¿Cuándo es un trabajador independiente en Argentina? Las nuevas figuras del trabajador independiente con colaboradores Cuando puede considerarse a un trabajador independiente en Argentina es una pregunta que ha generado, y todavía lo sigue haciendo, intensos debates. La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 no define a la relación de dependencia, haciendo que la línea divisoria entre un empleado en relación de dependencia y un autónomo sea, en muchas ocasiones, difícil de trazar. Conozca las nuevas disposiciones de la Ley Bases y su decreto reglamentario visitando nuestro Blog Legal: https://lnkd.in/dXdFZDNj
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¿Cuándo es un trabajador independiente en Argentina? Las nuevas figuras del trabajador independiente con colaboradores Cuando puede considerarse a un trabajador independiente en Argentina es una pregunta que ha generado, y todavía lo sigue haciendo, intensos debates. La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 no define a la relación de dependencia, haciendo que la línea divisoria entre un empleado en relación de dependencia y un autónomo sea, en muchas ocasiones, difícil de trazar. Conozca las nuevas disposiciones de la Ley Bases y su decreto reglamentario visitando nuestro Blog Legal: https://lnkd.in/dXdFZDNj
¿Cuándo es un trabajador independiente en Argentina? Las nuevas figuras del trabajador independiente con colaboradores
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🧐 ¿Es la legislación laboral un freno o un motor para el emprendimiento? Un análisis reciente de 28 países de la OCDE (1996-2019) aborda cómo las leyes de protección laboral afectan al autoempleo. Mientras que un alto grado de protección puede disuadir el emprendimiento en entornos con cumplimiento riguroso, la historia cambia en contextos donde las normas son menos respetadas. 🔑 Resultados clave: La protección laboral estricta puede incentivar el autoempleo precario si no se cumplen las normas. Estos efectos son más visibles en autónomos sin empleados que entre empleadores. Un enfoque equilibrado y efectivo en la regulación puede impulsar un autoempleo genuino y sostenible. Conoce más sobre los hallazgos y cómo influyen en el diseño de políticas públicas. 👇 🌐 https://lnkd.in/dfd3g3R7 Emilio Congregado, Concepcion Roman Diaz, Ana Rodriguez Santiago #PolíticasLaborales #EconomíaLaboral #Autoempleo #InnovaciónRegulatoria #AEET
Elección de ocupación y coste de oportunidad: la paradoja de la protección laboral
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💼Nuevas disposiciones para #trabajadores #independientes💼 Decreto N° 847/24 La Ley Bases (N° 27.742) ha traído importantes novedades para los trabajadores independientes. A partir de su implementación, podrán contar con la colaboración de hasta tres trabajadores independientes, quienes deberán cumplir con los siguientes requisitos: ✅ Estar inscriptos en el Régimen General de Impuestos y Recursos de la Seguridad Social, u otro régimen que corresponda. ✅ Presentar una declaración jurada que confirme su carácter independiente ante el Fisco. ✅ Contar con un sistema de cobertura de accidentes personales. 🔄 Flexibilidad en la relación laboral Los colaboradores NO tendrán #exclusividad. Podrán prestar servicios de forma simultánea para otros contratantes, ya sea bajo contratos de trabajo, colaboración o provisión de servicios. ⚠️ Un trabajador independiente NO podrá tener más de tres contratos vigentes bajo esta modalidad. Esta reglamentación busca fomentar la colaboración autónoma entre profesionales, garantizando al mismo tiempo transparencia y seguridad social. #TrabajadoresIndependientes #Ley27442 #Colaboración #Impuestos #SeguridadSocial #TrabajoAutónomo
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El Principio de Primacía de la Realidad sobre las Formalidades establece que, en la determinación del vínculo laboral de los trabajadores particulares, lo realmente relevante es la forma en que se ejecuta el trabajo en la práctica, más que la forma en que se establecen las condiciones en los documentos formales, como contratos escritos o recibos de pago. En otras palabras, este principio busca garantizar que se reconozcan como relaciones laborales aquellas situaciones en las que, a pesar de que formalmente se haya pactado una relación diferente (por ejemplo, como contrato de prestación de servicios), en la práctica se den todas las características de una relación laboral, como subordinación, dependencia económica y continuidad en la prestación del servicio. Obtén una demo gratuita y mantente actualizado con nuestras soluciones jurídicas y tributarias. 🌐 https://lnkd.in/evnK8hRh #noticieroficial #laboral #trabajadores #cortesuprema #seguridadsocial #colombia
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DIRECCION DEL TRABAJO contratará más fiscalizadores y abogados para fiscalizar las 3 leyes más absurdas de los últimos tiempos. Y, así, vamos aumentando el gasto público y las personas que viven de la ubre estatal. El problema es que no creen en la libertad real. Esa que hace que un empleador cuide a sus trabajadores, porque cuesta mucho reemplazarlos o encontrar buenos empleados que se afiaten con los equipos. Siempre es más rentable para el empresario cuidar a su gente y ellos lo saben. tampoco creen en que un empleado bueno e insatisfecho sabe buscar y solito abandona un trabajo malo. Hay excepciones, pero para eso están las leyes tradicionales. La doctrina progresista, construye falsos problemas, o los agranda, para así justificarse a sí mismos. Los progresistas y comunistas tienen más problemas mentales y depresiones que los conservadores, lo avala múltiples estudios, hasta la inteligencia artificial. Y, en su irracional lógica o incompleta, concluyen que hay que controlarlo todo, aumentar el Estado y los impuestos para financiarlo. La libertad y justicia severa y real, son los verdaderos motores del crecimiento y del bienestar social.
Dirección del Trabajo contratará más fiscalizadores y abogados para inspección de leyes Karin, 40 Horas e Inclusión Laboral | Diario Financiero
df.cl
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➡️ La unidad económica o empleador único se ha entendido como la situación que se da en contexto de varias empresas que, en la practica, actúan al unísono y como una sola entidad o bloque, respecto de los trabajadores que en ellas se desempeñan y/o con terceros ajenos como clientes. ❗ La importancia de esta instutición radica en extender la responsabilidad desde un patrimonio a otro con el fin de tutelar y garantizar los resultados e indemnizaciones que puede ganar un trabajador al momento de demandar. 📖 "Que, por último y con la finalidad de determinar si todos los demandados constituyen una unidad económica de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° del Código del Trabajo, cabe señalar que para resolver la controversia planteada es menester tener presente que la unidad económica "se caracteriza porque las sociedades y/o personas individuales que las integran, aun siendo Independientes entre sí desde una perspectiva formal, actúan, sin embargo, con arreglo a criterios de subordinación que permiten identificar más de aquella pluralidad, una cierta unidad económica (Sergio Gamonal Contreras "La libertad sindical y los grupos de empresas", revista laboral Chilena N" 91, noviembre de 200, Págs., 49 y siguientes). Además ese empleador único, esa unidad económica con distintos nombres, personas o identidades queda "obligado al pago de todas las prestaciones laborales que correspondieron a los trabajadores quienes podrán demandar en juicio ordinario del trabajo,..." 💡 Si bien se entiende el concepto, la acción que busca declarar la unidad económica tiene matices que se deben estudiar caso a caso, sin perjuicio que existen algunos elementos mas o menos propios de esta institución como lo son el controlador común, la dirección común o el giro común o complementario de las empresas. Estos elementos se deben señalar y explicar en la demanda correspondiente como asimismo probar en la etapa procesar indicada.
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📌 La informalidad laboral: un costo para las empresas. Algunos trabajadores, por la inmediatez del día a día, aceptan prestar servicios en condiciones informales, quedando expuestos a riesgos que van desde la falta de beneficios sociales hasta la precariedad económica. Sin embargo, el mayor peso de esta problemática recae sobre los empleadores, quienes enfrentan serias consecuencias al operar fuera de la formalidad laboral. ✅ Riesgos financieros : Las multas de la Dirección del Trabajo, sumadas a posibles demandas judiciales por incumplimiento de derechos laborales, pueden generar pérdidas económicas significativas. Para las pymes, esto puede significar la diferencia entre mantenerse operativas o cerrar. Además, la falta de formalización impide acceder a ciertos beneficios estatales o programas de apoyo empresarial, limitando su crecimiento y competitividad. ✅ Complicaciones tributarias : La informalidad laboral dificulta el manejo de los costos laborales y el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La informalidad también obstaculiza la correcta deducción de gastos laborales, lo que puede llevar a una mayor carga tributaria. Esto no solo puede resultar en fiscalizaciones, sino también en pagos inesperados de impuestos, intereses y multas, afectando gravemente la liquidez empresarial. Estos son solo algunas de las consecuencias, operar con trabajadores informales puede parecer una solución momentánea, pero a largo plazo, puede transformarse en un problema crítico para los empleadores. #informalidadlaboral #gestionlaboral #trabajochile #RRHHChile #mercadolaboral #derecholaboral #gestiondepersonal
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¿Qué es "ius variandi abusivo"? Es la variación que realiza el patrono en la contratación laboral de una o más personas, y que es un cambio sustancial (es decir, un gran cambio), y genera daños o perjuicios a la persona trabajadora. El ius variandi abusivo es ilegal, y se puede interponer una demanda laboral contra el patrono que hace esta variación abusiva, o denunciarlo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que se inicie un proceso de inspección y se advierta al Patrono no realizar dicha variación. Sí es importante entender que también existe el "ius variandi", que es el derecho de variación que tienen los patronos, y sí es legal. Es decir, el patrono sí puede realizar cambios en la contratación, siempre y cuando sean cambios no sustanciales, y que no causen perjuicio a la persona trabajadora. Por ejemplo, cambiar la hora de entrada, o de salida, cambiar una de las funciones, cambiar de departamento siempre y cuando se mantenga el puesto y las funciones, cambiar el rango jerárquico, la cantidad de personas a cargo, o las condiciones para obtener bonos y comisiones (siempre y cuando el cambio no lo convierta en algo inalcanzable). Si desea contactarme, puede hacerlo al 8409-4065 o al correo vsanchez@abogados.or.cr #laabogadalaboral #derecholaboral #derecho #laboral #trabajo #trabajadores #recursoshumanos #rrhh #rh #talentohumano #empresarial #empleo #empleos #costarica #puravida #abogados
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