Actualmente vivimos en un mundo donde la mayor parte de nuestros datos se encuentran digitalizados, es inusual lo contrario a esto y hay que asegurarse de proteger los datos personales. Para suerte como particulares, siempre queda la posibilidad de ejercer el derecho a OPOSICIÓN que nos permite a los particulares que los responsables dejen de tratar los datos personales salvo que motivos muy imperiosos prevalezcan sobre los derechos y libertades del interesado. No sólo lo tenemos regulado y establecido de este modo a nivel nacional con la ley de protección de datos del año 2018 (artículo 18) sino que además se debe cumplir ya que así lo indica el Reglamento de la Unión Europea sobre protección de datos del año 2016 (artículos 21 y 22). Es útil que se conozca esta herramienta para garantizar que nuestros datos no se usen de forma contraria a la voluntad o fines con los que los cedemos. #ProtecciónDeDatos #DataProtection #DatosPersonales #Privacidad
Publicación de Marian Alba García
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⚖️ 𝗔𝗹𝗲𝗿𝘁𝗮 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹: 𝗖𝗮𝗺𝗯𝗶𝗼𝘀 𝗮𝗹 𝗥𝗲𝗴𝗹𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝘁𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻 𝗱𝗲 𝗗𝗮𝘁𝗼𝘀 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀 El 30 de noviembre se publicó, el Decreto Supremo 016-2024-JUS que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley 29733, #LeydeProteccióndeDatosPersonales, una norma impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) desde la Dirección General que ejerce la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD). Entre los principales aspectos tenemos: ✅La implementación de los #Códigos de conducta y el reporte oportuno de incidentes de seguridad que impliquen datos personales. ✅Obligación de informar a los #afectados en sus derechos sobre el nivel de exposición de sus datos. ✅Se crea la figura del #Oficial de Datos Personales. ✅Se da reconocimiento a la #Portabilidad, como una manifestación del derecho de acceso a los datos personales. ✅Se adopta la fórmula de los esfuerzos razonables, teniendo en cuenta la tecnología disponible, como ya ocurre en otros países, para identificar a sus usuarios en términos de edad, de tal manera que se asegure un contenido apropiado para ellos. ✅Se modula la potestad #sancionadora en varios tipos de infractores. ✅Será #gratuito el procedimiento para la inscripción, modificación y cancelación de bancos de datos personales ante el registro que administra la ANPD, puesto que ahora serán de aprobación automática. Si deseas conocer más, entérate aquí. Gracias por conectar. Vanessa Hidalgo - #SeñoraLey Hidalgo Abogados #seguridad #datospersonales
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Si bien es cierto la Protección de los Datos Personales es algo que todos (gubernamentalmente o no) tienen interiorizado, cada país o comunidad política tiene su forma de interpretar, resguardar y tratar este concepto. ¿Cómo lo hacen? A través de las regulaciones y legislaciones. ¿Existen casos donde se haya visto comprometido esto? Si. Por nombrar uno, la filtración de una base de datos del SERVEL que contenía datos sensibles de una porción de votantes, hace tiempo atrás.
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¿Alguna vez te has preguntado cuáles son los tipos de empresas que más incumplen con las normas de protección de datos personales? 🧐 Vivimos en un mundo donde la información personal se ha convertido en uno de los bienes más valiosos, la protección de datos es más crucial que nunca. 🛡️ Te contamos en el siguiente post cuáles son los sectores que más infringen con las normas y sus consecuencias. No permitas que tu empresa sea la próxima en la lista de infractores. 🚨 Etiqueta en los comentarios 👇🏼 a alguien que necesite conocer esta información. #VG #ANPD #ProtecciondeDatosPersonales #Protecciondedatos #YoCuidoMisDatosPersonales #DataPrivacy #DataProtection #Privacidad
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#alertalegal El 30 de noviembre pasado se publicó el nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, el mismo que en comparación con el reglamento vigente incorpora una serie de definiciones y obligaciones adicionales para todas las organizaciones que son titulares de bancos de datos personales. Dentro de las obligaciones mas importantes se encuentran: 👉 Notificar incidentes de seguridad a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, detallado el impacto y medidas correctivas. 👉 Establecer medidas de seguridad específicas para entornos digitales, además de entrar en detalle del contenido de controles y del documento de seguridad. 👉 Designar un DPO u Oficial de Datos Personales (que puede ser interno o externo, léase subcontratado). 🚫 Por otra parte, se precisa cuál es el mecanismo para realizar prospección comercial o publicidad en aquellos casos en que no se tenga inicialmente el consentimiento del titular del dato personal a quien se dirigen las comunicaciones que realiza la empresa (titular del banco de datos personales), entre otros aspectos que detallamos en el pequeño resumen que compartimos. Tómese en cuenta que en este documento sólo recogemos aquello que este reglamento ha adicionado como nuevas disposiciones. Cualquier duda o consulta pueden escribirnos a info@crc-asociados.com o vía WhatsApp +51941050656. #CRC #cumplimiento #cumplimientonormativo #legal #datospersonales #datossensibles #dataprivacy #ocn #lpdp
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Finalmente la esperada ley de Protección de Datos Personales , ha salido a la luz. - Comenzará a regir el día primero del mes vigésimo cuarto posterior a la publicación de esta ley en el Diario Oficial. La actual Ley N°19.628, que regula la materia, a partir de esa fecha pasará a llamarse: "Sobre la Protección de los Datos Personales". - Esta ley regula el tratamiento de datos, es decir, cualquier uso que se pretenda darles, lo que incluye recopilarlos, almacenarlos, analizarlos, entregarlos, entre otras acciones. - Se crea la Agencia de Protección de Datos Personales, un órgano autónomo, técnico y descentralizado, que velará por el efectivo ejercicio y cumplimiento de los derechos que esta Ley reconoce al titular de datos. - La nueva ley establece un régimen sancionatorio, clasificando las infracciones en leves, graves y gravísimas, con multas que pueden llegar hasta 20.000 UTM. La Agencia también podrá suspender actividades de tratamientos de datos por hasta 30 días. Con esto, Chile da un paso firme hacia un estándar moderno de protección de datos, adaptándose a las exigencias globales, garantizando los derechos de las personas en la era digital.
¡Publicación de la Ley de Protección de Datos Personales! Concluido el control de Constitucionalidad, el pasado viernes 13 de diciembre de 2024 se publicó Ley N°21.719 (que modifica la Ley N°19.628, entre otras), que regula la Protección y Tratamiento de Datos Personales y Crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Entre los elementos a destacar: - Comenzará a regir el día primero del mes vigésimo cuarto posterior a la publicación de esta ley en el Diario Oficial. La actual Ley N°19.628, que regula la materia, a partir de esa fecha pasará a llamarse: "Sobre la Protección de los Datos Personales". - Esta ley regula el tratamiento de datos, es decir, cualquier uso que se pretenda darles, lo que incluye recopilarlos, almacenarlos, analizarlos, entregarlos, entre otras acciones. - Se crea la Agencia de Protección de Datos Personales, un órgano autónomo, técnico y descentralizado, que velará por el efectivo ejercicio y cumplimiento de los derechos que esta Ley reconoce al titular de datos. - La nueva ley establece un régimen sancionatorio, clasificando las infracciones en leves, graves y gravísimas, con multas que pueden llegar hasta 20.000 UTM. La Agencia también podrá suspender actividades de tratamientos de datos por hasta 30 días. Con esto, Chile da un paso firme hacia un estándar moderno de protección de datos, adaptándose a las exigencias globales, garantizando los derechos de las personas en la era digital. 🚀 https://lnkd.in/eMJaT4DT #ProteccióndeDatos #Privacidad #Ciberseguridad #TransformaciónDigital #InnovaciónLegal #DerechosDigitales #DataPrivacy #LeyDeProtecciónDeDatos
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#lpdp #datospersonales #datossensibles #seguridaddelainformacion #dataprivacy A propósito del nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, les comparto un breve resumen que recoge los nuevos aspectos de la norma en cuestión Saludos, Carlos
#alertalegal El 30 de noviembre pasado se publicó el nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, el mismo que en comparación con el reglamento vigente incorpora una serie de definiciones y obligaciones adicionales para todas las organizaciones que son titulares de bancos de datos personales. Dentro de las obligaciones mas importantes se encuentran: 👉 Notificar incidentes de seguridad a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, detallado el impacto y medidas correctivas. 👉 Establecer medidas de seguridad específicas para entornos digitales, además de entrar en detalle del contenido de controles y del documento de seguridad. 👉 Designar un DPO u Oficial de Datos Personales (que puede ser interno o externo, léase subcontratado). 🚫 Por otra parte, se precisa cuál es el mecanismo para realizar prospección comercial o publicidad en aquellos casos en que no se tenga inicialmente el consentimiento del titular del dato personal a quien se dirigen las comunicaciones que realiza la empresa (titular del banco de datos personales), entre otros aspectos que detallamos en el pequeño resumen que compartimos. Tómese en cuenta que en este documento sólo recogemos aquello que este reglamento ha adicionado como nuevas disposiciones. Cualquier duda o consulta pueden escribirnos a info@crc-asociados.com o vía WhatsApp +51941050656. #CRC #cumplimiento #cumplimientonormativo #legal #datospersonales #datossensibles #dataprivacy #ocn #lpdp
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Hoy se oficializó la Ley de Protección de Datos Personales en Chile. Un paso esperado e inminente que marca un antes y un después en la relación entre empresas y clientes. Esta ley no solo nos desafía a cumplir con un marco normativo, sino que también nos invita a reflexionar: ¿Cómo cumplimos con esta regulación mientras respetamos y fortalecemos la confianza de nuestros clientes? 🤔 Hoy más que nunca, los clientes exigen transparencia y seguridad en el manejo de sus datos, y nuestra responsabilidad es no solo responder a esta demanda, sino también generar un estado de satisfacción genuina en cada interacción. Para lograrlo, debemos ir MAS allá. Esto implica trabajar dos temas esenciales: 👉 Entender la regulación para asegurar que nuestras prácticas se alineen con los requerimientos legales. 📜 👉 Diseñar una estrategia de datos sólida, que nos permita saber dónde estamos, qué nos falta y cómo construir un ecosistema de datos interoperable y gobernado bajo principios de seguridad, confiabilidad y transparencia. 🔐 Implementar una estrategia de datos no solo es un tema técnico; es un cambio cultural. Se trata de asegurarnos de que los datos personales sean tratados con el respeto que merecen, mientras creamos valor tanto para nuestros clientes como para nuestras empresas. 🔄💼 Esta ley es una oportunidad para demostrar compromiso, generar confianza y construir relaciones más sólidas con nuestros clientes. 🤝 #ProtecciónDeDatos #TransformaciónDigital #GobiernoDeDatos #ConfianzaCliente
¡La nueva Ley de Protección de Datos Personales ya es una realidad! Este avance refuerza la transparencia, la privacidad y el control de nuestra información personal en un mundo digital en constante evolución. #DataPrivacy
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¿Han escuchado sobre la reciente Ley Orgánica de Protección de Datos Personales? Escuche esta entrevista y me pareció super interesante, por ello les comparto para que la vean 👉 👉 https://lnkd.in/eFYNRRCU Aquí les comparto los tres beneficios claves que percibo en cuánto a esta normativa: 1️⃣ Mayor control sobre nuestros datos: ¡Sí! Ahora cada uno de nosotros puede decidir cómo y cuándo se utilizan nuestros datos personales. Es como tener un interruptor que nos permite controlar quién tiene acceso a nuestra información personal. ¡Adiós a las sorpresas indeseadas! 2️⃣ Protección contra el uso indebido: Esta ley no solo nos da el control, sino que también establece fuertes sanciones para aquellos que hacen mal uso de nuestros datos. 3️⃣ Derecho a la transparencia: Finalmente, podemos ver claramente cómo se utilizan nuestros datos. 🚀 Estoy totalmente a favor de esta ley porque nos ayuda a proteger lo que es nuestro y garantiza que seamos respetados en el vasto mundo digital. 👀 ¿Qué piensan ustedes? ¿Cómo creen que esta ley impactará sus negocios y vida personal? ¡Comenten abajo!
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Plazos de la Ley de Datos Personales N° 21.719 Publicada en Santiago, 13 de diciembre de 2024 — Hoy el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales, nueva normativa que marca un antes y un después en la protección de los datos personales en Chile. Con esta nueva legislación, el país busca fortalecer los derechos de privacidad de los ciudadanos y establecer estándares modernos en el tratamiento de datos, tanto para entidades públicas como privadas. Esta ley no solo actualiza el marco legal vigente, sino que también crea la Agencia de Protección de Datos Personales, un organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las normativas, sancionar infracciones y orientar a la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos. Entre sus facultades destaca la capacidad de aplicar multas a quienes vulneren la normativa. Derechos reforzados para los ciudadanos La Ley N° 21.719 amplía significativamente los derechos de los titulares de datos, incluyendo el derecho de acceso, que permite a las personas saber cómo se usan sus datos, y el derecho de supresión, que les otorga la posibilidad de eliminarlos cuando ya no sean necesarios. Además, se incorpora el derecho a la portabilidad de datos, que facilita la transferencia de información personal entre diferentes proveedores. Otro punto clave es la regulación de los tratamientos automatizados de datos, como la elaboración de perfiles. Ahora, los ciudadanos pueden oponerse a ser objeto de decisiones basadas únicamente en procesos automatizados. La ley pone especial énfasis en la protección de datos sensibles, como los relativos a la salud, orientación sexual, origen étnico o biometría. En estos casos, se requerirá consentimiento expreso del titular para cualquier tratamiento, salvo en excepciones claramente delimitadas, como emergencias médicas o fines de interés público. El texto también regula el tratamiento de datos de ciudadanos chilenos por empresas extranjeras, siempre que estas ofrezcan servicios en el país o monitoreen el comportamiento de sus usuarios en territorio nacional. Este enfoque busca armonizar las prácticas locales con estándares internacionales, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea. Obligaciones para empresas y organismos públicos La nueva normativa impone estrictas obligaciones a las empresas y entidades públicas que manejan datos personales. Estas deberán garantizar medidas de seguridad adecuadas, implementar políticas de protección desde el diseño y reportar de inmediato cualquier vulneración que afecte los datos de los usuarios. En el ámbito público, los organismos deberán evitar duplicidad en los trámites y coordinarse para manejar la información de forma eficiente, respetando los principios de transparencia y probidad. Una de las disposiciones más destacadas de la Ley N° 21.719 es la introducción de un régimen de multas significativas para quienes incumplan con sus disposiciones.
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👍 Principios para el Tratamiento de datos personales En el marco de la ley vigente, los principios son clave para garantizar la protección y el manejo adecuado de la información de las personas: 🔐Legalidad: Todo tratamiento de datos personales debe estar enmarcado en la ley y en las regulaciones que la desarrollan. 🔐Finalidad: Los datos solo pueden ser tratados para propósitos legítimos y claramente informados al titular. 🔐Libertad: Se requiere el consentimiento previo, expreso e informado del titular para recolectar y tratar sus datos. 🔐Veracidad o calidad: Los datos deben ser precisos, completos y actualizados. ¡No hay lugar para información que induzca a error! 🔐Transparencia: Los titulares tienen derecho a conocer, en todo momento, si sus datos están siendo tratados y cómo. 🔐Acceso y circulación restringida: Solo las personas autorizadas pueden acceder a los datos. 🔐Seguridad: Es esencial garantizar la protección técnica, humana y administrativa de los datos para evitar cualquier uso no autorizado. 🔐Confidencialidad: El compromiso de proteger la privacidad de los datos personales debe mantenerse incluso después de la finalización de su tratamiento. Estos principios son un pilar fundamental para construir confianza y responsabilidad, evitando posibles riesgos ante los datos que se estén tratando, más en la era digital. 💡 #ProtecciónDeDatos #Privacidad #HabeasData #Cumplimiento
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