rendición de cuentas. La conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad de 2024 coincide con un momento clave, marcado por importantes avances mundiales, como la Cumbre del Futuro y la Segunda Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. Estas cumbres se complementarán entre sí para ofrecer una hoja de ruta continua hacia una paz y un desarrollo sostenibles que incluyan la discapacidad. El tema de este día destaca la necesidad de potenciar el liderazgo de las personas con discapacidad para garantizar un futuro inclusivo y sostenible para todas las personas.

    • “Fomentar el liderazgo de las personas con discapacidad para un futuro más inclusivo y sostenible”
Día Internacional de las Personas con Discapacidad
  • Es verdad que las personas con miopía magna tienen un riesgo mucho mayor que las demás personas de desarrollar complicaciones oculares que les resten capacidad visual. Sin embargo, eso no significa que las personas con miopía magna se encuentren abocadas a ello: la mayoría nunca desarrollará mayores complicaciones. Por ese motivo es que es tan importante no desempoderar a las personas con miopía magna, especialmente cuando se trata de niños y niñas, de acuerdo con la oftalmóloga con miopía magna Blanca Díaz Vega Puedes acceder al resto de la entrevista a través de nuestro canal de YouTube: https://lnkd.in/dDgt4mjF

  • Para solicitar una adaptación del puesto de trabajo, el Servicio de Prevención de riesgos laborales de la empresa debe analizar el caso y redactar un informe con las medidas necesarias. Luego, el Comité de Seguridad y Salud revisa dicho informe, aprobándolo o rechazándolo, y emite su propio dictamen. Con los informes en mano, el trabajador presenta la documentación que considere necesaria y la envía al empleador. Este, a su vez, toma una decisión final, justificándola si rechaza la solicitud ante el Comité de Seguridad y Salud. Si el trabajador no está de acuerdo, puede recurrir a los tribunales. Si se demuestra que la adaptación es necesaria, la empresa está legalmente obligada a implementarla o a reubicar al trabajador, siempre que esto garantice condiciones laborales adecuadas y reduzca los riesgos para su salud. Además, la empresa debe cubrir los costes de la adaptación, que generalmente no son elevados. Existen ayudas y subvenciones autonómicas para financiar estas modificaciones. Si la empresa se niega, el trabajador puede presentar una denuncia y solicitar la intervención de la Inspección de Trabajo, siendo recomendable contar con asesoría legal especializada en derecho laboral.

    • Cómo solicitar la adaptación del puesto de trabajo

El Servicio de Prevención de riesgos laborales de tu empresa debe valorar tu caso y emitir un informe en el que estipula las medidas necesarias.

El Comité de Seguridad y Salud debe pronunciarse, aquiescente o denegativo, respecto del informe del Servicio de Prevención de Riesgos, y explicándolo en un informe.

Con ambos informes, el interesado aporta manu propria la documentación acreditativa que estime necesaria, y, ya con todo, se remite al empleador.

El empleador dictamina su decisión final, justificándola, en caso denegatoria, ante el Comité de Seguridad y Salud. De no darse conformidad, el interesado puede acudir a los tribunales.
  • La adaptación del puesto de trabajo para las personas con discapacidad no es una opción ni una decisión discrecional de la empresa, sino una obligación legal. A pesar de ello, persiste la desigualdad en el entorno laboral, y algunas empresas incumplen de manera sistemática esta normativa, eludiendo reubicar a los trabajadores con discapacidad reconocida o enfermedad profesional en puestos adecuados. En este contexto, el artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores establece como derecho fundamental la integridad física de los trabajadores, así como la implementación de políticas de seguridad e higiene adecuadas. Por su parte, el artículo 15 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales regula la protección de aquellos trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. La adaptación del puesto es uno de esos derechos que la Ley protege en determinados casos, especialmente en aquellos de personas con discapacidad, aunque estos no son los únicos supuestos.

    • Quiénes pueden solicitar la adaptación del puesto de trabajo
según Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales

-Trabajadores con discapacidad o incapacidad permanente.
-Trabajadores con capacidad disminuida,
ya sea por accidente o enfermedad común o laboral
-Trabajadores con discapacidad sobrevenida,
aunque solo sea una situación temporal o transitoria
-Trabajadores sensibles a determinados riesgos en el trabajo,
como alergias o pérdidas sensoriales parciales.
  • Las razones para la miopía pueden ser genéticas o pueden ser ambientales. Lo que precisamente nos preocupa en AMIRES es el hecho de que los indicios apuntan a que, cada vez más, son los motivos ambientales los que están teniendo una mayor preponderancia para la aparición de miopía en niños y niñas. Puedes acceder al video completo en el que Jose Sanchez Valverde desgrana los métodos de control de miopía en este enlace: https://lnkd.in/dSFQZGcc

  • Aunque la contratación de personas con discapacidad es un acto de justicia cuyos beneficios para el equipo, la empresa, y la sociedad están claros, la legislación en España incluye una serie de ventajas fiscales para los empleadores que incluyan a personas con discapacidad en sus equipos como forma de paliar la discriminación sistémica y transversal que sufren estas en su día a día a la hora de acceder al mercado laboral. La Ley 43/2006 del 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo prevé estos supuestos, y el Real Decreto Ley 1/2023 , de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, aumenta algunas ventajas e incluye una batería de beneficios para la promoción de la contratación de personas con discapacidad en medio del entorno de incertidumbre económica generado tras la pandemia de la COVID-19.

    • Se trata de un breve infográfico con los datos sobre bonificaciones a personas con discapacidad, extraídos del Real Decreto Ley 1/2023 , de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
    • Se trata de un breve infográfico con los datos sobre bonificaciones a personas con discapacidad, extraídos del Real Decreto Ley 1/2023 , de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
    • Se trata de un breve infográfico con los datos sobre bonificaciones a personas con discapacidad, extraídos del Real Decreto Ley 1/2023 , de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

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