BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L.
Consultoría y servicios a empresas
Asesoramiento integral de alta calidad, desde 1978
Sobre nosotros
En Bande Asesores nos esforzamos día a día en mejorar la gestión y beneficios de su empresa, a través de la optimización fiscal y un estricto control laboral y contable, ofreciendo a nuestros clientes un completo asesoramiento en las distintas áreas de la empresa (Fiscal, Contable, Laboral, Jurídica, etc.)” Tenemos una larga experiencia de más de 35 años en el asesoramiento de empresas, tanto en las obligaciones básicas de carácter fiscal, laboral y contable como en situaciones especiales de expansión o crisis de la empresa, donde puede ser necesaria una buena planificación fiscal, una reestructuración societaria o una reorganización de patrimonios empresariales. Todo ello, actualizándonos día a día en el cambiante panorama fiscal y juridico con el fin de asesorar tanto en las relaciones externas de contratación de la empresa como en las internas entre los socios. Los pilares básicos de nuestro despacho son el capital humano, el trabajo en equipo, y la profesionalidad de los miembros del despacho, lo que nos lleva a ofrecer al cliente un servicio de calidad, diferenciado y personalizado en función de las necesidades propias de cada uno. Para nosotros es sumamente importante la honestidad y la ética profesional, por lo que trabajamos nuestros expedientes con responsabilidad y sobre todo independencia y confidencialidad. Prueba de ello son estos 35 asesorando a empresas, lo que no habría sido posible sin la confianza depositada por nuestros clientes en la capacidad, dedicación y saber hacer de nuestro equipo.
- Sitio web
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http://www.bande-asesores.es
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- Sector
- Consultoría y servicios a empresas
- Tamaño de la empresa
- De 11 a 50 empleados
- Sede
- Alicante
- Tipo
- Empresa propia
- Fundación
- 1978
- Especialidades
- Fiscal, Laboral, Mercantil, Departamento Jurídico, Contabilidad, Planificación Fiscal, Expertos en donaciones y herencias, Resolución de problemas con Hacienda, Optimización fiscal de grupos de empresas, Optimización fiscal del patrimonio empresarial y Optimización fiscal del patrimonio personal
Ubicaciones
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Principal
Plaza Calvo Sotelo, 15 Entresuelo A (03001) Alicante
Entresuelo A
Alicante , 03001, ES
Empleados en BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L.
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Ignacio Meseguer Rico
Jefe Dpto. Laboral en Bande Asesores Fiscales y Abogados
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Bernardo Bande García-Romeu
Presidente AEDAF
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Ana Bande Garcia-Romeu
Directora Departamento jurídico en BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L.
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María Pérez Guillén
Asesora fiscal y laboral en BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L.
Actualizaciones
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BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L. ha compartido esto
AEDAF pide a las administraciones que no hagan tributar a los contribuyentes afectados por la DANA por las ayudas recibidas👇 https://ow.ly/9rBF50Uhkmr La Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, ha remitido sendas cartas al secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón y a la directora general de Tributos y Juego de la Comunidad Valenciana, Inmaculada Domínguez Calomarde, en relación con las medidas adoptadas por ambos organismos y publicadas en los respectivos Boletines Oficiales. En dichas misivas, Bernardo Bande García-Romeu, presidente de AEDAF, advierte de las posibles consecuencias fiscales derivadas de las medidas tomadas por las instituciones para ayudar a los contribuyentes afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana y otros territorios. Más información en la nota de prensa. #AEDAFconloscontribuyentes #DANA #tributacion #ayudas #Hacienda #AEAT #medidasfiscales #obligacionesfiscales #politicafiscal #actualidadfiscal #asesoresfiscales #tax #AEDAFenlosmedios #AEDAF
AEDAF pide también que las víctimas no tengan que tributar por la adquisición de nuevos bienes con esas ayudas, para sustituir los perdidos
aedaf.es
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La reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS), de fecha 18 de noviembre de 2024, representa un cambio significativo en la doctrina sobre el despido disciplinario en España. En ella, el Pleno de la Sala Cuarta establece la obligatoriedad de ofrecer al trabajador una audiencia previa antes de proceder al despido, basándose en la interpretación directa del artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por España en 1985. Aspectos clave de la sentencia: Audiencia previa obligatoria: Según el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, no se puede dar por terminada la relación laboral de un trabajador por motivos disciplinarios sin antes ofrecerle la oportunidad de defenderse de los cargos formulados en su contra. Esta disposición, según el TS, tiene aplicación directa en el ordenamiento jurídico español, lo que implica que la normativa nacional debe ajustarse a este estándar internacional. Caso analizado: El despido disciplinario de un profesor por conductas inapropiadas hacia sus alumnas fue declarado improcedente por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Baleares debido a la falta de audiencia previa. El empleador argumentó que la normativa española no exige dicho trámite en todos los casos, pero el TS concluyó que el artículo 7 del Convenio 158 tiene prevalencia. Modificación de doctrina: La sentencia rectifica la jurisprudencia consolidada del TS, que hasta ahora no consideraba obligatoria una audiencia previa en todos los casos de despido disciplinario. Excepciones: El artículo 7 del Convenio 158 contempla que la audiencia previa podría omitirse si no es razonablemente posible concederla. Sin embargo, este tipo de situaciones deberá ser justificado de manera rigurosa. Reflexión final: Esta sentencia del TS pone en valor la importancia de los convenios internacionales en la configuración del marco jurídico interno y refuerza la seguridad jurídica de los trabajadores en materia de despidos disciplinarios. Asimismo, obliga a las empresas a revisar y actualizar sus protocolos de actuación para cumplir con esta nueva doctrina. #laboral #TS #doctrina
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La Generalitat Valenciana ha aprobado el Decreto Ley 12/2024 con importantes ayudas fiscales para quienes han sufrido las consecuencias de la DANA. Estas son algunas de las medidas destacadas: ✅ Suspensión de plazos tributarios: Hasta el 31 de enero de 2025. ✅ Deducciones IRPF: Gastos en vivienda y apoyo a inversiones empresariales. ✅ Bonificaciones en Sucesiones y Donaciones: Hasta el 100% en casos específicos. ✅ Incentivos para Transmisiones Patrimoniales: Bonificación del 100% en la adquisición de bienes y vehículos para reemplazar daños. ✅ Exenciones y bonificaciones adicionales en canon de saneamiento, juegos y más. Además la ATV ha creado un apartado en su página web donde se recopilarán las medidas tributarias y económicas que apruebe la Generalitat, la Administración General del Estado y otras entidades para apoyar a las personas afectadas por la DANA. #atv #medidasfiscales #apoyodana #generalitatvalenciana
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BANDE ASESORES FISCALES Y ABOGADOS S.L. ha compartido esto
El TEAC ve abuso fiscal en que una persona cree una 'holding' para que cobre los dividendos👇 https://ow.ly/zcfC50U2UqE Con declaraciones de AEDAF, vía elEconomista. #AEDAFJornadaFEAC #FEAC #regimenFEAC #regimenfiscal #TEAC #tax #AEDAF #abusofiscal #holding #dividendos #IRPF #ImpuestoSociedades #asesoresfiscales #reestructuracionempresarial #inseguridadjuridica #AEDAFenlosmedios
El TEAC ve abuso fiscal en que una persona cree una 'holding' para que cobre los dividendos
eleconomista.es
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Desde BANDE ASESORES, queremos expresar nuestras más sinceras condolencias a todos aquellos que han sufrido pérdidas y daños como consecuencia de esta devastadora situación. Hemos querido hacer un resumen de las principales medidas fiscales para los afectados por la DANA, de acuerdo con el RDL 6/2024. https://lnkd.in/eRppvccU #medidasfiscales #dana #medidasfiscalesdana #afectadosdana
Medidas fiscales afectados por la DANA
https://bande-asesores.es
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Enlace donde la ATV responde a dudas o consultas sobre la DANA
La Agencia Tributaria Valenciana RESPONDE a dudas o consultas sobre la DANA DE 2024: https://lnkd.in/dBxkS4ei - Atención presencial en la sede de la ATV en Valencia (C/Gregorio Gea 14) o delegaciones en Alicante (C/Churruca, 25) y Castellón (Plaza Tetuán 38-39). - Atención por email en la Oficina de Atención al Contribuyente: oac_atv@gva.es. - Atención telefónica a través del CAU ATV: 961613199