RTF 06799-4-2024 – Los estados de cuenta de los proveedores no sustentan el pago mediante «depósito en cuenta» Para acreditar el uso del medio de pago denominado «depósito en cuenta», conforme con lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N.° 28194, no son suficientes los estados de cuenta de los proveedores; es necesario presentar los comprobantes o constancias de depósitos emitidos por las entidades bancarias. 🔍 Para descargar la RTF ingrese al siguiente link 🔗 https://bit.ly/3ZOPqRu 📱 979 674 859 📧 info@expertisetributario.com
Publicación de Expertise Consultoría Tributaria
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¿Los boletos de depósito pueden ser válidos como respaldo para los medios de pago? Sí, las boletas de depósito en las cuentas de los proveedores respaldan que se utilizó un medio distinto al efectivo, dejando un rastro a través del depósito. Es necesario guardar los estados de cuenta donde se reflejen estos depósitos. #Vescco #vescotax #VescoConsultores #asesoríafiscal #auditoriatributaria #RespaldoFinanciero #EstadosDeCuenta #Finanzas
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💰 Evita complicaciones fiscales. Los pagos en efectivo pueden dejarte sin comprobantes y generar problemas con el SAT. ¡No pongas en riesgo tu tranquilidad! 📋 Obtén tus recibos. Opta por métodos de pago que te aseguren una documentación clara y válida. Esto no solo te protege a ti, sino también a tus pacientes. #médicos #personaldelasalud #contabilidadyfinanzas
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¿Qué es una nota de crédito SAT? ¿Qué es una nota de crédito?😳 👉Una nota de crédito o CFDI de egresos es un comprobante fiscal digital por Internet que ampara devoluciones, descuentos y bonificaciones. ¿Para qué sirve una nota de crédito?😳 👉Disminuye ingresos que fueron registrados en facturas previas. Para corregir un importe registrado en una factura que ya fue emitida, como es el caso de la factura de complemento para recepción de pagos.👍 https://lnkd.in/eJkgacNK
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Muchas veces los contribuyentes tienen la idea que el uso de efectivo para las transacciones fiscales está prohibido. Esto es un error. Lo que busca la autoridad con establecer el requisito del uso de medios de pago distintos al efectivo para deducir erogaciones es que las transacciones sean "rastreables" (que se incorporen al sistema bancario). Por ello el uso de efectivo se encuentra limitado por el Art. 27 Fracc. III de la LISR, así como por otros medios, por mencionar la LFPIORPI. Cabe mencionar que, si bien el uso de efectivo no está totalmente restringido, es recomendable llevar a cabo las transacciones de su negocio mediante el uso de formas de pago bancarizadas, esto dará mayor transparencia a su negocio y facilitará su administración. ¿Te interesa saber más del tema? ¿Necesitas una asesoría? Comunicate con nosotros a través de los siguientes canales de comunicación: Facebook: LAHO Consulting Linkedin: LAHO Consulting Whatsapp: +52 (664) 263-8263 Instagram: laho_consulting email: info@lahoconsulting.com Visitanos en: www.lahoconsulting.com #SAT #EFECTIVO #PagosEnEfectivo #transferenciasbancarias #TarjetasDeDebito #tarjetasdecredito #Cheques
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¿Sabías que los pagos de impuestos y trámites pueden ser rápidos y sencillos? Con n09, los gobiernos pueden habilitar pagos desde cualquier dispositivo, ya sea con tarjeta, efectivo o transferencias. Olvídate del tiempo que antes se destinaba a filas y papeleo.
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📍¿A partir de qué importe los bancos y plataformas informan las transacciones, saldos y consumos de las cuentas? ✳ Obligación de los bancos de informar a la AFIP (RG 4298/18) ✔Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas: $ 700.000.- (antes $ 200.000) ✔Consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales: $ 400.000.- (antes $ 120.000) ✳Obligación de la plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los PSP que ofrecen cuentas de pago. (RG 4614/19) ✔ Ingresos o egresos totales de las cuentas: $ 400.000.- (antes $ 120.000) ✔Saldos mensuales de las cuentas: $ 700.000.- (antes $ 200.000) #Afip #billeterasdigitales #billeterasvirtuales #bancos #contadoraandrearuiz #información
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Según la normativa tributaria y el artículo 871 del Estatuto Tributario, estas operaciones no generan doble imposición. El GMF solo se aplica en la fase inicial, es decir, cuando el tarjetahabiente o usuario del medio de pago realiza la transacción. Esto es posible cuando los PSP actúan como intermediarios en operaciones electrónicas y transfieren los recursos desde cuentas exclusivas habilitadas para recaudo y dispersión. ✅ Claves para la exención: Las cuentas deben estar identificadas exclusivamente para la dispersión de fondos. Las operaciones deben realizarse dentro de un contrato de aceptación de medios de pago. Sé un profesional actualizado, amplía esta y más noticias jurídicas y empresariales en 🌐 https://lnkd.in/evnK8hRh #noticieroficial #DIAN #financiero #tributario #contable #colombia
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Así debes documentar los traspasos entre cuentas bancarias propias Especialistas recomiendan especificar en el campo “concepto” o “descripción” del formulario bancario que se trata de un traspaso entre cuentas propias al realizar transferencias electrónicas.
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Evita que tus operaciones fiscales se vean afectadas por errores en los CFDIs. La revisión de los campos obligatorios es crucial para evitar el rechazo por parte del SAT y asegurar que tus transacciones continúen sin contratiempos. En Formas Digitales, te ayudamos a mantener tus procesos de facturación electrónica siempre en orden. 💼✅ 🔗 www.formasdigitales.mx - #CFDI #FacturaciónElectrónica #SAT #EficienciaFiscal #FormasDigitales #GestiónEmpresarial
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