Publicación de Selier Abogados

#SelierActualidad | 🚛 El Estatuto de los Trabajadores precisa algunas situaciones que, pese a poder encajar en determinado momento dentro del marco conceptual de lo que se consideraría una relación laboral por cuenta ajena, están expresamente excluidas del ámbito regulado por la ley, dada la especialidad de las mismas. Así, como apunta nuestra compañera Anna Abad Godoy, abogada senior del área Laboral, una de estas relaciones de prestación de servicios que se consideran al margen de la aplicación del #ET es aquella que prestan los #transportistas al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad ostenten. Pese a que los jueces se han visto obligados a acotar los requisitos que se deben cumplir para alcanzar tal exclusión, los Tribunales continúan recibiendo demandas en las que se solicita por parte de ciertos transportistas la declaración de la laboralidad de su prestación de servicios. 📢 Analizamos estos casos en el siguiente artículo: https://lnkd.in/dp27xDvW

La exclusión de los transportistas de la relación laboral común

La exclusión de los transportistas de la relación laboral común

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